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EDITORIAL
Es responsabilidad del director, y expresa la opinión del diario sobre asuntos de actualidad nacional o internacional

Aborto libre en España

El aval del Constitucional a la ley de Rodríguez Zapatero consagra definitivamente un derecho central de las mujeres

Tribunal Constitucional
Primer pleno del Tribunal Constitucional tras su renovación, con Cándido Conde-Pumpido (en primer término) como nuevo presidente.Samuel Sánchez
El País

Casi 13 años después de que el PP presentara un recurso, el Tribunal Constitucional ha avalado la Ley de Salud Sexual y Reproductiva, que permite abortar libremente en España hasta las 14 semanas de gestación. El alto tribunal recién renovado no aprecia ningún elemento de inconstitucionalidad. La esperada sentencia permitirá ahora asentar un marco jurídico estable que reconoce a las mujeres el derecho a interrumpir su embarazo sin tener que dar explicaciones o cumplir requisito alguno como exigía la norma anterior. Es muy saludable que la nueva mayoría del Tribunal Constitucional haya decidido desbloquear recursos pendientes de tanto calado político como este. Promovida en 2010 por el Gobierno de José Luís Rodríguez Zapatero, supuso un salto cualitativo en la capacidad de las mujeres para decidir sobre su propia vida y alineó el marco jurídico español sobre el aborto con el predominante en el resto de Europa.

El borrador de resolución que había redactado el ponente designado por la anterior mayoría, del sector conservador, quedó rechazado por siete votos contra cuatro, y el texto definitivo será elaborado ahora por la magistrada Inmaculada Montalbán, de acuerdo con el criterio de la nueva mayoría. Hay que señalar que el borrador rechazado solo apreciaba inconstitucionalidad en un asunto lateral: el tipo de información que debe facilitarse a la mujer que aborta. El desenlace implica un espaldarazo total y rotundo al sistema de plazos consagrado en la ley, que lleva aplicándose más de 12 años sin ningún problema.

Lo ocurrido en esta década larga muestra las contradicciones de un PP que recurrió la norma pero renunció a la vez a modificarla cuando dispuso de una mayoría absoluta que lo habilitaba para ello bajo la presidencia de Mariano Rajoy. La ley ahora ratificada por el Constitucional supuso un cambio sustancial en la regulación del aborto en España. Desde 1985 se regía por una ley muy restrictiva que solo permitía abortar en tres supuestos: riesgo grave para la salud física o mental de la mujer, violación o malformaciones en el feto. La mayoría de los abortos se justificaban por el riesgo para la salud psíquica de la madre, con la amenaza permanente de que tanto las mujeres que abortaban como los profesionales que las atendían pudieran acabar imputados penalmente. La inseguridad jurídica llevó a la reforma de 2010, en la que se sustituyó el sistema de supuestos por una ley de plazos que implicaba la despenalización total del aborto y permitía interrumpir el embarazo por libre decisión de la mujer hasta la semana 14ª de gestación, y por razones terapéuticas acotadas, más allá de ese límite.

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Tras esta decisión del Constitucional, el derecho al aborto alcanza en España a partir de ahora una estabilidad que permitirá apartarlo definitivamente de la lucha partidista. Las últimas manifestaciones del líder del PP, Alberto Núñez-Feijóo, en defensa del sistema de plazos indican que el partido evoluciona en esa dirección. La última vez que el partido conservador intentó volver al sistema anterior fue siendo ministro de Justicia Alberto Ruiz-Gallardón, con un proyecto muy retrógrado que no solo restituía el modelo de supuestos, sino que los hacía incluso más restrictivos que los de la ley de 1985. La movilización de la sociedad y el rechazo que suscitó entre las mujeres de su propio espacio político lo hizo desistir y dimitir de su cargo.

El aval del Constitucional a la ley llega justo cuando está a punto de entrar en vigor una nueva reforma que ha sido aprobada ya en el Congreso y en el Senado, por la que se eliminan los requisitos introducidos por el PP en 2015 y se establece que el sistema sanitario público garantizará que haya un servicio público que ofrezca la prestación al menos en cada capital de provincia. En estos momentos, solo el 15,7% de los abortos se realizan en centros públicos y hay cinco comunidades (Madrid, Aragón, Castilla-La Mancha, Murcia y Extremadura) que no tienen ninguno.

Cuando se publique la sentencia del Tribunal Constitucional, el derecho a interrumpir libremente el embarazo quedará blindado en España y con ello se pondrá fin a una situación de inseguridad que ha durado demasiado tiempo.


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