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El Tribunal de Cuentas cita a Puigdemont y Junqueras por los gastos del 1-O

El órgano fiscalizador trata de fijar la liquidación provisional del dinero usado en la financiación del referéndum ilegal de independencia de 2017

Urnas del referéndum ilegal del 1-O, en el instituto Lanaspa de Terrassa (Barcelona).
Urnas del referéndum ilegal del 1-O, en el instituto Lanaspa de Terrassa (Barcelona).Cristóbal Castro

El Tribunal de Cuentas ha citado al expresident de la Generalitat Carles Puigdemont y al exvicepresident Oriol Junqueras para el 28 de enero por los gastos del referéndum ilegal de independencia del 1 de octubre de 2017, según ha informado Societat Civil Catalana (SCC) y confirmado el tribunal. Esta entidad contraria al independentismo presentó una denuncia —también lo hicieron la Fiscalía y la Abogacía del Estado— ante el máximo órgano fiscalizador de las cuentas públicas con la finalidad de que los líderes del procés devuelvan el gasto que conllevó el 1-O.

El Tribunal de Cuentas ha citado también en su investigación a los exconsejeros Dolors Bassa, Meritxell Borràs, Toni Comín, Joaquim Forn, Carles Mundó, Clara Ponsatí, Jordi Turull, Raül Romeva, Josep Rull, Lluis Puig, Meritxell Serret, Santi Vila y Neus Munté. Y a los ex altos cargos del Govern Antoni Molons, Joaquim Nin y Amadeu Altafaj para fijar la liquidación provisional de los gastos del 1-O. “Tras nuestra denuncia reclamando a los responsables del 1-O que devuelvan todo el dinero público que destinaron a esta jornada ilegal, el Tribunal de Cuentas ha citado a Puigdemont y Junqueras entre otros. Democracia es exigir un uso responsable del dinero de todos los catalanes”, ha escrito SCC en Twitter.

Una vez recibida la resolución, los citados tienen 10 días hábiles para presentar alegaciones y aportar documentos o elementos que consideren que deben tenerse en cuenta. También pueden interponer un recurso en un plazo de cinco días, que no suspende las actuaciones del órgano contable.

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Los procesos en el Tribunal de Cuentas se realizan de manera paralela al procedimiento penal. Los principales líderes del procés —a excepción de los que están huidos de la justicia española en el extranjero, como Puigdemont, que reside en Bélgica— fueron condenados por el Tribunal Supremo por sedición y malversación el pasado octubre a entre 9 y 13 años de cárcel. Las demandas planteadas por SCC y la Fiscalía ante este órgano fiscalizador buscan lograr la restitución de los fondos que la Generalitat de Cataluña empleó para financiar el proceso que desembocó en la declaración de independencia del 27 de octubre de 2017.

El expresidente catalán Artur Mas, junto a la exvicepresidenta Joana Ortega y a los exconsejeros Francesc Homs e Irene Rigau, fue condenado por el Tribunal de Cuentas en noviembre de 2018 a reintegrar al Estado 4,9 millones de euros indebidamente utilizados en la financiación de la consulta del 9-N, celebrada en 2014 a pesar de haber sido suspendida por el Tribunal Constitucional. Sociedad Civil fue también una de las entidades que presentó una demanda en este caso. El tribunal ordenó el embargo de la vivienda del expresidente de la Generalitat en la calle Tuset de Barcelona para hacer frente a la fianza durante el proceso. Los condenados abonaron el importe de la multa, pero recurrieron y el caso está ahora en el Tribunal Supremo.

La sentencia del Tribunal Supremo contra los líderes independentistas concluyó que el Govern pagó parte de los gastos que supuso la organización y celebración del referéndum del 1-O. El delito de malversación, que agravó las penas de los condenados, se produjo en "concurso medial", con la sedición, lo que significa que el uso indebido de fondos públicos fue necesario para llevar a cabo el plan secesionista.

Los gastos irregulares que da por probados la sentencia incluyen la publicidad institucional, la confección del registro de catalanes en el exterior, el material electoral, el pago de observadores internacionales o las aplicaciones informáticas para materializar la consulta sobre la independencia. La sentencia subraya que todos esos gastos, se hubieran finalmente pagado o no —el tribunal considera que hay malversación solo con el compromiso de gasto— superan "ampliamente" los 250.000 euros, el límite para que la malversación se considere en su tipo más grave.

Aunque la Fiscalía sí dio una cifra concreta del gasto (2,87 millones de euros) no ejerció la acción civil en el juicio. Tampoco lo hizo la Abogacía del Estado. Ambas pidieron al Supremo, sin embargo —y así lo acordaron los magistrados— remitir la resolución al Tribunal de Cuentas para la "reclamación definitiva de las cantidades totales desviadas". La sentencia recuerda que la legislación contempla que sea este organismo de la jurisdicción contable el que se haga cargo de fijar la responsabilidad civil "en el ámbito de su competencia". El tribunal deberá ahora calcular el importe del dinero público malversado y determinar quién fue responsable de ese gasto.

El hecho de que el Tribunal de Cuentas haya asumido el procedimiento, pues, deriva de la propia sentencia del procés. La jurisprudencia ha declarado la "perfecta compatibilidad" entre la jurisdicción contable y la penal sin que ello suponga "un bis in idem, o sea un doble castigo", explica el abogado penalista Rafael Entrena, uno de los pocos especialistas en un órgano cuyo funcionamiento es poco conocido. Entrena participó, por ejemplo, en el procedimiento abierto por el Tribunal de Cuentas a raíz de la consulta del 9-N.

La única limitación para este órgano, señala Entrena, es que "respete los hechos declarados probados en vía penal". El abogado recuerda que en los casos de malversación de fondos públicos, la ley señala expresamente que la competencia para resarcir el daño causado al erario público corresponde al Tribunal de Cuentas. "Muchos juristas ignoran esta circunstancia, pero lo cierto es que en esos casos el juez penal debería abstenerse".

Entrena lamenta, sin embargo, las "escasas garantías" que ofrece el Tribunal de Cuentas para las defensas. Puigdemont, Junqueras y el resto de dirigentes han sido citados para la liquidación provisional. Pero en todo este proceso, no han sido llamados en ningún momento a comparecer. El problema, señala el abogado, es que después de esa liquidación hay un emplazamiento a "afianzar la responsabilidad civil". Si ésta no se desembolsa, llega el embargo. "Y luego ya llega el juicio contable", añade.

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