El juez del 'caso Marta del Castillo' rechaza los recursos de los imputados contra el jurado popular
Considera que esta figura jurídica garantiza la "imparcialidad"
El juez de instrucción número 4 de Sevilla que investiga la desaparición y muerte de la joven sevillana Marta del Castillo ha rechazado los recursos interpuestos por las defensas de Miguel Carcaño, Samuel Benítez y María García contra el auto del magistrado en el que acuerda que los cuatro imputados mayores de edad -los tres citados anteriormente y Francisco Javier Delgado- sean juzgados por un jurado popular. El juez considera que esta figura jurídica "contiene mecanismos idóneos para garantizar la imparcilidad".
Francisco de Asís Molina rechaza "de plano" los recursos porque "están orientados a desacreditar la competencia del tribunal del jurado por apreciar en ella una inherente merma del derecho al juez imparcial". El juez señala que es "evidente" que el proceso de jurado "ha sido precedido por una investigación del hecho punible" y añade que, "a diferencia de lo que la defensa de Miguel expone en sus consideraciones, no hubo otra posibilidad, ya que la notitia criminis no permitió realizar desde el principio una imputación verosímil de un concreto delito a persona o personas determinadas".
Los abogados defensores interpusieron el recurso porque temen que sus clientes tengan pocas oportunidades de defenderse frente a un jurado popular.
Miguel Carcaño, asesino confeso de Marta del Castillo, confirmó la semana pasada ante el juez que mató a la joven al golpearla con un cenicero, pero negó que cometiera violación, algo que sostuvo en una anterior versión de los hechos. Carcaño ha retomado su versión inicial tras conocer en la cárcel que un jurado popular decidirá sobre el caso. El delito de violación pudo haber provocado que el juez del caso optara por un magistrado profesional en vez de un jurado popular, pero finalmente Carcaño no logró su propósito.
A este respecto, el juez señala en su auto que "el episodio de agresión sexual está sustentado, en exclusiva, en la propia confesión [de Carcaño], aunque hoy, para escarnio de un mínimo de respeto a la víctima, viene a ser negado en su última declaración, afirmando el imputado, sin rubor alguno, que confesó la violación para evitar el juicio del jurado". "Es difícil entender que después de tamaño despropósito su defensa mantenga el recurso, pues esa postura no hace sino reforzar la conclusión de que el modelo procesal determina que el tribunal del jurado sea el competente para enjuiciar la muerte y desaparición de la menor", manifiesta Francisco de Asís Molina.
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