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El Supremo obliga a las comunidades autónomas a elaborar planes contra la contaminación del aire

La sentencia responde a una denuncia de Ecologistas en Acción sobre la falta de legislación contra el ozono en Castilla y León

Esther Sánchez
La boina de contaminación de Madrid, en enero.
La boina de contaminación de Madrid, en enero.ULY MARTÍN

La organización Ecologistas en Acción ha conseguido otro triunfo en su lucha contra la contaminación atmosférica. La Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Supremo ha rechazado el recurso de casación interpuesto por la Junta de Castilla y León y ha ratificado que las comunidades autónomas tienen “la obligación” de elaborar planes para la protección de la atmósfera y para minimizar los efectos negativos de la contaminación, sin que estén vinculados a la existencia de un plan previo del Estado. El Ejecutivo castellano-leonés pretendía dejar sin efecto una sentencia del Tribunal Superior de Justicia que le obligaba a elaborar planes de calidad del aire para controlar el ozono troposférico, el conocido como el ozono malo, en contraposición con el de la estratosfera que protege de la radiación ultravioleta. Es el contaminante más extendido y afecta a más población en España: 30 millones de personas en una superficie de 380.000 kilómetros cuadrados, según los cálculos de Ecologistas en Acción. La Agencia Europea para el Medio Ambiente estima que este gas es responsable de entre 1.500 y 1.800 muertes prematuras al año en España.

“Es una sentencia muy importante, porque las comunidades autónomas se aferraban a ese paso [la redacción de un plan nacional] para no elaborar programas contra el ozono y otros contaminantes”, explica Miguel Ángel Ceballos, miembro de Ecologistas en Acción. Solo Extremadura cumple con este deber. Los conservacionistas añaden que no buscan que haya un plan para cada contaminante, sino que las comunidades no se escuden en que es el Estado el que debe legislar para determinados productos nocivos para la salud, “obviando su responsabilidad”.

En noviembre de 2018, la organización conservacionista, logró que el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León obligara a esa comunidad a elaborar planes de mejora de calidad del aire por haber sobrepasado los límites legales de ozono. La superación afectaba a zonas de Salamanca, Duero Norte, Duero Sur, Montaña Sur, Valle del Tiétar y Alberche, y sur y este de Castilla y León.

El Ejecutivo regional presentó el recurso de casación, que ha sido rechazado por el Supremo. Castilla y León argumentó que el problema del ozono no se puede atacar desde una sola comunidad autónoma de forma eficaz debido a su complejidad. El ozono es un gas contaminante secundario muy complejo que se forma a partir de otros (entre ellos, los producidos por los tubos de escape de los coches o los hidrocarburos), cuando hay fuerte insolación, y se desplaza largas distancias desde su origen, empujado por los vientos. En el litoral mediterráneo, por ejemplo, las brisas arrastran la contaminación hacia el interior por el día y hacia el mar por la noche. En el centro de la península, el viento desplaza el contaminante de Madrid hasta los territorios limítrofes de las dos Castillas, aclaran desde Ecologistas en Acción.

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La Junta de Castilla y León expuso en el recurso de casación que al ser el gas “suprarregional y transfronterizo”, las medidas locales “tienen muy poca incidencia sobre la presencia de esa sustancia en la atmósfera”. “La reducción de la contaminación por ozono solo se puede conseguir con medidas estructurales de ámbito nacional o supranacional”, añadían. El alto tribunal, sin embargo, no lo ha considerado así. En la sentencia se aclara que en ningún momento se plantea si resulta exigible un plan para cada contaminante.

Los objetivos legales establecidos por la normativa del aire para proteger la salud de este contaminante se han superado desde 2010 en Andalucía, Aragón, Islas Baleares, Castilla-La Mancha, Castilla y León, Cataluña, Valencia, Extremadura, Madrid, Murcia, Navarra y País Vasco, denuncian los ecologistas. El ozono troposférico provoca irritación de los ojos y vías respiratorias superiores, reducción de la función pulmonar, un incremento del riesgo de enfermedades respiratorias agudas (asma, EPOC) y el agravamiento de patologías cardiovasculares.

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Sobre la firma

Esther Sánchez
Forma parte del equipo de Clima y Medio Ambiente y con anterioridad del suplemento Tierra. Está especializada en biodiversidad con especial preocupación por los conflictos que afectan a la naturaleza y al desarrollo sostenible. Es licenciada en Periodismo por la Universidad Complutense y ha ejercido gran parte de su carrera profesional en EL PAÍS.

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