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El pulso contra la fortuna de los oligarcas se libra en los despachos de abogados (y es un combate lleno de minas legales)

La complejidad de las sanciones hace que los bancos y otros operadores del mercado deban contar con asesoramiento para luchar contra el blanqueo

Un manifestante sostiene una pancarta pidiendo sanciones a los oligarcas rusos.
Un manifestante sostiene una pancarta pidiendo sanciones a los oligarcas rusos.CONTACTO (Europa Press)

La guerra en Ucrania tras la invasión de Rusia ha movilizado inmediatamente a la comunidad internacional. La presión se ha traducido en una implacable cruzada económica, liderada por Estados Unidos y la Unión Europa (UE), para cortar el grifo de la ofensiva militar de Vladímir Putin. Graves sanciones financieras que se acumulan a las impuestas por los Veintisiete en 2014 debido a la anexión de Crimea e incluyen el bloqueo de las fortunas en el extranjero de un grupo de oligarcas vinculados al Kremlin. En conjunto, estos activos alcanzaron en 2015 casi el 110% de la renta nacional rusa, según el artículo From soviets to oligarchs: Inequality and property in Rusia, 1905–2016 (”de los soviets a los oligarcas: desigualdad y propiedad en Rusia”), de los investigadores Filip Novokmet, Thomas Piketty y Gabriel Zucman.

La correcta aplicación de estas restricciones es crucial para conseguir el objetivo. En España, la responsabilidad recae principalmente en aquellos señalados por la Ley 10/2010, de 28 de abril, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo. Esto es, bancos y otras entidades financieras, pero también, agencias inmobiliarias, despachos de abogados, auditores, notarios y registradores, entre otros. Todos ellos deben paralizar cualquier operación de personas o empresas incluidas en las listas negras, así como identificar sus bienes, y comunicárselo al Tesoro. Sin embargo, no es una tarea sencilla.

En muchos casos, los bienes de los magnates sancionados no están a su nombre ni escriturados bajo empresas rusas, sino con sociedades registradas en paraísos fiscales. Fortunas ocultas con las que tienen que lidiar registradores y notarios. Como cuenta el vicedecano del Colegio de Registradores, José Miguel Tabarés, hay abierta una primera fase de investigación, coordinada por el Centro Registral Antiblanqueo, “para bloquear su patrimonio”. También se sigue la pista de las empresas de las que son titulares reales “por tener el control de hecho de la sociedad”. Ya ha habido coincidencias, asegura.

Estas actuaciones, advierte Mariano García, jefe de la unidad de análisis del Órgano Centralizado de Prevención del Blanqueo de Capitales del Notariado, son independientes de las habituales cautelas antiblanqueo. Y es que las personas o empresas incluidas en los listados de sanciones de la UE o la ONU tienen prohibido firmar cualquier operación ante notario. Por eso, es necesaria la actualización diaria de estas fuentes y “cruzar datos con los clientes, los nuevos y los anteriores”, afirma. Según augura, puede que aumente el diseño de “estructuras jurídicas complejas” que oculten al propietario final para sortear las restricciones.

Dado que las operaciones precisan financiación, son los bancos quienes ostentan mayor control en el entramado de sanciones a Rusia y Bielorrusia. La UE ha prohibido aceptar depósitos de nacionales o residentes rusos o bielorrusos superiores a 100.000 euros, salvo para comercio legal y necesidades básicas. Además, deben bloquear pagos de los llamados bienes de doble uso, es decir, aquellos que pueden destinarse tanto a fines civiles como militares, recogidos en un reglamento comunitario actualizado tras la invasión de Ucrania. Es un tema bastante desconocido, advierte Edo Bakker, consejero delegado de Agile Control Solutions, “que afecta a las exportaciones de empresas españolas”. Para enviar determinados vehículos, por ejemplo, hay que contar con licencia del Tesoro Público.

La complejidad de las sanciones y la continua actualización de listados hace que los bancos necesiten de apoyo logístico y asesoramiento jurídico. Como apunta Bakker, “tienen una responsabilidad extra, también penal”. No en vano, el Servicio de Prevención del Blanqueo de Capitales (Sepblac) ha avisado de multas por vulneración de estas restricciones. En estas circunstancias, explica el experto, aumenta la diligencia con la documentación. Las entidades podrían, incluso, “bloquear temporalmente algunas transacciones para revisarlas manualmente”. El baile de una sola letra en el nombre puede burlar el filtrado automático.

En este escenario, hay compañías que han decidido cerrar negocios con Rusia. En todo caso, cualquier empresa que participe en el comercio internacional, apunta Pedro Fernández-Villamea, coordinador de Legal & Compliance de Gees-Spain, “debe acreditarse con la ISO 37001, el certificado internacional antisoborno, junto con la UNE 19601″. Estas certificaciones, agrega, “se convierten en estratégicas tanto por la apertura a posibles licitaciones, como por la reputación de la firma”. Todo ello, resume, debe ir en consonancia con los criterios marcados por las recomendaciones GAFI (Grupo de Acción Financiera Internacional), “que orientan la actuación diaria en la erradicación del blanqueo de capitales”.

Dinero de dudoso origen

Otra preocupación es la circulación de dinero de dudoso origen. Según fuentes consultadas, algunos operadores ya ponían bajo la lupa a clientes de Rusia o Bielorrusia por considerarlos de riesgo superior al promedio. Sin embargo, subraya Mariano García, “estos países no son considerados paraísos fiscales ni están en la lista negra de GAFI o la UE”. Pero la luz roja no solo se enciende cuando el dinero proviene de estos territorios. También, por ejemplo, cuando un anciano jubilado representa a una sociedad en una operación mercantil. Todos los responsables deben levantar la mano si observan indicios sospechosos. “Si no lo hacen, podrían incurrir en responsabilidad”, explica Tabarés. Incluso penal.

El blanqueo de capitales es, en sí mismo, un delito con el que se pretende borrar el rastro del origen ilícito de una cantidad de dinero o cualquier activo mediante inversiones, compras, etcétera. La clave, subraya Eduardo de Urbano, magistrado en excedencia y consejero jurídico de Kepler-Karst en Derecho Penal Económico, “es poder probar suficientemente que la introducción en el mercado legal de esos fondos deriva de delitos concretos”. No bastan, explica, meras sospechas o dudas y perseguirlo es difícil, “porque, por definición, es una actividad no transparente”.

Criptomonedas, una vía de escape

Con el rublo en mínimos, el bitcoin acapara la atención de los inversores rusos. Las criptomonedas pueden ser una baza para eludir las restricciones impuestas por los bancos internacionales para la circulación de capitales con Rusia. De hecho, según adelantaba el rotativo financiero Les Echos, algunos magnates ya han transferido dinero a plataformas de intercambio de divisas digitales. Como analiza Juan E. Tordesillas, socio del área de Compliance en Ecija, esta operativa, pese a tener una regulación creciente y mayor supervisión a nivel comunitario, como la quinta directiva antiblanqueo o el futuro Reglamento MiCA, “facilita la transferencia internacional de activos financieros con dificultades de control”. 


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