_
_
_
_

¿Es bueno que se reconozca el síndrome del quemado como fenómeno laboral?

Diego Mir

El estrés y el agotamiento laboral se consideran ahora problemas asociados con el empleo y el desempleo. ¿Qué implica esta nueva definición?

EL PASADO MES de mayo, la 72ª Asamblea General de la Organización Mundial de la Salud (OMS), reunida como cada año en Ginebra, acordaba modificar la ubicación del llamado síndrome del quemado (burnout en inglés) en la próxima edición de la Clasificación Internacional de Enfermedades, conocida como CIE-11. A partir de su entrada en vigor en 2022, el síndrome pasará de la categoría “problemas para el manejo de las dificultades de la vida” a otra denominada “problemas asociados con el empleo y el desempleo”. La medida no supone ningún avance en el tratamiento de este trastorno ni aporta ningún conocimiento científico que ayude a prevenir su incidencia. ¿A qué se debe entonces la enorme cobertura que ha recibido la noticia?

Para entender la expectación de los medios es importante comprender los diferentes papeles que desempeñan los manuales de diagnóstico médico. Más o menos, todo el mundo tiene claro que estos sistemas sirven —o deberían servir— para identificar el problema de la persona, dar orientaciones al clínico para su tratamiento y ayudar a predecir con cierta fiabilidad el curso del trastorno. En efecto, son algunas de sus funciones, pero no las únicas. Las clasificaciones médicas cumplen también una importante función legal y legitimadora. Si una persona acude a su médico de atención primaria porque no se encuentra con ánimo para ir a trabajar, solo tendrá derecho a una baja laboral si el médico etiqueta su estado como depresión o ansiedad. En el caso de ser enviada a una unidad de salud mental, solo tendrá derecho a recibir asistencia por parte de psiquiatras y psicólogos si sus problemas, aquellos que no son enfermedades, son identificados con alguno de los trastornos reconocidos. Los diagnósticos psiquiátricos también pueden servir para denegar derechos, como ocurre con la limitación de acceso a salas de juego a algunas personas que reciben la etiqueta de ludopatía. También se utilizan para retirar custodias y como atenuante de la condena en procesos judiciales. Sin atender a este aspecto legal y legitimador es muy difícil entender la importancia de la noticia sobre el síndrome del quemado.

Reconocerlo como fenómeno laboral puede visibilizar el sufrimiento, pero también hacer responsable al trabajador

La OMS es perfectamente consciente de estas implicaciones legales y se ha cuidado mucho a la hora de redactar el texto, dejando bien claro que se trata de un “fenómeno ocupacional”, no de una enfermedad, cuya causa no es el estrés crónico, sino la falta de éxito de la persona a la hora de “manejarlo”. Con esta definición se cierra la puerta a que los trabajadores puedan demandar a una empresa y exigir una indemnización en caso de ser diagnosticados. Al fin y al cabo, su problema no es el estrés al que hayan estado sometidos, sino su propia incapacidad para afrontarlo, lo que otorga derecho a recibir atención sanitaria pública y una declaración de discapacidad permanente total en los casos más graves, pero no más.

Más allá de las importantes limitaciones de su definición, las reacciones ante la noticia no han sido unánimes. Entre los optimistas está Antonio Cano, presidente de la Sociedad Española para el Estudio de la Ansiedad y el Estrés, que sostiene que esta modificación ayudará a que se preste más atención a los riesgos psicosociales en el trabajo. Por otra parte, los más escépticos señalan que la propia consideración del sufrimiento laboral como un síndrome convierte lo normal en excepcional y no es más que una caricatura de lo que ocurre en el mundo del trabajo. El psiquiatra y autor de Las falsas promesas psiquiátricas, Guillermo Rendueles, se muestra partidario de renunciar a la etiqueta y propone ampliar el diagnóstico de estrés laboral para intervenir sobre el ambiente, en lugar de convertirlo en un asunto individual. “El síndrome del quemado supone que la única salida al sufrimiento laboral es la individuación y nos priva de un viejo saber colectivo: solo podemos salvarnos conjuntamente”.

Y es que no hace falta volver a Tressell y sus Filántropos en harapos para encontrar muestras de esta agonía en el empleo. Los relatos de explotación recogidos por Bourdieu y sus colaboradores en La miseria del mundo, la ola de suicidios que ha llevado al banquillo recientemente a seis exdirectivos de France Télécom y los datos del barómetro de cansancio de los españoles, que señala al trabajo como principal responsable de que el 70% de las personas declaremos sentirnos con frecuencia faltas de energía, son ejemplos actuales de un padecimiento laboral que no cesa.

Es posible que ambas posturas tengan algo de razón. Reconocer el síndrome del quemado como fenómeno laboral puede ayudar a visibilizar el sufrimiento en el trabajo, pero también puede acabar haciendo responsable de este al propio trabajador, ocultando el papel de las condiciones laborales, las exigencias del puesto y las presiones de la empresa. Que sirva para una cosa o la otra dependerá en parte de nosotros. 

Eparquio Delgado es psicólogo sanitario.

Tu suscripción se está usando en otro dispositivo

¿Quieres añadir otro usuario a tu suscripción?

Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.

¿Por qué estás viendo esto?

Flecha

Tu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PAÍS desde un dispositivo a la vez.

Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás añadir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PAÍS.

En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contraseña aquí.

Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.

Archivado En

Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
_
_