Técnicos fiscales afirman que las donaciones ilegales sí tributan
El sindicato de inspectores Gestha sostiene que la doctrina del Supremo considera que los gastos ilegales están sujetos al Impuesto de Sociedades
El Sindicato de Técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha) rechazó ayer el informe que los peritos de la Oficina Nacional de Investigación del Fraude (ONIF) enviaron el pasado 17 de octubre al juez instructor del caso Gürtel, Pablo Ruz, en el que se sostenía que las donaciones ilegales que recibío el PP están exentas de tributación. Según ellos, la doctrina de Hacienda y del Tribunal Supremo es precisamente la contraria.
Los peritos de la ONIF adscritos al juzgado de Pablo Ruz sostienen que la ley no distingue entre el origen legal o ilegal de los donativos al considerarlos como ingresos deducibles, y por lo tanto, las donaciones que superen el límite legal de 100.000 euros no tributan. Gestha contrapone a este criterio un informe de la Dirección General de Tributos de 2007 que rechaza que los gastos “delictivos o radicalmente prohibidos en el ordenamiento” puedan deducirse.
También esgrimen los técnicos una sentencia de julio de 1998 en la que el Supremo declaraba sujetos a tributación los gastos de publicidad de un salón de juegos, que por su naturaleza tenía prohibido promocionar sus actividades. En 1984, la Delegación de Hacienda de Alicante consideró improcedente la deducción que un bingo de esa provincia había hecho de invitaciones a jugadores, vales de juego, encendedores obsequio y gastos de publicidad.
Las partidas correspondientes a obsequios fueron declaradas no deducibles de manera radical. Sin embargo, en este caso quedaba la duda sobre los gastos de publicidad. La deducción de la inversión en promoción sostenía el Supremo es "indiscutible". Sin embargo, como el Reglamento de Juego vigente entonces prohibía a los salones hacer promoción no autorizada de su actividad, lo que consideraba falta grave, el Supremo dio la razón a Hacienda y zanjó que la exención fiscal no era posible.
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