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tribuna
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La residencia como mercancía: las ‘golden visas’

España mantiene los visados de residencia para inversores, sin llevar a cabo una investigación rigurosa sobre el origen de sus fondos y pese a las dudas expresadas por el Parlamento Europeo

Golden visas
Uno de los rincones del hotel Marbella Club.

El 9 de diciembre se celebra el Día Internacional contra la Corrupción y, a pesar de la leve mejora que experimentó España en el índice de percepción de la corrupción de Transparencia Internacional (TI) en 2019, el año pasado el país volvió a bajar un punto en la lista. Aunque aún no contamos con los resultados de la próxima edición, sí se pueden señalar ya algunas cuestiones que España debería tener en cuenta para evitar otro retroceso. Por un lado, mientras que en otros países europeos se discute acerca del cierre temporal al público de sus registros de titulares reales a raíz del reciente fallo del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, en España seguimos aún sin contar con el Registro de Titularidades Reales central, exigido por la V directiva de prevención del blanqueo de capitales.

En segundo lugar, y relacionado con ello, España mantiene vigente un instrumento que había sido concebido como medida para la reactivación económica tras la crisis económica de 2008. Es el caso de las llamadas golden visas (visados dorados) que consisten, esencialmente, en otorgar una residencia casi inmediata (en algún país incluso la nacionalidad) a personas que hagan inversiones sustanciosas en el país receptor. Si usted es un político corrupto en algún país con un Estado de derecho frágil y quiere salir de ese país para disfrutar de sus ganancias, puede pensar todavía en España como un espacio de libertad donde le concederán la residencia de forma casi inmediata y si tiene suerte incluso a través del silencio administrativo positivo. A cambio, solo se le exige que compre una cantidad significativa de títulos de deuda pública, acciones o participaciones, fondos de inversión, depósitos bancarios en entidades financieras españolas o adquiera un bien inmueble con una inversión de valor igual o superior a 500.000 euros. Si, por el contrario, usted es un extranjero que no tiene otro remedio que recurrir a las vías ordinarias de solicitud de estancia o residencia, y acude a comisaría para pedir una solicitud de arraigo social o para renovar su residencia temporal, le preguntarán si tiene cita previa y, cuando diga que no, le exigirán que la solicite antes de acudir a la oficina de extranjería. Tras mucho esfuerzo y numerosos intentos, pues las fechas que se ofrecen en la sede electrónica cambian permanentemente de un día para otro, al fin podrá solicitar la cita. Probablemente, se la den para dentro de tres o cuatro meses, con lo cual usted podría quedar fuera del plazo que tenía para la renovación, pues no ha podido realizar antes el trámite. En todo caso, prepárese para aportar papeles. Si no le notifican en el plazo previsto, por supuesto, opera el silencio administrativo negativo. Obviamente, la culpa es suya por no poder permitirse comprar un inmueble de valor igual o superior a 500.000 euros. Vuelva usted mañana.

El Parlamento Europeo ha expresado en reiteradas ocasiones su enorme preocupación ante la falta de mecanismos adecuados de control para conceder estos visados de residencia para inversores, permitiendo la entrada de personas y sus familiares con capitales de dudosa procedencia y sin llevar a cabo una investigación rigurosa sobre el origen de los fondos.

A pesar del creciente interés público, la información más básica sobre la concesión de visados dorados en nuestro país sigue permaneciendo oculta. Por ello Transparencia Internacional España solicitó, sobre la base del derecho de acceso, información actualizada y detallada sobre el asunto tanto al Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación como al Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. El primero denegó el acceso, alegando que “la materia no es objeto de seguimiento estadístico”. El segundo, por el contrario, sí que lo concedió. De acuerdo a los datos proporcionados, el número de autorizaciones de residencia reguladas por la ley 14/2013, concedidas desde el 1 de enero de 2017 hasta el 31 de marzo de 2022 fue de 51.829 autorizaciones en el caso de los titulares y 47.262 autorizaciones en el caso de sus familiares, sumando un total de 99.091. De estas, 484 se concedieron por silencio administrativo. El mayor número de autorizaciones de residencia fueron concedidas a ciudadanos de China (5.870), Rusia (4.350), Colombia (3.520) e India (3.474). Desde la entrada en vigor de la ley, solo los residentes rusos han invertido más de 3.400 millones de euros en nuestro país.

España se está convirtiendo en un país donde la adquisición de fondos se pone por encima de la igualdad y de la seguridad. Los riesgos de blanqueo y de permitir la entrada en España a delincuentes son enormemente altos. A mayores riesgos deberían existir mayores controles, pero parece que el sistema está diseñado al revés. Nosotros reclamamos como mínimo la inaplicación del silencio positivo a este tipo de concesiones, la incorporación de mecanismos adecuados de diligencia debida para la comprobación de los antecedentes de los solicitantes y sus familias, la verificación exhaustiva del origen de los fondos y de las redes en las que se insertan, el control a posteriori de los solicitantes seleccionados y la regulación de las empresas intermediarias que gestionan estos permisos sin control alguno. Así seremos tal vez un poco más pobres, pero más honrados.


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