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Los fiscales del ‘procés’ se oponen a aplicar la amnistía al delito de malversación

Los representantes del Ministerio Público que dirigen la acusación en el Supremo rechazan también levantar la orden de detención contra Puigdemont

Los fiscales Javier Zaragoza y Fidel Cadena, durante una sesión del juicio del 'procés' en el Tribunal Supremo en 2019.
Los fiscales Javier Zaragoza y Fidel Cadena, durante una sesión del juicio del 'procés' en el Tribunal Supremo en 2019.EFE
Reyes Rincón

La aplicación de la amnistía aprobada este jueves en el Congreso va a derivar, salvo sorpresa, en un duro enfrentamiento en el seno de la Fiscalía. Los fiscales del Tribunal Supremo que participaron en el juicio del procés en 2019 han comunicado al fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, que consideran que la ley de amnistía no es aplicable al delito de malversación por el que el Tribunal Supremo condenó a cuatro de los 12 líderes independentistas a los que juzgó, entre ellos Oriol Junqueras, y que el tribunal atribuye también a Carles Puigdemont. Según estos fiscales, el desvío de fondos que se consideró probado en la sentencia del Supremo encaja en las excepciones que establece la ley de amnistía, por lo que las condenas por malversación no pueden decaer. Sostienen, además, que la orden de detención contra el expresidente catalán —que huyó a Bélgica en 2017— no puede levantarse automáticamente, en contra de lo que prevé la ley una vez que la norma se publique en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y entre en vigor.

La decisión que tome el Supremo sobre la aplicación de la amnistía al delito de malversación no tendrá efectos sólo sobre la causa que pesa sobre Puigdemont, sino también sobre la condena que aún está cumpliendo Oriol Junqueras de inhabilitación para ejercer cargo público. Junqueras fue indultado en 2021 de la pena de prisión, pero no de la inhabilitación. Los fiscales del procés, según fuentes del Ministerio Público, sí apoyan la aplicación de la medida de gracia para los delitos de desobediencia y desórdenes públicos, los otros que se atribuyen a los líderes independentistas tras la reforma penal que eliminó el delito de sedición en 2022.

La aprobación de la ley de amnistía en el Congreso cierra la tramitación parlamentaria de la norma y abre una nueva etapa: la de la aplicación de la medida de gracia por parte del Poder Judicial. Para hacerse efectiva, la ley tiene que ser aplicada por cada tribunal que ya haya dictado sentencia o que tenga abierto un procedimiento que pueda verse afectado por la amnistía, y en esta fase entra también en juego la Fiscalía, a la que los jueces tienen que pedir su opinión (no vinculante) antes de tomar una decisión. Las discrepancias que existen en el seno del Ministerio Público sobre la medida de gracia son evidentes desde que se anunció la proposición de ley: hasta ahora se han plasmado en pronunciamientos públicos y críticas a García Ortiz por negarse a enviar al Senado el informe sobre la medida de gracia que le reclamó la Cámara alta, donde el PP tiene mayoría absoluta.

Pero, ante la aprobación de la ley este jueves, el fiscal general ha optado por reunir a los fiscales que tienen que informar sobre la aplicación de la norma en el Tribunal Supremo, que son los cuatro que participaron en el juicio del procés: Fidel Cadena, Javier Zaragoza, Consuelo Madrigal y Jaime Moreno. Al encuentro también han asistido los jefes de la sección Penal, el del Constitucional y el jefe de la secretaría técnica. Mañana están convocados los jefes fiscales de Cataluña. El objetivo es coordinar la actuación del Ministerio Público en todos los órdenes jurisdiccionales y en todas las instancias, pero la primera reunión ya ha dejado patente que no va a ser fácil.

La Fiscalía se rige por el principio de unidad de actuación, lo que, en el caso de la aplicación de la ley de amnistía, implica que el Ministerio Público tiene que defender la misma posición en el Supremo y en cualquiera de los juzgados de Cataluña que tendrán que pronunciarse sobre la medida de gracia a encausados por malversación. Este delito afecta a buena parte de las causas vinculadas a la organización del referéndum del 1-O. Eso incluye a los líderes del procés, pero también a una veintena de cargos políticos de ERC y Junts que, un peldaño por debajo de los consejeros de la Generalitat, ostentaban responsabilidades públicas durante el otoño de 2017 y fueron claves en la logística y financiación del referéndum.

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Fuentes fiscales advierten de que, en última instancia, será el fiscal general quien tiene la potestad para fijar la postura del Ministerio Público respecto a la amnistía. García Ortiz se ha mostrado hasta ahora muy cauto sobre la medida de gracia y ha rechazado opinar sobre su alcance hasta que llegara el turno de la aplicación de la norma por parte de los tribunales. Pero fuentes del su entorno señalan que su posición diverge de la expresada por los fiscales del procés y considera que la malversación que se atribuye a Puigdemont o Junqueras queda bajo el paraguas de la amnistía porque no supuso un enriquecimiento del patrimonio de los líderes independentistas, la condición que fija la norma para poder beneficiarse de la medida de gracia.

