Prohibido regalar animales de compañía como premio o gratificación
Este jueves entra en vigor en España el convenio europeo sobre protección de animales de compañía
Desde este jueves, cortar orejas y rabos, extirpar uñas y dientes, seccionar las cuerdas vocales y regalar animales como premios o gratificaciones está prohibido en España, tras la entrada en vigor del convenio europeo sobre protección de animales de compañía. La ratificación de este acuerdo se solicitó por primera vez en 2007, bajo el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero. El pasado marzo, finalmente, el Congreso dio luz verde a una norma que prohíbe la amputación de las colas de perros por razones meramente estéticas o por una presunta mayor eficacia para cazar. Llega con varias décadas de retraso, pues Estrasburgo aprobó el convenio en 1987.
La Asociación Nacional de Defensa de los Animales ha celebrado que, "tras diez años de espera", España haya ratificado por fin el convenio que supondrá por primera vez que se apliquen unos "mínimos criterios uniformes" y "comunes" en todo el país para proteger a los animales de compañía. Igualmente, señala que ahora las comunidades autónomas deberán comprobar su legislación para asegurarse de que cumpla con estos parámetros y adaptarla allí donde sea necesario. "Las legislaciones autonómicas son diversas e incluyen niveles y garantías diferentes, por lo que era muy necesario encontrar una fórmula que permitiese establecer unos criterios" comunes, ha afirmado el portavoz de esta asociación, Alberto Díez.
Con la entrada en vigor del convenio europeo, España se compromete a fomentar los programas de información para promover la tenencia, cría, adiestramiento, comercio y custodia de animales de compañía, la conciencia y el conocimiento de este acuerdo. En particular, España deberá prestar atención a que el adiestramiento se haga por personas dotadas de conocimientos idóneos y tendrá que establecer medidas para desalentar el regalo de animales de compañía a menores de 16 años sin consentimiento expreso de sus padres, así como evitar el regalo de animales de compañía a modo de premio, recompensa o gratificación.
El convenio regula también distintos aspectos como el mantenimiento, custodia, bienestar, comercio y cría de animales de compañía con fines comerciales o su uso en publicidad, espectáculos, muestras o concursos, entre otras cuestiones.
El texto establece la prohibición de las intervenciones quirúrgicas sin fines médicos. Estas solo podrán realizarse en caso de que un veterinario certificado lo autorice al considerarlo beneficioso para el animal o si tienen como objetivo impedir la reproducción. Además, en caso de una operación en la que el animal pueda sufrir dolor, esta deberá efectuarse con anestesia administrada por un veterinario. Las que no requieran anestesia podrán ser realizadas por una persona competente, de acuerdo con la legislación nacional.
A la hora de los sacrificios, el convenio expone que un animal de compañía solo podrá ser sacrificado por un veterinario o persona competente, excepto para poner fin al sufrimiento del animal en casos de urgencia en los que no pueda obtenerse rápidamente la asistencia de un profesional. Entonces, el sacrificio deberá acometerse con el menor sufrimiento físico y psíquico posible y con la aplicación de una anestesia general profunda seguida de un procedimiento que cause la muerte de manera cierta. El texto prohíbe como método de sacrificio el ahogamiento u otras formas de asfixia, el uso de venenos o drogas y la electrocución, a menos que vaya precedida de pérdida inmediata de conocimiento.
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