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Los jueces catalanes activan el procedimiento para decidir si aplican la amnistía a los ‘expresidents’ Mas y Torra

El TSJC pregunta a la Fiscalía y a las defensas sobre cuatro casos ya juzgados y otro pendiente por el 1-O. ERC reclama la medida de gracia a 37 cuadros del partido, y Jordi Turull (Junts) exige al Supremo que suspenda ya su inhabilitación

Artur Mas y Quim Torra, en el Parlamento catalán en 2018.
Artur Mas y Quim Torra, en el Parlamento catalán en 2018.Albert Garcia

El baile de peticiones y resoluciones judiciales ha empezado. La publicación en el BOE de la ley de amnistía este martes está teniendo ya sus primeras consecuencias. El primer órgano en moverse ha sido el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC), que esta misma mañana ha pedido a las partes (acusaciones y defensas) presentes en cinco procedimientos judiciales que se pronuncien sobre si cabe en estos casos la aplicación de la amnistía. Entre estas causas están las que afectan a los expresidentes de la Generalitat Artur Mas y Quim Torra, así como otra referida a los preparativos del referéndum ilegal del 1-O. El TSJC se ha anticipado así a un movimiento que poco después también ha hecho el Tribunal Supremo, que instruye las causas del procés y de Tsunami Democràtic, ambas con un denominador común: el expresident Carles Puigdemont.

La sala civil y penal del TSJC ha dictado cinco providencias que acuerdan dar traslado a las partes para que, en un plazo máximo de 10 días, se pronuncien sobre la revisión de otros tantos casos que pueden verse afectados por la ley de amnistía.

Cuatro de esos cinco casos son ejecutorias, es decir, sus protagonistas ya han sido juzgados y condenados, por lo que la amnistía supondría la extinción de la responsabilidad penal (fin de las penas de inhabilitación, cancelación de antecedentes penales). Los cuatro casos se saldaron con condenas por desobediencia. Se trata de la condena al expresident Artur Mas (y a las exconsejeras Joana Ortega e Irene Rigau) por la organización de la consulta independentista del 9-N de 2014; la condena al expresident Quim Torra por negarse a retirar lazos amarillos y otros símbolos independentistas del Palau de la Generalitat en período electoral; la condena al exconcejal de Lleida de la CUP Pau Juvilla (también por no retirar lazos amarillos, en este caso del Ayuntamiento); y la condena al exalcalde de Agramunt y exdiputado Bernat Solé por desobedecer las resoluciones judiciales que ordenaban impedir el 1-O.

El quinto caso sobre el que pide opinión el tribunal, que versa también sobre la organización del referéndum ilegal del 1-O, aún no ha sido juzgado: es el que afecta a tres pesos pesados de ERC: Josep Maria Jové, Lluís Salvadó (considerados ambos arquitectos de la consulta) y la consejera de Cultura en funciones, Natàlia Garriga. El juicio contra los tres por los delitos de desobediencia, prevaricación y malversación agravada está programado para el 2 de octubre.

En sus resoluciones, breves, sobre los casos, el TSJC se hace eco de la publicación de la ley de amnistía en el BOE. Y recuerda que la norma confiere a los tribunales la capacidad para revisar las sentencias firmes de oficio o a instancia de las partes, pero “en todo caso previa audiencia del ministerio fiscal y de las partes”. De ahí que otorgue, tanto a las acusaciones como a las defensas, un plazo (que fija en 10 días) “a fin de que hagan llegar al tribunal las alegaciones que estimen oportunas”.

El independentismo se mueve

Antes incluso que el TSJC, el independentismo ha empezado a moverse ya para intentar que la ley de amnistía se aplique cuanto antes a los potenciales beneficiarios. ERC ha presentado este mismo martes, ante distintos juzgados, un total de 37 peticiones para miembros de su partido que han sido condenados o están implicados en causas judiciales. Por el lado de Junts ha habido una reacción similar: el secretario general del partido, Jordi Turull —que fue indultado en 2021, como Junqueras, de la pena de cárcel, pero no de la de inhabilitación—, ha pedido al Tribunal Supremo que dé por extinguida su responsabilidad penal.

