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La CNMV recurre al Supremo para no divulgar por qué multó con un millón de euros al Banco Popular

La Audiencia Nacional ha dado la razón al Consejo de Transparencia, que le dijo al supervisor que debía publicar el expediente sancionador

Elena G. Sevillano
El presidente de la CNMV, Sebastián Albella, tras intervenir en el VII Foro del Consejero.
El presidente de la CNMV, Sebastián Albella, tras intervenir en el VII Foro del Consejero.KPMG (Europa Press)

La batalla entre el Consejo de Transparencia y la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) se librará en el Tribunal Supremo. La CNMV ha presentado un recurso de casación para no tener que divulgar el expediente sancionador que acabó con una multa de un millón de euros al Banco Popular. El organismo ha tomado esta decisión tras sufrir un revés en la Audiencia Nacional, que desestimó su recurso el pasado 25 de junio. La CNMV argumenta que toda la información contenida en sus expedientes es confidencial. Transparencia asegura que no.

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La CNMV divulga en su página web y en el Boletín Oficial del Estado (BOE) las sanciones por infracciones graves y muy graves que impone a empresas y particulares. En agosto de 2016, el BOE publicó una multa de un millón de euros al Banco Popular por “la comercialización a clientes de determinados productos financieros, entre enero de 2009 y noviembre de 2011”. Un ciudadano, amparándose en la Ley de Transparencia, solicitó a la CNMV una copia del expediente sancionador completo en noviembre de 2016.

La CNMV ni le contestó, lo que equivale a una negativa. El ciudadano recurrió entonces al Consejo de Transparencia y Buen Gobierno (CTBG) y este le dio la razón: el supervisor tenía que entregarle el expediente eliminando de él la información sujeta a confidencialidad. Transparencia consideró también que, una vez hecha pública la sanción, no se perjudicaba la función de inspección y control del organismo.

La CNMV, disconforme con el criterio de Transparencia —organismo público independiente, aunque orgánicamente dependiente del Ministerio de Política Territorial—, acudió a los tribunales alegando que todas sus actuaciones inspectoras tienen carácter reservado y están amparadas por el deber de secreto. En primera instancia, el magistrado estimó parcialmente su recurso sin entrar al fondo de la cuestión: ordenó devolver el procedimiento al dar audiencia al Popular para que hiciera alegaciones. La CNMV recurrió a la Audiencia Nacional, que ahora sí entra al fondo. Desestima el recurso y le dice a la CNMV que debe “dar audiencia a los interesados y luego pronunciarse sobre qué información considera confidencial”, básicamente lo que dictaminó Transparencia.

Una portavoz de la CNMV señaló que ante lo que considera “dos normas contradictorias” —la Ley de Transparencia y la Ley del Mercado de Valores— quiere que “el Supremo se pronuncie”.

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Sobre la firma

Elena G. Sevillano
Es corresponsal de EL PAÍS en Alemania. Antes se ocupó de la información judicial y económica y formó parte del equipo de Investigación. Como especialista en sanidad, siguió la crisis del coronavirus y coescribió el libro Estado de Alarma (Península, 2020). Es licenciada en Traducción y en Periodismo por la UPF y máster de Periodismo UAM/El País.

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