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La Audiencia de Alicante absuelve a todos los acusados de amañar la tramitación del plan urbanístico para beneficiar a un constructor

La sentencia, no obstante, condena por cohecho a multas de 6.000 euros al exalcalde Luis Alperi y de 18.000 al empresario Enrique Ortiz y exonera de todos los cargos a la exalcaldesa Sonia Castedo

Caso Brugal
La exalcaldesa de Alicante, Sonia Castedo, a su llegada a la Audiencia de Alicante el 7 de julio de 2020 para una de las vistas del 'caso Brugal'.Pep Morell (EFE)
Rafa Burgos

La Audiencia de Alicante cree que no existen pruebas que demuestren que los exalcaldes de Alicante Luis Díaz Alperi y Sonia Castedo, ambos del PP, facilitaran información o influyeran en los técnicos para que el empresario Enrique Ortiz, principal propietario de suelo en la ciudad, resultara beneficiado en la redacción del nuevo plan urbanístico (PGOU) de Alicante. La sentencia del tribunal absuelve a todos los acusados, ocho en total, de los delitos de corrupción de autoridades o funcionarios públicos, tráfico de influencias, prevaricación, revelación de secretos y aprovechamiento de información privilegiada. No obstante, condena a Alperi y a Ortiz, que llegó a reconocer los hechos, a multas de 6.000 y 18.000 euros por un delito de cohecho.

Lo que se dirimía como una monumental operación de corrupción de altos cargos municipales, incluida en una trama aún mayor que se extiende por toda la provincia, la operación Brugal, ha quedado reducida a la condena por dos regalos. Uno de ellos, un viaje a Creta en avión privado que disfrutó Alperi y cuyo coste, de 36.000 euros, sufragó un empresario que no ha sido juzgado. El otro, una chaqueta de lujo que Ortiz entregó a Castedo en las navidades de 2008, un regalo que los magistrados consideran que puede constituir un delito de cohecho impropio pasivo pero que ha prescrito.

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El caso PGOU nació, como todo lo que se ubica bajo el paraguas del caso Brugal, en un pinchazo telefónico. A partir de la investigación de una presunta trama corrupta en torno a la recogida de basuras de Orihuela (Alicante), la policía fue ampliando la red de teléfonos intervenidos hasta llegar al de Ortiz. Las conversaciones que el constructor mantenía con los alcaldes Alperi y Castedo, con casi veinte años en el poder municipal entre los dos, parecían evidenciar que el empresario estaba al tanto de lo que sucedía en el mapa del futuro plan urbanístico de Alicante, que fue retirado en cuanto estalló el escándalo y sigue pendiente de tramitación. Él, presuntamente, hacía y deshacía, para embolsarse grandes beneficios económicos o hacerse con las partes más jugosas del pastel urbanístico.

La elocuencia de los pinchazos llegó a dirigir los pasos de Ortiz hacia la Fiscalía, donde en abril de 2020 firmó un acuerdo por el que reconocía todos los hechos a cambio de una rebaja en la condena, de los ocho años que solicitaba el fiscal a solo dos y una multa cercana a los 900.000 euros. El magnate alicantino enfangaba así a Alperi y Castedo en el amaño del PGOU, a cambio de dinero en metálico, vacaciones pagadas y un coche de marca Mini Cooper. No era el único. Otro empresario del ladrillo, el ilicitano Ramón Salvador, había firmado un pacto similar dos meses antes, en febrero de 2020, a cambio de tres meses de cárcel y una sanción de 14.500 euros.

Sin embargo, en su comparecencia ante el tribunal en la primera sesión del proceso, Ortiz se desdijo de su confesión. El motivo radicaba en que poco antes, en otra de las piezas de Brugal, la de las basuras de Orihuela, la audiencia provincial había anulado todas las escuchas. 34 acusados, incluidos dos alcaldes populares del municipio del sur de la provincia, quedaban absueltos de todo cargo. Ortiz y sus abogados sabían que sin las intervenciones telefónicas de su caso, que brotaban de las ya desechadas por el otro tribunal, cualquier argumentación por parte de las acusaciones quedaba prácticamente vacía de contenido. Salvador, sin embargo, decidió seguir adelante con su acuerdo.

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Casi un año después del juicio, los pinchazos han resultado ser inocuos. Las magistradas han validado la mayoría de estas transcripciones. Solo han anulado las de la mujer de Ortiz y algunos registros ordenados en otra de las ramas de Brugal. Sin embargo, consideran que no hay pruebas fehacientes de que el constructor influyera en los primeros ediles alicantinos, principales responsables del PGOU, para que le correspondieran con información privilegiada o ganancias en el reparto de suelo. Tan solo admite la sentencia que entre los tres existía una profunda relación de amistad, prolongada en el tiempo, con “permanentes comunicaciones telefónicas de contenido privado”, con el “conocimiento recíproco de sus respectivas familias” y con “reuniones que mantenían en los domicilios particulares de los otros y los viajes de ocio que compartían”. Una amistad que los acusados procuraban que “no trascendiera al exterior, encubriéndola en tales ocasiones como relación institucional”.

Más allá de la chaqueta de marca y el viaje a Creta, no constan documentos que evidencien el trato de favor que podía haber deparado esta íntima conexión. Por ello, las magistradas han emitido un veredicto de absolución, contra el que cabe recurso de casación, a favor de Alperi, Castedo y Ortiz por los delitos de corrupción de autoridades o funcionarios públicos, tráfico de influencias, prevaricación, revelación de secretos y aprovechamiento de información privilegiada. También quedan libres de cualquier cargo Virgilio Ortiz y Santiago Bernáldez, hermano y empleado del constructor, respectivamente, así como el empresario Pablo Rico y los abogados Javier Gutiérrez y José Luis Castedo, hermano de la exalcaldesa.

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