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Carta abierta
Tribuna
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Por los derechos de los trabajadores de plataformas digitales

Ministros de economía y empleo de la UE y varios eurodiputados escriben a la presidenta de la Comisión Europea, Ursula Von der Leyen, reclamando una iniciativa legislativa europea ambiciosa sobre la mejora de condiciones laborales en las empresas de este sector

Repartidores de Glovo, una de las startups más importantes de España.
Repartidores de Glovo, una de las startups más importantes de España.Getty Images

El 8 de diciembre, la Comisión Europea presentará su tan esperada Directiva sobre la mejora de las condiciones de los trabajadores y trabajadoras de empresas de plataforma digitales.

Los trabajadores y trabajadoras de empresas de plataforma digitales a menudo ni siquiera perciben el salario mínimo, no están cubiertos por convenios colectivos, no disfrutan de vacaciones pagadas, están expuestos a riesgos para la salud y la seguridad, no tienen derecho a una baja por enfermedad retribuida ni a ninguna protección de la seguridad social. El horario de trabajo suele ser prolongado y, en algunas plataformas, se tolera o refuerza una importante brecha salarial entre hombres y mujeres y otros tipos de discriminación motivados por sesgos algorítmicos. Estas empresas atraen a grupos vulnerables que se ven obligados a aceptar una baja remuneración ya que, de lo contrario, otra persona aceptará su trabajo.

Las plataformas de trabajo digitales solo serán sostenibles si ofrecen empleos de calidad y respetan los derechos laborales. Muy pocas plataformas operan únicamente con verdaderos trabajadores por cuenta propia. Por lo tanto, necesitamos normas para garantizar que las plataformas de trabajo digitales no puedan aprovechar los vacíos normativos para obtener grandes beneficios a través de trabajadores que son falsos autónomos, con el fin de evitar las responsabilidades sectoriales de una remuneración, condiciones laborales y seguridad social adecuadas. Esta práctica no solo es injusta para los trabajadores, sino también para la gran mayoría de las empresas que cumplen las reglas, así como para la sociedad en su conjunto.

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La entrega de alimentos, los servicios de taxi y el trabajo doméstico son solo la punta del iceberg: las plataformas de trabajo digitales se están expandiendo al sector comercial, de ingeniería, cuidados, enfermería, construcción y servicios. También se observa la denominada plataformización en otros sectores en los que están ganando terreno prácticas como la fragmentación de los puestos de trabajo y la flexibilización extrema. Esta es otra razón más que señala la necesidad de una legislación europea. El Parlamento Europeo, los Estados miembros, los sindicatos y las organizaciones de toda Europa están manifestando claramente que no hay espacio ni necesidad para la creación de un tercer estatuto entre el trabajador por cuenta ajena y el trabajador por cuenta propia, ya que dejaría al trabajador sin la protección ni la autonomía adecuadas.

Una abrumadora mayoría de las sentencias judiciales en toda Europa ha demostrado claramente que las empresas de plataforma digitales son empleadoras y que sus trabajadores deben disfrutar de sus derechos como empleados. La próxima Directiva debe ajustarse a este planteamiento. El punto de partida de las medidas jurídicas y políticas debe ser que toda plataforma de trabajo digital sea o pueda convertirse en empleadora.

La Comisión Europea debe establecer una presunción de laboralidad que establezca el estatuto del trabajador como punto de partida. La carga de la prueba debe transferirse del trabajador a la plataforma. Merecen la pena ser mencionadas experiencias anteriores de países europeos en los que se han dado pasos en esta dirección. Esto significa que los trabajadores de las empresas de plataforma digitales son en principio empleados, a menos que las plataformas digitales puedan demostrar que son trabajadores por cuenta propia. Esto supondría un cambio con respecto a la situación actual, en la que existe una presunción de trabajo por cuenta propia por la que los trabajadores de plataformas digitales están deliberadamente clasificados de forma errónea como trabajadores por cuenta propia y tienen que demostrar que existe una relación laboral.

Un llamamiento a la prudencia para evitar posibles malentendidos: una presunción refutable de laboralidad no significa que todos los trabajadores serán considerados como trabajadores por cuenta ajena. El modelo de negocio de las empresas de plataforma que operan con verdaderos autónomos no se verá afectado, siempre y cuando puedan demostrar que no existe una relación de dependencia.

Cualquier solución devaluada aportaría un cambio imperceptible o ningún cambio en absoluto, ya que la parte más vulnerable de la relación laboral tendría que iniciar el proceso.

Las plataformas de trabajo digitales utilizan los algoritmos como herramientas de gestión con un impacto significativo en los derechos y las condiciones de trabajo. Los algoritmos que fijan el precio de los servicios y deciden la distribución de tareas funcionan como cajas negras para los trabajadores. La supervisión constante y la importancia de las calificaciones provocan una presión y un estrés extremos.

El papel central del algoritmo es lo que diferencia el trabajo en plataformas digitales de otros tipos de trabajo. Si la Comisión Europea se toma en serio la mejora de la situación de los trabajadores de plataformas digitales, la regulación de la gestión algorítmica debe ser un elemento clave de su propuesta. Las empresas de plataforma deben ser transparentes sobre cómo su algoritmo fija los precios y asigna el trabajo, incluyendo qué factores se tienen en cuenta. Dado que el algoritmo establece las condiciones de trabajo, los trabajadores y sus sindicatos deben poder opinar sobre su funcionamiento y no debe permitirse nunca que un algoritmo despida a los trabajadores. Además, los trabajadores de plataformas digitales deben tener control sobre sus propios datos personales y los datos que generan mientras están en la plataforma.

Para hacer frente a la falta de información sobre el funcionamiento de las plataformas de trabajo digitales en la UE, estas deben estar obligadas a registrarse ante una autoridad pública y ser transparentes sobre los datos esenciales de sus actividades.

Las plataformas digitales operan a escala transnacional y, por tanto, se necesita una solución europea. Esto también evitaría una legislación fragmentada en todo el continente, que solo impulsaría una “carrera a la baja” en materia de derechos. Los firmantes de esta carta instan a la Comisión Europea a asegurarse de que las empresas de plataforma se rigen por las mismas normas que cualquier otra empresa offline en situaciones transfronterizas, tanto si se trata de legislación laboral o social como fiscal.

Para dar a los trabajadores y trabajadoras lo que les corresponde, y para que se pueda desarrollar un modelo de negocio sostenible en toda Europa, a través de una app o sin ella, tenemos que establecer estándares elevados para las plataformas digitales.

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