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Archivada la investigación al juez que insultó a una denunciante de violencia machista

El Poder Judicial considera que, a pesar de la "objetiva e incuestionable incorrección" de sus palabras, el vídeo no puede ser admitido como prueba

Captura del vídeo de la cadena SER.
Captura del vídeo de la cadena SER.

El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha archivado este viernes la investigación al juez que llamó "bicho" e "hija de puta" a una presunta víctima de violencia de género, la modelo María Sanjuán, porque, a pesar de la "objetiva e incuestionable incorrección" de sus palabras, el vídeo en el que fue grabado no puede ser admitido como prueba. Por ese motivo, el promotor de la Acción Disciplinaria del CGPJ ha decidido archivar las diligencias informativas abiertas al titular del Juzgado de Violencia sobre la Mujer número 7 de Madrid, Francisco Javier Martínez Derqui, por trato desconsiderado a la mujer, cuya denuncia fue sobreseída por otra juez.

Según informa el CGPJ en un comunicado, el promotor no llega a entrar en el análisis de las expresiones empleadas por el magistrado porque fueron grabadas infringiendo el artículo 18 de la Constitución, que garantiza el derecho a la intimidad y a la propia imagen. Como la Ley Orgánica del Poder Judicial establece que "las pruebas obtenidas directamente con vulneración de derechos fundamentales no surten efectos en el correspondiente proceso", explica el CGPJ, la grabación no es válida como prueba.

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El vídeo, según la información y el audio publicado por la cadena SER. recogía una conversación entre el juez, la fiscal y la letrada de la administración de justicia que se produjo una vez terminada de la demanda de divorcio en la que se decidían las medidas sobre la custodia de los dos hijos de la expareja, dos bebés de 21 y 10 meses. Martínez Derqui también dijo: "Verás el disgusto que se va a llevar la María Sanjuán cuando vea que tiene que darle los hijos al padre, estará por la noche en el Sálvame poniéndome de vuelta y media".

Durante la charla registrada el pasado junio, en la que se escuchan risas, se siembran dudas sobre la causa por la que la modelo no pudo asistir a la vista. También se cuestiona su ingreso la noche anterior en urgencias del hospital de la Princesa por un fuerte ataque de pánico tras saber que le habían retirado la orden de protección. Los tres participantes aseguran que "todo está preparado" por parte de "ella" y el juez concluye con un "sí, que hija puta".

Para el CGPJ, la invalidez de las grabaciones se basa, entre otros motivos, en que los tres interlocutores mantuvieron la conversación "en el pleno convencimiento de que su intimidad estaba a salvo". Alguien se olvidó de detener la grabación. La única finalidad de las grabaciones en los juzgados, explica el Poder Judicial, es "registrar las vistas para dejar fiel constancia" de estas, pero en este caso se grabó "una conversación estrictamente privada", ajena a ese fin.

Por razones desconocidas, no se interrumpió el sistema que había registrado la vista oral que acababa de terminar y, también "por error", según el CGPJ, se entregó a las partes el vídeo sin eliminar esa última conversación, que tuvo lugar una vez que fue desalojada la sala.

El órgano de gobierno de los jueces considera que hay que tener en cuenta la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos sobre los requisitos que debe reunir la videovigilancia en el puesto de trabajo para evitar vulneraciones en el derecho a la vida privada. Y subraya que un proceso administrativo disciplinario debe respetar determinados principios que aseguren su constituci

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