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Análisis
Exposición didáctica de ideas, conjeturas o hipótesis, a partir de unos hechos de actualidad comprobados —no necesariamente del día— que se reflejan en el propio texto. Excluye los juicios de valor y se aproxima más al género de opinión, pero se diferencia de él en que no juzga ni pronostica, sino que sólo formula hipótesis, ofrece explicaciones argumentadas y pone en relación datos dispersos

Aclaraciones en el revuelo

El auto del TSJC no añade nada a un litigio judicial que el Supremo ya cerró el año pasado

Albert Branchadell

El reciente auto del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña no añade nada a un litigio judicial que el Tribunal Supremo ya cerró en diciembre del año pasado, cuando instó a la Generalitat a adoptar las medidas necesarias para adaptar su sistema educativo a la sentencia del Tribunal Constitucional sobre el Estatut, “que considera también al castellano como lengua vehicular de la enseñanza en Cataluña junto con el catalán”. La única novedad es el plazo irreal de dos meses que el TSJC ha fijado para la ejecución de la sentencia y, naturalmente, el enorme revuelo que se ha originado.

Como es sabido, el Gobierno catalán ha respondido de manera tajante al ultimátum del TSJC y CiU ha manifestado que no volverá a pactar con el PP si persiste en su actitud beligerante hacia la inmersión lingüística. En este punto, alguien debería hacerse esta pregunta: ¿por qué CiU pactó los Presupuestos de la Generalitat con el PP cuando ya se conocía la sentencia del Tribunal Supremo? ¿Por qué CiU no se deshizo de su incómodo compañero de viaje el 17 de junio, cuando Alicia Sánchez-Camacho se fotografió con Francisco Caja ante la sede del Departamento de Educación de la Generalitat, tras entregar una instancia en la que solicitaba que su hijo reciba la enseñanza en las dos lenguas oficiales de Cataluña? ¿Acaso la explicación es que en junio no se avecinaban unas elecciones y ahora sí?

Por lo demás, es importante que no nos dejemos llevar por el revuelo y leamos con calma el auto del TSJC y la sentencia del Tribunal Supremo cuya ejecución pretende obtener. El Tribunal Supremo deja en suspenso “cuál deba ser la proporción en la que se incorpore el castellano como lengua vehicular al sistema de enseñanza en Cataluña”. Si la Generalitat estimase que el objetivo de normalización lingüística todavía no se ha conseguido, “se debería otorgar al catalán un trato diferenciado sobre el castellano en una proporción razonable”. Así pues, y contra lo que sostienen fuentes interesadas, el Supremo ni dicta el fin de la inmersión ni impone que el castellano sea la lengua vehicular del 50% de las materias. Ejecutar la sentencia del Tribunal Supremo es compatible con la preservación del modelo educativo de Cataluña, que tiene y puede seguir teniendo al catalán como “centro de gravedad”.

Albert Branchadell es profesor de la Facultad de Traducción e Interpretación de la Universidad Autónoma de Barcelona.

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