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Las medidas contra la pandemia entran en vigor este sábado en La Rioja y el lunes en Galicia y Castilla y León

Las comunidades empiezan a trasponer una orden comunicada del Ministerio de Sanidad que no ha sido publicada y que permite recurrir las disposiciones ante la Audiencia Nacional

Elena G. Sevillano
Personas fumando en terrazas y vías públicas en Málaga.
Personas fumando en terrazas y vías públicas en Málaga.ALEXZEA (Europa Press)

Las comunidades están empezando a trasponer las 11 medidas contra el avance de la pandemia que este viernes acordó el Ministerio de Sanidad con las 17 autonomías y a poner fecha a su vigencia: este sábado en La Rioja y el próximo lunes en Galicia, que lo ha publicado ya en su boletín oficial, y en Castilla y León, que lo ha aprobado este sábado en un consejo de Gobierno extraordinario. Estas dos últimas comunidades se basan en una orden comunicada del Ministerio de Sanidad, a la que ha tenido acceso EL PAÍS, que muestra que decisiones como la prohibición de fumar a menos de dos metros de otra persona en la calle y el cierre del ocio nocturno son responsabilidad del Gobierno y pueden ser recurridas ante la Audiencia Nacional. El documento no ha sido publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). A última hora de la tarde, Murcia ha anunciado que publicará esta medianoche en su boletín oficial las medidas y que estas entrarán en vigor inmediatamente.

Sanidad asegura que no tiene obligación de publicar la orden e insiste en que aplicar las medidas acordadas “son competencias autonómicas”. Fuentes de las comunidades, en cambio, critican que Sanidad no publique la orden en el BOE asumiendo como propias las medidas y homogeneizando su entrada en vigor. De hacerlo, les evitaría tener que desarrollar normativa distinta en las 17 autonomías, añaden. Estas fuentes también deslizan que, al ocultar el documento, el ministerio pretende que los recursos judiciales que ya han anunciado hosteleros y el sector del ocio nocturno se interpongan contra las comunidades y no contra el Gobierno. En caso de que los sectores afectados recurrieran la normativa autonómica, sería cada tribunal superior de justicia el que tendría que dirimir la legalidad de las medidas. Los tribunales han dado hasta ahora respuestas contradictorias a medidas como el cierre del ocio nocturno a una hora determinada. A Aragón no se lo permitieron mientras que a otras comunidades sí.

Tanto Galicia como Castilla y León se han limitado a reproducir, con alguna diferencia, la orden ministerial, que citan expresamente, con el añadido de la fecha de entrada en vigor: las 00 horas del próximo lunes. Galicia deja fuera una de las medidas acordadas este viernes: la realización de pruebas PCR a las personas que ingresen en residencias o a los trabajadores que se incorporen tras sus vacaciones. Asegura que lo regulará más adelante. La Rioja, en cambio, no hace ninguna referencia al acuerdo del Consejo Interterritorial ni a la orden ministerial pero adopta las mismas medidas. En este caso, la vigencia coincide con la publicación en el boletín, es decir, los locales nocturnos no pueden abrir desde esta noche. En Baleares, que ya tiene cerradas las discotecas, las nuevas normas se publicarán el lunes o el martes, según la Agencia Efe.

El documento firmado este viernes por el ministro, Salvador Illa, es una orden comunicada “mediante la que se aprueba la declaración de actuaciones coordinadas en salud pública para responder ante la situación de especial riesgo derivada del incremento de casos positivos por covid-19″. Estas actuaciones comunicadas están previstas en la Ley de Cohesión y Calidad del Sistema Nacional de Salud, de 2003, y están pensadas para “responder a situaciones de especial riesgo o alarma para la salud pública”. El precepto legal indica que la declaración de estas actuaciones “corresponderá al Ministerio de Sanidad, previo acuerdo del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud”. Este acuerdo se produjo este viernes. La ley indica también que “la declaración de actuaciones coordinadas obliga a todas las partes incluidas en ella”, es decir, a las comunidades autónomas.

La orden que firma el ministro Illa recoge que contra ella puede interponerse “recurso de reposición ante la persona titular del Ministerio de Sanidad” o bien recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional.

El documento justifica por qué se restringen actividades económicas haciendo un repaso de la situación epidemiológica en la que se encuentra España. “Los brotes detectados en algunos ámbitos concretos, debido a sus características específicas, generan un número de casos importante y además, debido a la dificultad de identificar y controlar a la población de riesgo, suponen el inicio de una transmisión comunitaria que requiere de la toma de medidas de control drásticas y de gran impacto por parte de las CCAA para su control”, señala la orden comunicada.

Hasta el día 12 de agosto, las comunidades han notificado a través de la Red Nacional de Vigilancia Epidemiológica un total de 1.155 brotes de covid-19 que incluyen 13.071 casos, continúa el documento. De esos, 822 continúan activos e incluyen 9.217 casos.

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Para justificar la medida de cierre del ocio nocturno el texto destaca que “durante las últimas semanas se ha incrementado el número de brotes generados en el ámbito social, que suponen casi el 40%”. Los más importantes, asegura, son aquellos relacionados con reuniones familiares o de amigos y los producidos en locales de ocio con horario mayoritariamente nocturno (bares de copas, discotecas y salas de baile). “Los primeros son los más numerosos, pero los segundos afectan a grupos más grandes de población, difícilmente identificables, con orígenes geográficos muy diversos y que debido a las grandes dificultades de localización que generan impiden la aplicación temprana y eficaz de las medidas de control”.

En cuanto a las residencias, “en las últimas semanas se observa un aumento de brotes asociados a centros sociosanitarios que representan ya un 8% del total y afectan a 1066 casos”. “Pese a que no es numéricamente el ámbito más afectado, la gravedad de los brotes en poblaciones especialmente vulnerables y el consiguiente impacto en la mortalidad y los servicios sanitarios, hace especialmente relevante este incremento observado”, añade la orden, que exige realizar pruebas PCR a todos los nuevos ingresos y limitar las visitas a una persona por residente, entre otros.

La declaración de actuaciones coordinadas estará en vigor, precisa el documento, hasta que el ministro de Sanidad apruebe la finalización de su vigencia, algo que deberá tener el acuerdo previo del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud con audiencia de todas las comunidades y ciudades autónomas.

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Sobre la firma

Elena G. Sevillano
Es corresponsal de EL PAÍS en Alemania. Antes se ocupó de la información judicial y económica y formó parte del equipo de Investigación. Como especialista en sanidad, siguió la crisis del coronavirus y coescribió el libro Estado de Alarma (Península, 2020). Es licenciada en Traducción y en Periodismo por la UPF y máster de Periodismo UAM/El País.

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