Si García Ortiz establece que este es el criterio el Ministerio Público, todos los fiscales tendrían, en teoría, que seguirlo, porque el otro principio básico del funcionamiento de la Fiscalía es la dependencia jerárquica. En cualquier caso, se da por seguro que, al menos entre los del Supremo, habrá resistencia y se intentarán activar todos los mecanismos para forzar un cambio de postura, lo que puede agravar la guerra abierta entre García Ortiz y algunos sectores de la Fiscalía.

La ley establece que la malversación de fondos públicos será amnistiada si estuvo destinada a financiar actos vinculados al procés y “siempre que no haya existido propósito de enriquecimiento”, entendido este como “beneficio personal de carácter patrimonial”. La intención del Gobierno y sus socios parlamentarios es que la medida de gracia alcance a todos los encausados por el desafío independentista, también a los que lo están por malversación, y consideran que, con esta redacción, se garantiza ese objetivo porque no hay pruebas de que ese desvío de fondos haya provocado en ningún caso un aumento del patrimonio de los encausados. Esta es la postura que defiende un sector de la Fiscalía, que considera que la ley deja claro que tiene que haberse dado un incremento patrimonial y que eso no ha ocurrido en el caso del procés. Fuentes próximas al fiscal general señalan que García Ortiz se decanta también por esta interpretación.

Pero hay otro sector, encabezado por los fiscales del procés en el Supremo, que sostiene lo contrario y para ello esgrimen que la jurisprudencia del alto tribunal señala que el enriquecimiento no se produce solo cuando hay un lucro personal, sino también cuando se genera otro tipo de beneficios. En eso basó la Sala Penal su rechazo a aplicar a los líderes del procés la última reforma del delito de malversación, pactada la pasada legislatura entre el PSOE y ERC y que rebajaba la pena en los casos en los que no existiera “ánimo de lucro”.

Además, los fiscales del procés argumentan que una directiva europea de 2017 impide amnistiar delitos que afectan a los intereses financieros de la Unión Europea, una salvedad que también recoge la ley de amnistía. Esta opinión no es compartida por otros fiscales ni por el entorno del fiscal general, que aseguran que los intereses económicos de la UE no se vieron dañados por el desvío de fondos atribuido a los líderes independentistas, por lo que no sería aplicable al caso esa excepción que prevé la medida de gracia.

“Intereses políticos”

Los fiscales del procés han exhibido desde 2017 una postura muy dura contra los líderes independentistas, contra quienes mantuvieron la acusación por rebelión a lo largo de todo el juicio, negándose a plantear la posibilidad de que se les condenara por sedición, una opción a la que sí se sumó Vox el último día de la vista oral. El Supremo, finalmente, descartó la rebelión y acabó decantándose por la sedición, un delito considerado más leve y con penas menores, lo que llevó a los cuatro fiscales que habían participado en el juicio a criticar abiertamente la sentencia del alto tribunal.

Durante el encuentro de este jueves, los cuatro han entregado un escrito a García Ortiz en el que cargan duramente contra la ley de amnistía. Con argumentos más políticos que jurídicos, los fiscales ponen el acento en que la proposición de ley no formaba parte “del debate electoral” de las elecciones generales del 23 de julio de 2023 y dan por hecho que el rechazo social a la medida de gracia es “ampliamente mayoritario”. “La aprobación de la ley obedece esencialmente a razones de pura oportunidad política y a la satisfacción de recíprocos intereses políticos de las formaciones que suscribieron el acuerdo del 9 de noviembre de 2023″, escriben los fiscales, en referencia al pacto entre el PSOE y Junts para investir a Pedro Sánchez.

Los fiscales sostienen que la ley está “viciada de arbitrariedad”. “No pretende como objetivo —solo aparentemente— el bien común de la sociedad ni tampoco el restablecimiento de los derechos y libertades que se dicen injustamente vulnerados de una parte de la ciudadanía que reside en Cataluña, sino el capricho y la oportunidad política que permite la gobernabilidad”, añaden. Zaragoza, Cadena, Madrigal y Moreno argumentan, además, que la ley no es fruto del consenso político y que se trata de una norma “diseñada por los propios beneficiarios de la amnistía (diríase que parece en realidad una autoamnistía) que se ha modificado y adecuado en su redacción en función de los avatares judiciales que se han ido produciendo durante las investigaciones en curso”.

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Sobre la firma

Reyes Rincón
Redactora que cubre la información del Tribunal Supremo, el CGPJ y otras áreas de la justicia. Ha desarrollado la mayor parte de su carrera en EL PAÍS, donde ha sido redactora de información local en Sevilla, corresponsal en Granada y se ha ocupado de diversas carteras sociales. Es licenciada en Periodismo y Máster de Periodismo de EL PAÍS.
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