Condenada la Xunta por la muerte de un agente forestal en un incendio
No actuó de forma "diligente" al denegar el cambio de puesto a un enfermo del corazón que falleció de un infarto
La Consellería de Medio Rural de la Xunta de Galicia ha sido responsable de la muerte por infarto de un agente forestal durante la extinción de un incendio en 2015, según una sentencia del juzgado de lo Social número tres de Lugo. El hombre padecía una cardiopatía y se le denegó el cambio de puesto de trabajo que había solicitado.
El fallo condena a la Xunta a abonar una indemnización a la viuda del agente forestal e incide en que el fallecido había sufrido un infarto agudo de miocardio en 1996. En 2005, Medio Rural le denegó la solicitud para pasar a la segunda ocupación con la intención de ser excluido de las guardias extraordinarias y de las tareas de control y extinción de incendios.
El agente se basó en un informe del Sergas en el que se sugiere que los agentes con cardiopatía isquémica no deben de acometer tareas que requieran “un estrés físico o psíquico", según recoge la sentencia. Y añade que esa solicitud fue enviada hasta en tres ocasiones más a lo largo de 2010, pero Medio Rural "no accedió a lo solicitado en ningún momento".
El agente forestal prestaba servicios como trabajador por cuenta ajena para la Consellería y acudió solo al lugar del incendio tras recibirse una llamada de alerta de fuego a las 15,30 horas del 27 de junio de 2015. Sus compañeros perdieron contacto con el agente media hora después y posteriormente fue localizado inconsciente y evacuado a un hospital. Su fallecimiento se produjo ese mismo día por una cardiopatía isquémica crónica.
La magistrada de Lugo concluye que "no se puede considerar" que la Xunta "actuase de forma diligente en la protección de la salud de un trabajador que, finalmente, falleció de una cardiopatía que padecía con motivo de sus funciones". "La falta de diligencia en este caso es clara si se tiene en cuenta la dolencia del trabajador, el tipo de trabajo realizado y las condiciones en las que se efectuaba", subraya.
Incide la sentencia en el contexto en el que trabajan los agentes forestales que prestan servicios para la Consellería de Medio Rural. “Acostumbran a acudir a las alarmas de incendio en vehículos oficiales y en soledad, por lo que están sometidos, obviamente, a situaciones de estrés derivadas de la responsabilidad en la toma decisiones inmediatas en situación de peligro y de esfuerzo físico".
Pese a que Inspección de Trabajo, en un requerimiento de marzo de 2016, instó a la Xunta a implementar medidas correctoras como realizar reconocimientos médicos periódicos, según la normativa vigente, "la Consellería de Medio Rural no comunicó expresamente al fallecido la posibilidad de realizarlos, de forma que este nunca llegó a hacerlos”, alega el fallo.
La Consellería de Medio Rural ha anunciado que no descarta recurrir la sentencia, mientras el sindicato CIG ha denunciado que cuatro años después de esta muerte siguen sin adoptase medidas para garantizar la seguridad de las brigadas contraincendios, como plan de prevención ni protocolos adecuados de evacuación.
La secretaria sindical Zeltia Burgos ha denunciado que la pasada semana resultó herido un agente forestal por un golpe en la cabeza tras una caída, durante la extinción de un devastador fuego en Boiro (A Coruña). La ambulancia no logró llegar hasta el lugar y hubo que improvisar en el momento cómo trasladar a la persona herida.
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