Bruselas planea asumir poderes especiales para intervenir en el mercado ante situaciones de emergencia
La Comisión Europea quiere poder fijar reservas estratégicas de algunos bienes y, en caso necesario, ordenar incluso la producción acelerada de productos clave si estos escasean
La pandemia de coronavirus puso de relieve una de las fragilidades del sistema económico y productivo europeo: su gran dependencia de las cadenas de suministro que, con serias interrupciones desde hace meses, han dificultado el aprovisionamiento de múltiples productos y ralentizado la producción continental de muchos otros. La guerra de Ucrania ha demostrado que la crisis sanitaria no era, necesariamente, un caso único y Bruselas no quiere que otro eventual (y casi seguro) nuevo imprevisto vuelva a tensar la economía y el mercado internos. De ahí que la Comisión Europea busque unos poderes especiales que le permitan, en ocasiones extraordinarias, no solo imponer reservas estratégicas de bienes esenciales, sino, en caso de urgencia total, poder incluso obligar a algunas industrias a acelerar sus entregas o aumentar su producción.
El borrador del reglamento de la Comisión, cuya versión definitiva debería presentarse a mediados de mes y que después también deben aprobar tanto el Parlamento como el Consejo de la UE y que según fuentes comunitarias será presentado en torno al 13 de septiembre, busca garantizar una “estructura de gobierno fuerte y ágil” y proporcionar las “herramientas” necesarias para “garantizar el funcionamiento fluido del Mercado Único en cualquier tipo de crisis futura”. Todo ello con la vista puesta en dos problemas diferentes pero relacionados: potenciales obstáculos a la libre circulación de bienes, servicios y personas en tiempos de crisis, así como a una escasez de bienes y/o servicios relevantes ante la crisis que se presente. Se trata, insisten los autores del proyecto de reglamento, adelantado por el Frankfuter Allgemeine Zeitung y al que ha tenido acceso EL PAÍS, de poder adelantarse a potenciales crisis y actuar con tiempo ante ellas.
El documento prevé dos niveles de gravedad de una crisis, con atribuciones para la Comisión Europea (y los permisos necesarios correspondientes de los Estados miembros) diferentes. En el nivel más bajo, el de “modo de vigilancia”, se trata de que el Ejecutivo de la UE pueda llegar a instar a la creación de “reservas estratégicas” de los bienes de importancia estratégica identificados como vulnerables por una crisis determinada. Si la gravedad de esta aumenta, puede pasarse a un segundo nivel y declararse el “modo de emergencia del mercado único”, durante el cual la Comisión recibiría poderes especiales para garantizar los productos estratégicos vulnerables. Ello puede ir desde medidas para “acelerar la ubicación de productos en el mercado”, a ordenar que se prioricen los pedidos para la UE o, incluso, adoptar medidas para “incrementar la capacidad de producción de las manufactureras”. Los autores son claros: estas medidas solo afectarían a productos o áreas para las que no existan ya mecanismos específicos, como sucede en materia de semiconductores (con el denominado Chips Act), productos y máquinas médicas o en cuestión de seguridad alimentaria.
En cualquier caso o nivel, no se trata de que la Comisión Europea pueda actuar por su cuenta. Cuando se alerta de una disrupción del mercado, señala el borrador, se trataría de convocar una reunión de un “grupo asesor” que debe discutir la gravedad del problema y decidir si es “apropiado, necesario y proporcionado” aconsejar a la Comisión que lance el “modo de vigilancia”. Si lo hace, tiene que pedirle a la par a los Estados miembros que vigilen las cadenas de suministro de bienes y servicios de importancia estratégica detectados como vulnerables y que, llegado el caso, “consideren el aumento de las reservas estratégicas” de dichos productos.
Si se considera necesario pasar al segundo nivel, el de “emergencia”, que da poderes extraordinarios a la Comisión, esto tendrá que ser “activado de manera excepcional” mediante el Consejo, que dará su visto bueno a los pasos que haya propuesto el órgano ejecutivo de la UE para afrontar la crisis que se presente. El modo de emergencia no puede prolongarse más de seis meses. El borrador subraya también que los instrumentos que se valoran no tienen por qué ser activados todos a la vez, sino que de lo que se trata es de disponer de un kit de herramientas para poder elegir la más adecuada en cada situación.
En cualquier caso, insiste el documento, se busca poder actuar ante un acontecimiento “excepcional, inesperado y súbito de naturaleza, escala e impacto extraordinarios” para el funcionamiento del mercado único que pueda tener lugar tanto en el seno de la UE como en mercados exteriores. Además, no se aplicaría en ningún caso para afrontar “perturbaciones económicas causadas por procesos puramente impulsados por el mercado”.
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