Una confesión que evita un delito
El rey emérito debía pagar su deuda con Hacienda en el momento de la regularización


El delito fiscal es el único que puede eludirse con la confesión y la reparación del daño. En cualquier otro, esta reparación solo serviría para atenuar una futura pena; pero, en el caso del delito contra la Hacienda Pública, el pago de lo defraudado libera al contribuyente de la sanción administrativa y de la actuación judicial. Esta posibilidad, a la se ha acogido Juan Carlos I, está recogida en el artículo 305.4 del Código Penal, que establece que la regularización de la situación tributaria “impedirá” perseguir las irregularidades contables cometidas previamente.
La ley exige que la regularización se haga antes de que Hacienda notifique “el inicio de actuaciones de comprobación o investigación” o de que la Administración o la justicia realicen actuaciones que permitan al contribuyente tener “conocimiento formal” de la apertura de diligencias.
Fuentes jurídicas aseguran que el rey emérito no ha sido informado de la investigación por el uso de tarjetas con fondos opacos, que es a la que se refiere la regularización efectuada. De hecho, el comunicado del abogado de Juan Carlos I hecho público este miércoles subraya que el pago de 673.393,72 euros, que incluye recargos e intereses, se ha hecho “sin requerimiento previo”. Hacienda tampoco ha iniciado ninguna comprobación sobre sus declaraciones de IRPF, una decisión que lamenta el Sindicato de Técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha). “Desde que empezaron a salir informaciones sobre posibles irregularidades fiscales por parte del rey emérito pedimos a Hacienda que analizara el caso, como se habría hecho con cualquier contribuyente”, afirma el secretario general de Gestha, José María Mollinedo.
El camino para evitar el delito se inicia con la presentación de una declaración complementaria por cada año que se quiera regularizar, en la que se deben incluir todos los ingresos que en su momento se obviaron. “Tiene que ser una declaración completa y veraz”, advierte Mollinedo. La Agencia Tributaria es la encargada de comprobar que se cumplan estos requisitos. El rey emérito ha tenido la posibilidad de consultar previamente con Hacienda sobre el procedimiento para intentar la regularización, pero nunca podría obtener una garantía de que esa declaración salda la deuda. “Implicaría entrar en las bases de datos y eso es irregular”, señala el representante sindical.
Juan Carlos I debía pagar su deuda con Hacienda en el momento en que presentase la declaración complementaria. Para ello, se le obliga a abonar la cantidad defraudada, más los intereses de demora (un 5%) y los intereses por pago fuera de plazo (el 20% si han pasado más de 12 meses desde que finalizó el plazo oficial para presentar esa declaración).
Si Hacienda da por regularizada la situación, el monarca quedará exento no solo de un hipotético delito fiscal sino también de otros posibles delitos subordinados a este, como podría ser el de blanqueo de capitales, ya que el Código Penal establece que no se podrán perseguir ni las irregularidades contables ni “otras falsedades instrumentales”.
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