Los cinco magistrados que marcan (a su pesar) la agenda pública en Cataluña
La Sección Quinta es un “cajón de sastre” que ha decidido sobre la Zona de Bajas Emisiones, el catalán en la escuela, la fecha de las elecciones o la gestión del agua
Tumbaron, hace unas semanas, la Zona de Bajas Emisiones (ZBE) que vetaba a los coches más contaminantes en el área de Barcelona y que era uno de los proyectos estrella de la alcaldesa Ada Colau. Anularon el decreto del presidente de la Generalitat, Pere Aragonès, que retrasaba las elecciones autonómicas del pasado 14 de febrero de 2021. Un año antes, concluyeron que el Gobierno catalán debía impartir al menos un 25% de horas lectivas en castellano en una sentencia que ha hecho tambalearse la inmersión lingüística y que aún debe ejecutarse. En el pasado, tumbaron la mayor privatización aprobada por la Generalitat, relacionada con la gestión del agua, en una decisión con repercusiones económicas millonarias.
Los cinco magistrados que integran la Sección Quinta de la sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) marcan, a su pesar, la agenda pública. Aunque los nombres cambian con el tiempo, sus actuales integrantes son María Fernanda Navarro, José Francisco Sospedra, Pedro Luis García, Eduardo Paricio y Manuel Santos. Todos ellos adoptan decisiones desde sus despachos en la Via Laietana -en un edificio alquilado a La Caixa donde penetra con facilidad el estruendo del tráfico- que tienen una especial trascendencia política, social y económica.
La razón de ese poder no buscado es fruto del reparto de materias entre las cinco secciones de la sala -en total suma 26 magistrados- que decide sobre los recursos que ciudadanos, empresas y entidades presentan contra la administración. La lista de tareas es inmensa, pero en resumen la Primera se encarga de tributos; la Segunda, de medio ambiente y urbanismo; la Tercera, de trabajo, salud y seguridad social; la Cuarta, de función pública; y la Quinta, de una ristra de asuntos (farmacia, turismo, comercio, juegos y espectáculos) con una coletilla final que es clave: “Resto de materias”.
Esa expresión, “resto de materias”, convierte a la Sección Quinta en una suerte de cajón de sastre adonde llegan asuntos que, aunque son mínimos en número (una tercera parte de los esfuerzos de la sala se dedican a tributos), tienen una gran repercusión. Javier Aguayo, presidente de la sala de lo contencioso-administrativo, asume que los conflictos que gestiona la sección generan más impacto mediático y, también, más “estrés social”, un ruido del que los magistrados tratan de aislarse. “Resolvemos sobre la actuación de las administraciones con criterios jurídicos, no de oportunidad. La ley prohíbe pronunciarnos sobre aspectos en los que hay discrecionalidad; no podemos, por ejemplo, decidir si en una vía hay que ir a 60 u 80 kilómetros por hora”, explica Aguayo preguntado por las voces que acusan al tribunal de cruzar los límites de la división de poderes y discurrir por los derroteros de la política.
Hace unos días, tras conocer la sentencia sobre la ZBE -una de las más ambiciosas de Europa, con casi 100 kilómetros cuadrados- la teniente de alcalde de Urbanismo de Barcelona, Janet Sanz, apuntó al tribunal. “La sentencia incorpora más elementos políticos e ideológicos que jurídicos”, dijo. La resolución concluye que la ordenanza aprobada por el consistorio no se ajusta a derecho, pero no cuestiona la necesidad de actuar contra la contaminación.
Sin aludir al caso particular de los vehículos contaminantes, Aguayo explica que, en ocasiones, la administración incumple trámites que, en caso de ser recurridos por alguna parte, provocan la nulidad de esos actos. Y esa nulidad tiene consecuencias que, a veces, son gigantes. Admite el magistrado que existe un debate jurídico interno en el seno del Tribunal Supremo sobre cuáles deben ser los efectos de una resolución declarada nula cuando se trata solamente de defectos de forma.
La sentencia sobre el catalán, dictada por la Sección Quinta en diciembre de 2020, también levantó ampollas. Cuando el Tribunal Supremo la declaró firme el pasado enero, el president Pere Aragonès criticó que los magistrados no se limitaron a rechazar tal o cual medida sino que “entró a legislar sobre porcentajes”. La sentencia, que está pendiente de ejecución -algunas entidades ya lo han pedido- establece un mínimo del 25% de castellano, pero no dice cuál debe ser el porcentaje a aplicar o las medidas que debe adoptar la administración. En otras comunidades autónomas, los asuntos de Educación son “una materia absolutamente residual”, dice Aguayo. En Cataluña, en cambio, la pugna jurídica por el uso de lenguas oficiales hace que se haya convertido en un asunto central también para la Sección Quinta.
Aunque Aguayo no pertenece a esa sección, presidió el tribunal que adoptó ambas decisiones (ZBE y catalán). La normativa prevé que el presidente de la sala de lo contencioso-administrativo está presente en asuntos de especial relevancia política y social. Por el mismo motivo, Aguayo también participó en la decisión de mantener la convocatoria electoral del 14 de febrero de 2021 para garantizar el derecho al voto. Lo anulado es de nuevo un acto administrativo (el decreto del Govern que suspendía los comicios), pero las consecuencias van mucho más allá.
En el ámbito contencioso, la justicia es rogada, o sea a petición de las partes. En la ZBE, los recurrentes fueron gremios vinculados al motor y asociaciones de transportistas. En el catalán, el Ministerio de Educación del PP. Y en la suspensión del 14-F, partidos políticos y particulares. Aguayo admite que “la judicialización de la política es un fenómeno recurrente” que ha contribuido a dar protagonismo a las decisiones de la sala que preside. “Era siempre un ámbito desconocido frente al penal, que siempre ha tenido más visibilidad”, dice Aguayo,que también ve en esa mayor conflictividad un aspecto positivo de avance democrático. “Los ciudadanos tienen cada vez más capacidad para cuestionar las decisiones de la administración y acuden a los tribunales”.
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