El Tribunal de Cuentas embarga la vivienda de Artur Mas en el caso del 9-N
El órgano fiscalizador traba los inmuebles que designaron los exconsejeros para cubrir la fianza de 5,3 millones
El Tribunal de Cuentas ha ordenado el embargo de la vivienda del expresidente de la Generalitat Artur Mas, en la calle Tuset de Barcelona, para hacer frente a parte de la fianza de 5,27 millones de euros que el máximo órgano fiscalizador del Estado le impuso en la causa por el mal uso de fondos públicos en la consulta soberanista del 9 de noviembre de 2014, según confirman fuentes jurídicas. El organismo que vela por el buen destino del presupuesto ha embargado también la mitad de un inmueble del exconsejero de Presidencia y exdiputado Francesc Homs en Taradell (Barcelona) y fincas de las exconsejeras Joana Ortega e Irene Rigau en Barcelona y Ribes de Fresser (Girona). Los cuatro fueron condenados a penas de inhabilitación por desobediencia por los tribunales de justicia por preparar aquella consulta ilegal.
Todos estos bienes fueron designados voluntariamente por los encausados para cubrir completamente la fianza que les impuso el organismo fiscalizador. El Tribunal de Cuentas también ha trabado un inmueble de un antiguo alto cargo de la Generalitat que supuestamente permitió que salieran fondos para el 9-N, Jordi Vilajoana. Este, no obstante, no fue perseguido en su día por la vía penal. Los investigados lograron depositar en metálico 2,9 millones de euros. El resto han tenido que garantizarlo con sus propiedades y bienes inmuebles.
El embargo de estas viviendas y fincas, inscrito en el Registro de la Propiedad, no implica el desahucio de sus propietarios. La causa en el Tribunal de Cuentas se encuentra en fase de investigación. Será tras la fase de enjuiciamiento, y si el organismo les acaba considerando responsables del mal uso de los fondos públicos, cuando los exmiembros del Govern catalán se expondrán a quedarse sin esos bienes.
Fuentes jurídicas afirman que la voluntad de los políticos es que los altos cargos que trabajaron a sus órdenes no tuvieran que prestar fianza. “Hay que subrayar que la liquidación y la garantía y, por tanto, el embargo es provisional a resultas del juicio contable propiamente dicho que todavía no ha comenzado”, recalca un abogado.
El Ministerio Fiscal tiene que presentar demanda para que se abra la fase de enjuiciamiento. Las defensas están "absolutamente disconformes con la liquidación" por entender que no ha habido infracción contable. “Ello es especialmente evidente en relación con los 3,1 millones que se reclaman por unos ordenadores que están en poder del Departamento de Educación y afectos a un servicio público”, señalan los abogados. Las defensas recuerdan que “todos los contratos y facturas” son anteriores a la providencia de 4 de noviembre de 2014 del Tribunal Constitucional que prohibió la consulta independentista, que se celebró de todos modos.
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