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Quim Torra, condenado a un año y medio de inhabilitación por negarse a retirar los lazos amarillos

El presidente de la Generalitat, sentenciado por un delito de desobediencia, recurrirá al Supremo

El presidente de la Generalitat, Quim Torra, tras la rueda de prensa. En vídeo, las claves del caso de los lazos amarillos.Vídeo: Albert Garcia / EP
Jesús García Bueno

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha condenado este jueves al presidente de la Generalitat, Quim Torra, a un año y medio de inhabilitación por un delito de desobediencia. Torra se negó a cumplir la orden de la Junta Electoral Central (JEC) de que retirara, en plena campaña electoral, pancartas a favor de los políticos presos del balcón del Palau de la Generalitat. La sentencia puede recurrirse ante el Tribunal Supremo y, hasta que no sea firme, Torra mantendrá el cargo. El fallo impone al president, además, una multa de 30.000 euros y el pago de las costas del proceso. Torra ha anunciado que recurrirá ante el Tribunal Supremo, aunque ha expresado su "nula" confianza en la justicia española.

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La pena de inhabilitación por desobediencia se refiere al ejercicio de cargos públicos electos, “ya sean de ámbito local, autonómico, estatal o europeo”, señala la sentencia. También al "ejercicio de funciones de gobierno". El fallo se acerca mucho a las pretensiones de la Fiscalía, que había solicitado una inhabilitación algo superior, de un año y ocho meses. El presidente catalán, no obstante, tiene la posibilidad de recurrir ante el Tribunal Supremo, que dictará la sentencia definitiva. Será entonces, en caso de que el alto tribunal confirme la resolución, cuando Torra podrá ser apartado de su cargo de presidente de la Generalitat. Torra comparecerá este mismo jueves, a las 13.00, en el Palau de la Generalitat.

Torra fue juzgado el 18 de noviembre. En la vista oral, el presidente catalán admitió que había desobedecido a la Junta Electoral Central (JEC), el órgano que le ordenó la retirada de símbolos independentistas de los edificios públicos. Torra, no obstante, no reconoció autoridad a la JEC y sostuvo que la orden que le dio era “ilegal”. El tribunal rechaza todos sus argumentos y dice que mostró una "contundente, reiterada, contumaz y obstinada resistencia" a acatar la orden de un órgano "investido de autoridad" que dictó órdenes "conforme a la legalidad". La sentencia afea a Torra su "recalcitrante y reiterada" actitud, así como el "alarde público" que ha hecho de la desobediencia, y por eso le impone la pena en la mitad superior.

La sentencia relata los hechos ya conocidos por los que Torra ha acabado condenado: el 11 de marzo, en plena campaña electoral, la Junta Electoral Central ordenó al president la retirada, en 48 horas, de las banderas esteladas y los lazos amarillos presentes en numerosos edificios públicos de la Generalitat. Pese a que Torra era “conocedor y plenamente consciente del carácter imperativo e inexorable” de esa orden, pidió que se reconsiderara.

El órgano de control electoral volvió a pronunciarse el 18 de marzo: reiteró la orden y acortó el plazo a las 24 horas. Torra dejó vencer de nuevo el plazo y presentó un escrito a la Junta Electoral pidiéndole aclaraciones pese a “lo evidente del redactado”, señala la sentencia de la Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia dada a conocer este jueves.

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La resolución recuerda que, el 19 de marzo, la portavoz del Govern, Elsa Artadi, comunicó públicamente que el presidente catalán no tenía intención alguna de retirar los símbolos. Ese mismo día, la Delegación del Gobierno en Cataluña remitió a la Junta Electoral informes fotográficos elaborados por la policía que demuestran que, vencido el último plazo dado por el organismo, las banderas esteladas y los lazos amarillos “seguían exhibiéndose en el Palau, en algunas consejerías del Govern y algunos otros edificios dependientes de la Generalitat”, subraya la sentencia.

Dos días más tarde, como constató la Delegación del Gobierno, las pancartas con el lazo amarillo se sustituyeron con las mismas pancartas, pero con un lazo blanco. El 21 de marzo, finalmente, la JEC ordenó al consejero de Interior, Miquel Buch, que instruyera a los Mossos d'Esquadra para retirar la simbología independentista. Los Mossos cumplieron de inmediato la orden.

La sentencia dedica buena parte de sus esfuerzos argumentales a rechazar las cuestiones previas planteadas por el abogado de Torra, Gonzalo Boye, al inicio del juicio. El tribunal insiste en rechazar la petición de la defensa de llamar a declarar, como testigos, a los vocales de la Junta Electoral Central. La sentencia reprocha a la defensa que pretendiera entrar en un “terreno inadmisible”, como los “posicionamientos políticos” de algunos de esos vocales. La resolución rechaza que los autos del procedimiento sean nulos o que se hayan vulnerado derechos fundamentales de Torra, como manifestó su abogado: derecho de defensa, derecho al juez imparcial o presunción de inocencia.

El tribunal concluye que la JEC tenía la competencia para conocer la incidencia planteada en su día por Ciudadanos porque "rebasaba el territorio de una provincia", ya que la presencia de símbolos se constató en edificios de la Generalitat "en todo el territorio de Cataluña". El contenido de los acuerdos, además, era inequívoco y no dejaba lugar a la duda. "Los términos son claros e imperativos, sin margen de error en cuanto al entendimiento y comprensión de las palabras empleadas", señalan los magistrados. Las notificaciones a Torra se hicieron correctamente y este siempre "tuvo pleno conocimiento" de las órdenes.

En la fundamentación de la sentencia, los jueces subrayan que Torra "no solo no ordenó la retirada" de los símbolos, sino que "llegó a decidir (o consentir) en algunos casos su sustitución por otros lazos, blancos y cruzados por una raya roja". Torra mantuvo una "voluntad consciente" y una "disposición anímica inequívoca de contravención".

La Junta de Portavoces arremete contra la condena y pide la libertad de Junqueras

A. PIÑOL

La Junta de portavoces del Parlament, con mayoría independentista, ha dictado este mediodía una declaración tras la condena al president Torra y el fallo sobre la inmunidad reconocida a Oriol Junqueras. Los portavoces de Junts per Catalunya, Esquerra y la CUP han suscrito un documento en el que recuerdan que durante los últimos meses 2.500 personas han sufrido la "represión" y lo que califican de recurso sistemático al "uso del derecho penal del enemigo". El órgano lamenta que la justicia quiera alterar la mayoría parlamentaria con la inhabilitación de Quim Torra ("El Estado quiere imponer por la vía judicial lo que es incapaz de ganar en las urnas") y reclama que el Supremo cumpla la sentencia y deje en libertad a Junqueras. Por último, la junta recuerda que el ejercicio de la autodeterminación es la única vía posible para solucionar el conflicto al tiempo que reclama la "amnistía de todos los represaliados, la libertad de todos los presos y la vuelta de los exiliados".

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Sobre la firma

Jesús García Bueno
Periodista especializado en información judicial. Ha desarrollado su carrera en la redacción de Barcelona, donde ha cubierto escándalos de corrupción y el procés. Licenciado por la UAB, ha sido profesor universitario. Ha colaborado en el programa 'Salvados' y como investigador en el documental '800 metros' de Netflix, sobre los atentados del 17-A.

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