_
_
_
_

Los presos del ‘procés’, más cerca de la semilibertad y los permisos penitenciarios

Los cerca de dos años de prisión preventiva que acumulan cada uno de los nueve presos facilitará la flexibilización de su régimen de vida en la cárcel

Óscar López-Fonseca
Los doce líderes independentistas catalanes, en el Tribunal Supremo durante el juicio del 'procés'.
Los doce líderes independentistas catalanes, en el Tribunal Supremo durante el juicio del 'procés'.Emilio Naranjo (EFE)

Los cerca de dos años de prisión preventiva que acumulan cada uno de los nueve presos del procés facilitarán tanto que accedan a permisos carcelarios como a la semilibertad. Los primeros los podrán solicitar cuando hayan cumplido una cuarta parte de la condena. Su concesión depende de la Administración Penitenciaria de la Generalitat, al estar en prisiones catalanas.

Más información
La diferencia de penas entre rebelión y la sedición
Torra llama a los catalanes a manifestarse “pacíficamente” tras la sentencia
El Supremo establece que los líderes del ‘procés’ promovieron tumultos para obstaculizar las leyes
El Tribunal Supremo descarta el delito de rebelión consumada

No tendrán que aguardar tanto para aspirar a ser clasificados en tercer grado o régimen abierto, lo que les permitiría tener que acudir a prisión solamente a dormir de lunes a jueves. Para lograrlo, la Junta de Tratamiento (un órgano interno de la cárcel formado por profesionales penitenciarios) tiene que proponerlo en la clasificación que haga de los presos tras la sentencia. El plazo máximo para ese trámite es dos meses, pero nada le impide hacerlo en solo unos días: ese periodo se emplea en hacer un estudio individualizado que, en el caso de los políticos catalanes, ya ha sido elaborado en el tiempo que llevan como presos preventivos.

Si con ese estudio la Junta opta por el tercer grado y su propuesta es aprobada por los Servicios Penitenciarios de la Generalitat, la medida puede ser recurrida por la fiscalía, en primera instancia, ante el juez de vigilancia penitenciaria y, posteriormente, ante la Audiencia Provincial, que tendrá la última palabra.

Si la Junta o los tribunales propone el segundo grado —en el que está la inmensa mayoría de los reclusos—, los presos aún podrán acceden a algunas de las ventajas de la semilibertad si les aplican los dos artículos del Régimen Penitenciario que contemplan flexibilizar la vida de los reos para facilitar su reinserción: el 100.2 y el 117. El último es el que permite a Iñaki Urdangarin salir dos veces a la semana de prisión para colaborar con una ONG. En este caso, el fiscal también puede recurrir.

Tu suscripción se está usando en otro dispositivo

¿Quieres añadir otro usuario a tu suscripción?

Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.

¿Por qué estás viendo esto?

Flecha

Tu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PAÍS desde un dispositivo a la vez.

Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás añadir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PAÍS.

En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contraseña aquí.

Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.

Sobre la firma

Óscar López-Fonseca
Redactor especializado en temas del Ministerio del Interior y Tribunales. En sus ratos libres escribe en El Viajero y en Gastro. Llegó a EL PAÍS en marzo de 2017 tras una trayectoria profesional de más de 30 años en Ya, OTR/Press, Época, El Confidencial, Público y Vozpópuli. Es licenciado en Periodismo por la Universidad Complutense de Madrid.

Más información

Archivado En

Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
_
_