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El Supremo ratifica que el castellano puede ser lengua vehicular en Cataluña

El tribunal atiende el caso de una niña de educación infantil

El Tribunal Supremo ha vuelto a avalar el uso del castellano como lengua vehicular en la educación en Cataluña. En este caso se debe al recurso de los padres de una niña de educación infantil que estudiaba en un colegio concertado y para la que sus progenitores reclamaron el uso de su "lengua habitual".

El Supremo ya había avalado, en otras sentencias, el uso del castellano como lengua vehicular en educación primaria y secundaria. En este caso, la menor cursaba el segundo ciclo de educación infantil (que no es obligatoria) y exigió que "se disponga lo necesario para que la enseñanza de la lectura y escritura sea en la lengua habitual de su hija". Sus padres también reclamaron que el tiempo lectivo empleado de manera efectiva en la enseñanza de la lengua habitual de su hija "sea muy superior al empleado en la enseñanza de la otra lengua oficial" y que cuando el personal del centro se dirigiera individualmente a su hija lo hiciera en su lengua habitual.

El tribunal reconoce el derecho de los niños a cursar enseñanza infantil en la lengua que pidan los padres y que, en el modelo de preinscripción se debe preguntar "por la lengua habitual de los padres".

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