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Los solicitantes de asilo y víctimas de trata podrán acceder al ingreso mínimo

El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, anuncia su aprobación la semana que viene

El Ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá, durante su intervención en el pleno de control al Gobierno.
El Ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá, durante su intervención en el pleno de control al Gobierno.Ricardo Rubio (Europa Press)

El Ministerio de Seguridad Social ya tiene prácticamente listo el ingreso mínimo vital, que garantizará a sus beneficiarios entre 462 euros y 1.015 euros al mes, según sea la situación familiar. En él se recogen los requisitos para tener acceso a la ayuda, que serán sobre todo familias en situación de vulnerabilidad. También podrá llegar a adultos que vivan solos y tengan entre 21 años y menos de 65 y, además, a las víctimas de trata y solicitantes de asilo, según un borrador del decreto fechado esta misma semana a la que ha tenido acceso este diario.

El Gobierno tiene previsto la semana que viene poner en pie una de sus promesas estrella: el ingreso mínimo vital, anunció ayer el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez. “Será una medida histórica para que nadie se quede atrás, una prestación habitual, permanente, que ya existe en otros países de Europa”, justificó. El coste serán 3.000 millones de euros, llegará a unos 850.000 hogares y la gestionará la Seguridad Social, aunque este dinero no saldrá de cotizaciones. “La financiación del ingreso mínimo vital será a cargo del Estado mediante la correspondiente transferencia a los presupuestos de la Seguridad Social”, especifica el borrador. De su contenido, el Ministerio que dirige José Luis Escrivá advierte que no es definitivo y puede cambiar.

Estos son algunos de los detalles:

Cuantía y umbrales. El ingreso mínimo lo que hará será garantizar una renta mínima a los hogares que no lleguen a unos umbrales mínimos. El mínimo serán 462 euros para los adultos que vivan solos, es decir, si un adulto ingresa 100 euros por otra vía, la Seguridad Social completará esa cantidad hasta llegar a ese umbral garantizado. El nivel crece con el número de miembros de la familia y tiene un complemento de 100 euros si hay niños y un solo progenitor, es decir, es monoparental. Así hasta llegar al máximo: 1.015 euros.

Beneficiarios. La ayuda está pensada para familias, que oficialmente se llaman “unidad de convivencia”, no para personas. No obstante, sí que hay titulares del ingreso y beneficiarios. El titular deberá ser mayor de edad y menor de 65 años si el hogar está compuesto por más de una persona. Cuando solo lo compone una persona, esta deberá tener 21 años o más.

Podrán percibir el ingreso los españoles y los inmigrantes con permiso de residencia que lleven en España un año al menos. También podrán percibirlo las víctimas de trata y las de malos tratos, así como los solicitantes de asilo. En este último caso, señala el borrador deberá concretarse el derecho en un reglamento.

Medición de renta y patrimonio. Para medir los ingresos del hogar y determinar si el solicitante tiene derecho a la ayuda, se tomarán las declaraciones ante Hacienda (será un requisito obligatorio) del año anterior. Este punto es uno de los detalles que todavía no son definitivos y más puede cambiar, apuntan en Seguridad Social y otras fuentes conocedoras del diseño del ingreso mínimo. “Estamos tratando de acercar este criterio lo más posible al presente”, señalan en el departamento de Escrivá. ¿Por qué? Al tomar la referencia del año anterior, en una situación extraordinaria como la actual crisis provocada por la covid-19 con una caída repentina y sobrevenida de ingresos puede haber un grupo de potenciales beneficiarios que no pueda acceder a la ayuda en el corto plazo. A la hora de medir la renta, dice el borrador que se tendrán en cuenta los rendimientos netos. En ella no se tendrán en cuenta las becas y ayudas a vivienda. Tampoco las rentas sociales autonómicas.

Sobre el patrimonio, el texto deja claro que queda excluida la vivienda habitual de su cómputo y pone un umbral máximo: seis veces la renta anual que garantiza el ingreso mínimo. Es decir, si el beneficiario está en el mínimo, 462 euros, hay que multiplicar esa cantidad por 12 mensualidades y después por seis. Resultado: 33.264 euros. Para la familia en máximos, ese umbral serían 73.080 euros. Sí que cuentan otros inmuebles (según el valor de mercado sin son residenciales y según valor catastral si no lo son), el dinero que haya en cuentas corrientes y fondos de pensiones.

Compatibilidad con ayudas autonómicas. Al no computar las rentas autonómicas para medir si el beneficiario tiene derecho al ingreso mínimo, esa ayuda autonómica podrá sumarse al ingreso mínimo.

Gestión autonómica y municipal. El borrador apunta que las comunidades autónomas y ayuntamientos puedan firmar convenios con el instituto previsor para poder iniciar los expedientes. En el caso de las corporaciones locales, el texto deja claro que el Gobierno no va a aportar fondos adicionales para la gestión, como sí hará con la Seguridad Social, pese a que los Federación Española de Municipios lo reclama. En cambio, sí permitirá a los alcaldes que utilicen el dinero que tienen ahorrado (unos 18.000 millones) elevando la regla de gasto.

Infracciones y sanciones. La norma prevé infracciones leves (no proporcionar la documentación), grave (no comunicar cambios en la situación del hogar que dan lugar a la ayuda) o muy grave (“actuar fraudulentamente con el fin de obtener prestaciones indebidas o superiores a las que correspondan”). La sanción va de un simple apercibimiento en el primer caso a la pérdida de la ayuda y el pago de una cuantía equivalente a seis meses.

Puesta en marcha y plazos. Como el mismo presidente del Gobierno ha anunciado, la ayuda podrá pedirse desde el 1 de junio. La Seguridad Social dispondrá de tres meses de plazo para responder. Si transcurre ese plazo sin respuesta, se entenderá por denegada la solicitud.

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