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Editorial
Es responsabilidad del director, y expresa la opinión del diario sobre asuntos de actualidad nacional o internacional

Fraude en metálico

Limitar el pago en dinero a 1.000 euros es útil contra el fraude, pero no decisivo

Cristóbal Montoro, ministro de Hacienda
Cristóbal Montoro, ministro de HaciendaULY MARTIN

Casi con seguridad, la disposición que limitará los pagos en metálico a un máximo de 1.000 euros será la más eficaz de cuantas se incluyen en el plan de lucha contra el fraude fiscal de la Agencia Tributaria. La decisión es correcta. Limita de forma natural la generación de dinero negro en las operaciones entre empresas, en cuanto que el pago distinto del metálico parece más difícil de ocultar y abre paso a un control más efectivo de las rentas susceptibles de ser gravadas. Desde esta perspectiva, sería recomendable reducir poco a poco la cuantía de las operaciones con dinero, hasta ciertos límites que el Banco de España y el Ministerio de Economía deberían determinar; siempre con el convencimiento de que no es fácil eliminar del todo el metálico.

La limitación del metálico no es la solución definitiva contra el fraude fiscal; pero lo dificulta de forma inmediata y eficaz en determinados casos. En contra de lo que parece, la limitación del pago en metálico es más útil para contener el fraude en operaciones entre empresas que entre, por ejemplo, particulares y autónomos. Fijar un tope de 1.000 euros significa obstaculizar en gran medida el blanqueo de capitales, controlar mejor las operaciones entre compañías que incluyen pagos en dinero y cerrar el paso a las tramas de facturas falsas, porque obliga en todos los casos a una multiplicación de documentos que puede rastrearse. El hecho de dividir las cifras para respetar las cantidades máximas implica ya una tarea añadida al hecho de defraudar y, además, la fragmentación de facturas es en sí misma un indicio que Hacienda puede investigar.

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Restringir los pagos en metálico tiene además otra ventaja que facilita la inspección fiscal. Los pagos en cheque, transferencia o tarjeta dejan rastros en las oficinas bancarias; y los extractos sirven como contabilidad auxiliar de la empresa o el particular. De ahí que la limitación debe defenderse como una medida parcial para combatir el fraude, aunque lógicamente no resuelva la totalidad del problema.

En el caso de las obras pequeñas, generalmente de carácter doméstico, en el que el operario pregunta ¿con IVA o sin IVA?, la eficacia es más limitada; sencillamente se trata de operaciones que no están registradas y, por tanto, de las que no hay constancia en un primer momento. No obstante, son pequeños fraudes fáciles de investigar porque los ingresos requieren algún tipo de factura. La Agencia Tributaria no ha actuado con la debida eficacia en este tipo de fraudes de pequeña cuantía porque no dispone de recursos técnicos y humanos para aumentar el número de inspecciones.

El grueso del fraude está en la ocultación (dentro y fuera de España) de las rentas. Las bases imponibles ocultas se aproximan a los 250.000 millones; para aflorarlas anualmente de forma significativa hay que aumentar el número de funcionarios que se ocupan de la investigación del dinero negro y de la tramitación de los expedientes de inspección o delito. Pero hacerlo cuesta dinero al Estado. Y, aunque sea una inversión rentable a medio plazo, choca con la política de austeridad administrativa.

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