En el caso de ERC, el primer bloque lo forman los dirigentes que eran consejeros del Govern en 2017 y que fueron condenados por el Supremo en 2019: tres de ellos lo fueron por sedición y malversación (Oriol Junqueras, Raül Romeva y Dolors Bassa) y otro por desobediencia: Carles Mundó. En 2021, el Gobierno de Pedro Sánchez concedió a los tres primeros el indulto parcial, que les permitió salir de prisión pero manteniendo las penas de inhabilitación, lo que les impedía ejercer cargos públicos. Si son amnistiados, podrían volver a la primera línea de la política. También está en este grupo la expresidenta del Parlament Carme Forcadell, aunque la pena de inhabilitación de ella ya quedó extinguida cuando el Gobierno eliminó del Código Penal el delito de sedición a finales de 2022.

Además de los exconsejeros, hay otros altos cargos de ERC, diputados y una consejera en funciones del Govern que estaban siendo investigados en distintos órganos jurisdiccionales: en el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, en juzgados de instrucción de Barcelona e incluso, en el ámbito administrativo, en el Tribunal de Cuentas.

En cuanto a Junts, el abogado de Jordi Turull, Jordi Pina, ha presentado este martes un escrito para solicitar que se dicte la extinción de su responsabilidad penal. El secretario general de la formación conservadora fue condenado por delitos de sedición y malversación a 12 años de cárcel y otros 12 de inhabilitación para ejercer cargo público. El Gobierno derogó el delito de sedición en 2022, pero no el de malversación, por lo que esa inhabilitación en principio no vence hasta 2030.

En su escrito, Turull pide al tribunal que dé por finalizada esa pena de inhabilitación al entender que la ley de amnistía es de plena aplicación en su caso. El texto ahonda en la que se prevé una de las grandes batallas en la aplicación de la norma: el delito de malversación. Los fiscales del Tribunal Supremo que participaron en el juicio contra Turull y el resto de exmiembros del Govern ya han comunicado que consideran que la amnistía no es aplicable al delito por el que ellos fueron condenados, ya que el desvío de fondos probado encaja con las excepciones que establece la ley de amnistía.

La medida de gracia contempla el delito de malversación “siempre que no haya existido propósito de enriquecimiento”, entendido este como “un beneficio personal de carácter patrimonial”. Turull recuerda que, según la sentencia del Supremo, no se le atribuyó ni siquiera la disposición de fondos públicos, sino la “mera aprobación de gasto destinado a la celebración del referéndum”. Pero no se abonaron ni liquidaron esos fondos, de modo que “difícilmente podría hablarse de enriquecimiento personal” o de “ilícita disminución de los caudales públicos”, alega. La consecuencia jurídica de la ley de amnistía, señala su defensa, es que debe ponerse fin a la inhabilitación y deben cancelarse, también, los antecedentes penales “de forma urgente”. El abogado ha pedido al Supremo que, si plantea una cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) que paralice la aplicación de la ley, suspenda de todos modos la ejecución de la condena de inhabilitación.

No hay un cálculo oficial sobre cuántas personas podrían verse beneficiadas por la amnistía. La entidad independentista Òmnium Cultural sostiene que unos 1.616 ciudadanos podrían acogerse a ella: casi 700 en la vía penal y más de 900 en la administrativa. Fuentes del Gobierno que participaron en las negociaciones, sin embargo, hablaron en su día de 400 beneficiarios. La amnistía alcanza a los organizadores de las consultas ilegales de independencia del 9-N de 2014 y el 1-O de 2017, pero el grueso de potenciales beneficiarios son los ciudadanos que fueron detenidos durante su participación en los disturbios posteriores a la sentencia del procés en 2019.

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