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La Fiscalía se opone a la concesión de un nuevo permiso a Jordi Cuixart

El ministerio público considera “prematuro”, “injustificado” e “improcedente” que el presidente de Òmnium salga de la cárcel durante 72 horas

Reyes Rincón
Jordi Cuixart sale de la prisión de Lledoners.
Jordi Cuixart sale de la prisión de Lledoners.Pau Venteo (Europa Press)

La Fiscalía de Barcelona se opone a que se le conceda a Jordi Cuixart un permiso para salir de la cárcel durante 72 horas que había sido propuesto por la Junta de Tratamiento de la prisión de Lledoners, donde el presidente de Ònium Cultural cumple la condena de nueve años por sedición que le impuso el Tribunal Supremo.  En un informe muy duro remitido al Juzgado de Vigilancia Penitenciaria 5, el ministerio público advierte de que pesan sobre Cuixart varios “factores negativos” que resultan “definitivos” para oponerse al permiso: el tiempo que falta para que cumpla la totalidad de la condena (lleva dos años y tres meses), el hecho de que no haya reconocido el delito y que no haya realizado un programa específico de tratamiento en la cárcel.

Cuixart ya salió de la prisión durante 48 horas con un permiso penitenciario el pasado 16 de enero. Los permisos de dos días solo requieren la aprobación de los Servicios Penitenciarios catalanes (Instituciones Penitenciarias en el caso de prisiones estatales), pero el presidente de Òmnium había pedido disfrutar de una nueva salida, esta vez de tres días, periodo para el que ya necesita el visto bueno del juez de Vigilancia Penitenciaria. La cárcel respaldó la petición, pero la Fiscalía se opone al considerar que ese permiso sería “prematuro”, “injustificado” e “improcedente”.

La ley penitenciaria establece la posibilidad de conceder permisos de salida de hasta siete días, previo informe del equipo técnico, a los condenados que estén clasificados en segundo o tercer grado y que reúnan dos requisitos objetivos: que hayan extinguido la cuarta parte de la condena y no observen mala conducta. Pero la concesión de permisos, recuerda el fiscal, “no es automática” por la concurrencia de esos objetivos, sino que deben darse otras premisas que no desaconsejen su denegación. “Es decir, que por que el interno haya cumplido una cuarta parte de la condena, observe buena conducta o no la tenga mala, no por esto ha de corresponderle en todo caso la concesión de permisos, pues se estaría obviando que los mismos están encaminados como instrumentos para la preparación para la vida en libertad y no constituyen un fin en sí mismos”, advierte la Fiscalía.

Respecto al tiempo de pena que lleva cumplida, el ministerio público advierte de que Cuixart no alcanzará las tres cuartas partes de la condena hasta el 14 de julio de 2024 y que cuando la Junta de Tratamiento propuso concederle el permiso de 72 horas, no solo no había cumplido la mitad de la condena sino que hacía tan solo nueve días que había cumplido una cuarta parte de la misma. El fiscal apoya su decisión en sentencias del Tribunal Constitucional que establecen que cuanto más alejado esté el cumplimiento total de la condena, menor posibilidad existirá de aplicar una medida que, recuerda el ministerio publico, “tiene como finalidad primordial, constitucionalmente legítima, aunque no única, la preparación para la vida en libertad”. Con el tiempo de condena que aún debe cumplir Cuixart, es “indudable que el permiso no podrá servir al fin propio de prepararle para la futura vida en libertad”, por lo que la concesión del permiso sería “prematura”, señala la Fiscalía.

El informe entregado ante el juez de vigilancia advierte también de la “gravedad” del delito de sedición por el que se condenó a Cuixart, que, según el ministerio público, impide en este caso valorar que el presidente de Òmnium ya ha cumplido un cuarto de condena, el objetivo mínimo para conceder permisos penitenciarios. “No todos los delitos son iguales, ni tienen el mismo reproche social”, señala el ministerio público que recuerda que la pena de nueve años como la impuesta en este caso es propia de delitos “como el homicidio, agresión sexual con penetración o salud pública en supuestos agravados de tráfico de sustancias estupefacientes que causan grave daño a la salud”.

La Fiscalía recuerda además en su informe que Cuixart ha reconocido los hechos recogidos en la sentencia, pero no se ha arrepentido de ellos y ha asegurado que los volvería a repetir. “Puede que reconozca los hechos recogidos en sentencia y asuma las consecuencias de ellos, pero hace su propia interpretación de los mismos, no considerando que estos sean un delito, puesto que la existencia de esa llamada “ley superior” (“el derecho moral a obedecer”) justifica su actuación, lo cual supone negar el Estado de derecho”, advierte el ministerio público. En contra de Cuixart juegan las afirmaciones que realizó el último día del juicio, durante su turno de última palabra (“Todo lo que hice lo volvería a hacer y no me arrepiento”) y la publicación reciente de un libro escrito desde la celda titulado Ho tornarem a fer (Lo volveremos a hacer). Ambos hechos “ponen en evidencia” según la Fiscalía, “sin perjuicio de su libertad de expresión, su posicionamiento en relación al delito por el que ha sido condenado”. “Es evidente que en ningún caso se concedería un permiso a un interno que en relación al delito cometido manifestase que lo volvería hacer en las mismas condiciones y por las mismas vías, máxime teniendo en cuenta la gravedad” de este caso, señala el fiscal.

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Sobre la firma

Reyes Rincón
Redactora que cubre la información del Tribunal Supremo, el CGPJ y otras áreas de la justicia. Ha desarrollado la mayor parte de su carrera en EL PAÍS, donde ha sido redactora de información local en Sevilla, corresponsal en Granada y se ha ocupado de diversas carteras sociales. Es licenciada en Periodismo y Máster de Periodismo de EL PAÍS.

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