Irresponsabilidad fiscal
La competencia tributaria a la baja entre las comunidades es ineficiente económicamente y debilita al Estado de bienestar
El reciente anuncio del presidente de la Junta de Andalucía de suprimir el Impuesto de Patrimonio ha supuesto el pistoletazo de salida en la competencia para rebajar el gravamen, o directamente suprimir, los tributos cedidos a las comunidades autónomas. Hoy es Andalucía, pero Castilla y León ya está anunciando otras rebajas. Un argumento habitual es que el Impuesto de Patrimonio no tiene razón de existir porque ya se grava la renta de las personas físicas. Pero es falso, y lo han dicho todos los expertos en todos los informes que gobiernos de diferente color han encargado: el Impuesto de Patrimonio grava de forma indirecta, por equidad horizontal, aquellas rentas del capital difíciles de detectar o que han eludido tributar sobre la renta personal.
Las demás comunidades del PP se miran en la de Madrid, alumna aventajada en la escuela de la irresponsabilidad fiscal. Esta actuación es económicamente ineficiente y políticamente desastrosa para el buen funcionamiento del Estado. La UE ha respaldado los informes de la OCDE donde se argumenta que la competencia fiscal a la baja entre los Estados es dañina para la asignación eficiente de recursos en el crecimiento de una economía. La competencia fiscal entre Estados resulta perjudicial, pero lo es más cuando se trata de comunidades autónomas dentro de un mismo país. Hay que decirlo sin ambages: los impuestos financian bienes y servicios públicos e instituciones esenciales para el buen funcionamiento de las instituciones privadas, para preservar la competencia de los mercados y asegurar que no se desaprovecha talento por falta de oportunidades. Los impuestos financian inversión pública con un rendimiento del que nos beneficiamos todos.
Cuando una comunidad autónoma anuncia rebajas fiscales aduciendo que quiere que ciertos contribuyentes se queden en (o acudan a) ella, lo que realmente está diciendo es que quiere sustraer ingresos impositivos a otras comunidades: la competencia fiscal es un comportamiento tan depredador como una guerra arancelaria. Andalucía se equivoca si cree que eliminando el Impuesto de Patrimonio puede emular el dudoso éxito de Madrid. La Comunidad de Madrid, aparentemente, no ha sufrido consecuencias negativas por su desastrosa política fiscal debido a varias razones: por ser la primera, por ser la capital del reino, por el éxodo empresarial propiciado por la inestabilidad política de Cataluña y porque el deterioro de los bienes y servicios públicos solo es perceptible a largo plazo. Cuando resulte evidente que alquilar una vivienda en Madrid es imposible para gran parte de la población, que un seguro médico privado no está al alcance de cualquiera y que los colegios públicos de calidad escasean, quizá algunos madrileños se planteen mudarse a otra autonomía. Especialmente aquellos segmentos de la población que puedan teletrabajar y que, generalmente, son quienes reúnen mayor capital humano. Nadie saldrá beneficiado de una guerra fiscal entre comunidades: todas perderán porque todas tendrán problemas para financiar los servicios públicos.
Los recortes en inversión y servicios públicos provocados por la irresponsabilidad fiscal suelen traer, además, grandes pelotazos económicos. No hay mayor negocio que una concesión pública. Y esto es así porque es lo opuesto a la competencia, que no existe cuando se externalizan servicios esenciales. La falta de competencia es un incentivo perverso porque elimina la necesidad de invertir en mejoras e innovaciones tecnológicas en las empresas que disfrutan de tales concesiones.
Otro efecto perverso más de la competencia por rebajas fiscales radica en que debilita gravemente la cohesión territorial: va a ser difícil demandar la solidaridad de los territorios más ricos cuando esa solidaridad no se exige a los ricos del propio territorio. No deberían cederse a las comunidades autónomas aquellos tributos, como el de Patrimonio y el de Sucesiones y Donaciones, cuya función es preservar la equidad horizontal al gravar lo que el IRPF no puede gravar.
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