Cristianos, paganos y pactos fiscales
Sobre el nuevo director de la Agencia Tributaria recae la responsabilidad de aprobar el preacuerdo tributario de Ronaldo para evitar prisión
Gran inquietud reina en el entorno jurídico-fiscal de Cristiano Ronaldo, ese jugador para el que cualquier culto y adoración hacia su persona, por extremo y obsecuente que sea, resulta siempre escaso. La secuencia de los hechos es la siguiente: Hacienda acusa a Cristiano Ronaldo de fraude tributario por importe de 14,7 millones de euros; la fiscalía tramita la acusación; los abogados del jugador forcejean ofreciendo un acuerdo a Hacienda con el fin de evitar la cárcel a su representado; en última instancia, consiguen un preacuerdo con la Abogacía del Estado (defensora de los intereses de la parte perjudicada, que es Hacienda) consistente, en resumen, en el pago de 18 millones y una pena inferior a dos años de cárcel, de forma que la star lusa no visite las mazmorras. Pero entonces la fatalidad política interfiere en el zurcido legal cosido con tanto esfuerzo. Al cambiar el Gobierno, cambia el director de la Agencia Tributaria; y es el nuevo director (el viernes fue nombrado Jesús Gascón) quien decidirá si acepta el preacuerdo o la situación vuelve a su posición inicial. ¿Aprobará el nuevo responsable de la Agencia el preacuerdo con la Abogacía? El destino fiscal de Cristiano pende de ese hilo.
Y ya que de sanción y restituciones tributarias hablamos, hay un misterio en el citado preacuerdo. El expediente fiscal imputa al jugador una deuda de 14,7 millones. Si el preacuerdo o pacto de conformidad impone un pago de 18 millones, como se supone, tal cantidad implicaría, restando intereses y sanciones, que se reconoce o se acepta una deuda del jugador equivalente a unos 5,7 millones. ¿Cómo, en virtud de que mejunje, descuento o elucubración fiscal se puede reducir una deuda de 14,7 millones a otra de 5,7 millones? La pócima para conseguir tal merma debería estar ya en las farmacias. Porque los 14,7 millones calculados por Hacienda no son una cantidad aleatoria ni medida por cuartas; antes bien, procede de un expediente fiscal, revisado y aprobado por la Unidad Central de Coordinación en Materia de Delitos contra la Hacienda pública, está confirmada por el delegado central de Grandes Contribuyentes y enviada a la fiscalía una vez que está comprobado de forma exhaustiva que lo reclamado corresponde a hechos ciertos y las cantidades se han contrastado una y otra vez.
Si se aceptan los 18 millones, ello equivaldría a una refutación poco corriente del trabajo de la Inspección Tributaria. Una rebaja así pediría a gritos una explicación detallada de quien patrocine el pacto, supuestamente elaborado a partir de las penas solicitadas por la fiscalía. Porque si no media explicación habría motivos para sospechar que en España hay cristianos y hay paganos.
De pasada, parece oportuno indicar, en beneficio del debate en lugares públicos (cafeterías, barras de bar) o en concentraciones familiares, que hay diferencias entre el fraude imputado a Cristiano y el atribuido y sentenciado en el caso Messi. El jugador de Portugal se acogió a la ley Beckham, tributó al 24% y solo por el 20% de sus ingresos publicitarios, los correspondientes a lo que supuestamente obtuvo en España; Messi tributó en todo momento al marginal máximo y por la totalidad de sus rentas mundiales. Aunque desde lejos parezca lo mismo, no es igual.
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