_
_
_
_
Editorial
Es responsabilidad del director, y expresa la opinión del diario sobre asuntos de actualidad nacional o internacional

Derecho al olvido

La sentencia que obliga a borrar ciertos enlaces dirime un conflicto de acceso a la información

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha emitido un fallo que cambia las reglas del juego sobre la privacidad en Internet y el papel de los motores de búsqueda como Google o Yahoo. En una sentencia de enorme trascendencia, ha establecido que “en determinadas condiciones” los buscadores estarán obligados a atender las solicitudes de particulares para eliminar los enlaces a informaciones que les perjudican. La sentencia no solo consagra el derecho al olvido en Internet, sino que dirime una vieja controversia sobre quién es responsable del acceso a una determinada información y, por tanto, quién debe satisfacer ese derecho cuando legítimamente se invoque.

Hasta ahora Google y otros buscadores habían argumentado que se limitaban a indexar páginas web de acceso público y que, por tanto, no eran responsables de sus contenidos. Sostenían que eran los propietarios de las webs —los periódicos, las bases de datos— quienes debían eliminar las informaciones problemáticas. Pero los medios argumentaban que los archivos de prensa son intocables, y que hacerlo sería falsear la historia. Más allá de la obligación de los medios de corregir las informaciones erróneas, parece claro que el origen del problema reside en la forma indiscriminada con la que los motores de búsqueda las hacen fácilmente accesibles.

La Agencia Española de Protección de Datos ha apoyado esta posición y ha dirigido sus demandas contra los buscadores. La dificultad de la cuestión llevó a la Audiencia Nacional a solicitar el pronunciamiento del Tribunal de Luxemburgo. Para el alto tribunal, los buscadores no son responsables de los contenidos, pero sí de la lista de enlaces que aparecen cuando se teclea el nombre de una persona.

La sentencia plantea grandes dificultades de aplicación. En cualquier caso, lo relevante es que a partir de ahora quienes se consideren perjudicados podrán dirigirse al motor de búsqueda para que elimine el enlace, y que este nuevo escenario puede propiciar un alud de demandas muy oneroso para los buscadores. Pero como las herramientas de Internet son cada vez más poderosas y omnipresentes, hace faltaarbitrar un sistema eficaz que permita ejercer el derecho al olvido. No parece lógico que en una sociedad democrática, donde hasta los antecedentes penales pueden cancelarse pasado un tiempo, Internet sea para algunas personas una condena a perpetuidad.

Tu suscripción se está usando en otro dispositivo

¿Quieres añadir otro usuario a tu suscripción?

Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.

¿Por qué estás viendo esto?

Flecha

Tu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PAÍS desde un dispositivo a la vez.

Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás añadir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PAÍS.

En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contraseña aquí.

Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.

Archivado En

Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
_
_