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Extradiciones

La Audiencia Nacional accede a entregar a Venezuela a la enfermera de Chávez

El tribunal ignora que la cúpula judicial venezolana está sancionada por la Unión Europea

Fernando J. Pérez
Claudia Patricia Díaz Guillén
Claudia Patricia Díaz Guillén, el 24 de septiembre, en la vista de extradición. Luca Piergiovanni

La Sección Tercera de lo Penal de la Audiencia Nacional accedió este viernes a que se entregue a Venezuela a una ciudadana de aquel país, Claudia Patricia Díaz Guillén, ex secretaria ejecutiva del Fondo de Desarrollo Nacional (Fonden) y enfermera personal del fallecido líder venezolano Hugo Chávez, investigada por blanqueo de capitales en relación con los llamados Papeles de Panamá. El tribunal dio su luz verde a la extradición pese a la situación de inestabilidad política y social y de violación de los derechos humanos en ese país sudamericano y pese a que la cúpula judicial venezolana está sujeta a sanciones de la Unión Europea por haber apoyado las políticas del Gobierno de Nicolás Maduro contrarias a la democracia y al Estado de derecho.

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La decisión de la Sección Tercera, que cuenta con el apoyo de la Fiscalía, no es definitiva. La defensa de la imputada puede recurrir ante el Pleno de la Sala de lo Penal de la Audiencia. Y, en todo caso, al tratarse de un procedimiento de extradición, la última palabra sobre la entrega de esta investigada reside en el Gobierno español y no en la justicia, al contrario de lo que sucede con las órdenes de detención y entrega de la Unión Europea.

El tribunal rechaza que la reclamada Díaz Guillén esté perseguida en su país por sus ideas políticas y por su oposición al régimen bolivariano, como adujo su defensa en la vista de extradición. Y aunque tiene en cuenta que el presidente del Supremo venezolano, Maikel José Moreno, y el fiscal general de este país, Tarek Halabi, están sancionados por la UE, accede a la extradición porque estos no han tenido influencia directa en la petición de entrega. Estos hechos, afirma el tribunal, “carecen de relevancia” en esta fase para decidir sobre la entrega.

La Sección Tercera considera que se dan todos los requisitos legales de doble incriminación —que los hechos sean delito en ambos países— y de mínimo punitivo para la entrega. Díaz Guillén está reclamada por orden el Juzgado Cuadragésimo Séptimo (47º) de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas. “Los delitos objeto de la solicitud son ordinarios, no se advierte motivación espuria en la reclamación y no están prescritos”, señala el tribunal. 

De acuerdo con la reclamación de Venezuela, como consecuencia de una investigación en aquel país, se conoció que Claudia Patricia Díaz Guillén aparece mencionada como “parte de las personas que utilizaron la firma panameña Mossack Fonseca para la creación de empresas, con fines presuntamente delictivos, hecho conocido como Panama Papers (Papeles de Panamá)”.

Venezuela acusa a la reclamada de usar su cargo en el Fonden para obtener beneficios económicos propios. Según la acusación, adquirió bienes muebles e inmuebles en Venezuela y en el exterior, y constituyó empresas en la República de Panamá, con dinero obtenido de las presuntas actividades ilícitas durante su desempeño en la Administración Pública Nacional venezolana.

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Sobre la firma

Fernando J. Pérez
Es redactor y editor en la sección de España, con especialización en tribunales. Desde 2006 trabaja en EL PAÍS, primero en la delegación de Málaga y, desde 2013, en la redacción central. Es licenciado en Traducción y en Comunicación Audiovisual, y Máster de Periodismo de EL PAÍS.

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