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AGENDA PÚBLICA
Análisis
Exposición didáctica de ideas, conjeturas o hipótesis, a partir de unos hechos de actualidad comprobados —no necesariamente del día— que se reflejan en el propio texto. Excluye los juicios de valor y se aproxima más al género de opinión, pero se diferencia de él en que no juzga ni pronostica, sino que sólo formula hipótesis, ofrece explicaciones argumentadas y pone en relación datos dispersos

Los problemas de la censura constructiva

Este mecanismo crea Gobiernos inestables que dirigen el país hasta que convierten en inevitable la convocatoria de elecciones generales

Saludo entre Pedro Sánchez y Mariano Rajoy en el Congreso tras la votación de la moción de censura en junio de 2018.
Saludo entre Pedro Sánchez y Mariano Rajoy en el Congreso tras la votación de la moción de censura en junio de 2018.uly martín

La moción de censura constructiva, que combina exigencia de responsabilidad e investidura, se incluyó en nuestra Constitución imitando el modelo de la alemana de posguerra, obsesionada con la estabilidad. Tras el 1 de junio pasado, en que triunfó por primera vez una moción de censura conforme a las reglas de la Constitución, se puede valorar si este instrumento ha cumplido las expectativas de los constituyentes y se ha comportado eficientemente en la protección del modelo parlamentario.

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La primera consecuencia de esta experiencia ha sido que el sistema político no se ha comportado de una forma estable. La mayoría de aluvión que concurrió en apoyo de la censura no se institucionalizó con posterioridad para facilitar un desarrollo tranquilo de la función de gobierno y una acción parlamentaria positiva. El nuevo Gobierno no ha podido impulsar una agenda legislativa propia. Las leyes aprobadas, con la excepción de la que regula los vehículos de transporte concertado (VTC), iniciaron su tramitación con el Gobierno anterior. Se da la paradoja de que la mayoría que generó una nueva situación gubernamental hizo irrealizable un nuevo programa de gobierno. Desde el paradigma de la estabilidad, la situación comprometida del Ejecutivo Rajoy no mejoró con el de Sánchez, incapaz de gobernar con apoyos suficientes.

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La segunda consecuencia es que, ante la imposibilidad de crear un relato legislativo propio, usando métodos parlamentarios convencionales, el Gobierno ha abusado con descaro del decreto-ley, para cuya ratificación por el Congreso solo requería una negociación. La tercera, que la escasez de votos en la mayoría obligó a prescindir de un elemento tradicional del gobierno parlamentario. Los ministros que simultaneaban su cargo con el de diputado o senador renunciaron a sus escaños, alumbrando un Ejecutivo desvinculado orgánicamente de la disciplina de las Cámaras.

Si la única finalidad de la moción fuese la de cesar al Gobierno, la mayoría que la apoyase no sería cualitativamente la misma necesaria para la investidura de otro presidente. Dos mayorías diferentes para dos cometidos constitucionales sustancialmente distintos, con el beneficio añadido de que si la investidura fracasase se convocarían nuevas elecciones. En cambio, con el triunfo de la censura constructiva se formó un Gobierno débil y se confirió al presidente la capacidad para decidir en qué momento consultar al cuerpo electoral.

Nuestra experiencia ha mostrado que la censura constructiva crea Gobiernos inestables, sin mayoría suficiente, que de forma agónica dirigen el país hasta que convierten en inevitable la convocatoria de elecciones generales.

José María Morales Arroyo es catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad de Sevilla.

Este artículo ha sido elaborado por Agenda Pública para EL PAÍS

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