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¿Qué se puede y qué no se puede llevar en el equipaje en un avión?

EE UU prohibirá ordenadores y tabletas en cabina para vuelos procedentes de ocho países. ¿Qué dice la norma general?

Aviones de Emirates en el aeropuerto de Dubai. En vídeo, siete cosas que no puedes subir a un avión.Foto: reuters_live | Vídeo: KAMRAN JEBREILI (AP) / QUALITY
Javier Salvatierra

La administración de Donald Trump ha decidido prohibir a los pasajeros que vuelen a EE UU desde 10 aeropuertos de ocho países que lleven en la cabina dispositivos electrónicos grandes (tabletas u ordenadores), según adelantó ayer el diario Financial Times. La medida afecta a varias aerolíneas de ocho países de Oriente Próximo y norte de África, como Egipto, Jordania, Arabia Saudí y Emiratos Árabes y solo para los vuelos con destino EE UU, no para los que salgan del país hacia esos destinos. Según la nueva normativa, que parte de la Agencia de Seguridad Nacional y que entraría hoy en vigor, los que lleven estos aparatos tendrán que facturarlos para que viajen en la bodega del avión.

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A la espera de que el Gobierno estadounidense concrete el alcance de la medida, las normas internacionales sobre seguridad aérea no prohíben llevar este tipo de aparatos en la cabina del avión. De hecho, la Agencia Europea de Seguridad Aérea, desde septiembre de 2014, permite su uso durante el vuelo e incluso la conexión a internet si la aerolínea ofrece wifi. Deja a las aerolíneas la potestad de permitir el uso del aparato “independientemente de que esté transmitiendo o no, por ejemplo, en modo avión o no”. Para ello, las aerolíneas han de pasar por un “proceso de evaluación para asegurarse de que el avión no se vea afectado de ninguna manera por la transmisión de señales desde el dispositivo electrónico”.

EE UU aún no ha detallado los motivos de la medida, aunque un funcionario ha declarado a ala agencia Reuters que la norma tiene que ver con una evaluación de los servicios de inteligencia y que es "adecuada" desde el punto de vista de la seguridad. Sin conocer estos detalles, José Manuel Sanjurjo, académico de la Real Academia de Ingeniería y experto en ciberseguridad, opina que la prohibición de estos dispositivos grandes puede tener que ver con alguna información de inteligencia concreta. Este experto opina que estos dispositivos grandes podrían llegar a tener potencia suficiente para generar un “ruido electrónico” que pudiera interferir en los sistemas del avión –un móvil no tendría esa potencia-. Igualmente, ve "factible, en teoría", aunque altamente improbable, que desde un ordenador en el interior del aparato alguien pudiese hackear los sistemas informáticos del avión y hacerse con su control o introducir un virus. En cualquiera de los dos casos, debería tratarse de un dispositivo “de gran potencia” y estima que un ordenador portátil normal no tendría suficiente. Además, sostiene que los sistemas informáticos de un avión están muy protegidos y que tendría que tratarse de un ataque “muy sofisticado” al alcance de muy pocos.

En su opinión y sin conocer los detalles, el hecho de que la medida solo se aplicase para los vuelos con destino a EE UU tendría que ver con que EE UU no tenga suficiente confianza en los dispositivos de seguridad en los aeropuertos de esos países.

Baterías de litio

Las baterías de litio de las que se nutren todos estos dispositivos fueron motivo de controversia el año pasado, cuando la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI) emitió una nota en la que prohibía que los aviones comerciales no podrían transportar ningún “cargamento” de baterías de litio, lo que hizo correr la idea de que no se podrían facturar ni móviles ni ordenadores personales ni tabletas en las bodegas del avión. La Agencia Estatal de Seguridad Aérea Española se vio obligada a aclarar que sí se podría facturar estos objetos y que la prohibición de la OACI se refería a cargamentos, es decir, un número elevado de baterías, aunque no especificaba el número. Por tanto, se puede facturar estos aparatos, pero la agencia Europea de Seguridad aérea explica que han de estar totalmente apagados y protegidos. Las baterías de repuesto deben ser transportadas en el equipaje de mano y protegidas para que no se produzcan cortocircuitos que podrían causar un incendio. En EE UU, se permite facturar el dispositivo con su batería, pero no se puede llevar en la bodega baterías de respuesto, estas tienen que ir en el equipaje de mano.

También en relación con las baterías, en 2014 la Administración de Seguridad en el Transporte de EE UU (TSA) implementó una medida según la cual, podía obligarse al portador de un dispositivo electrónico a encender el aparato y, en caso de que no tuviese batería suficiente para funcionar, serle confiscado.

Más allá de los dispositivos electrónicos, las autoridades estadounidenses y europeas de seguridad aérea cuentan con directrices sobe los objetos que pueden formar parte del equipaje de mano y de bodega.

Con carácter general, se prohíbe llevar en el equipaje de mano cualquier objeto punzante o cortante, lo cual incluye herramientas (sierras, destornilladores, tenazas) y muchos artículos deportivos (palos de hockey, de golf, bates, remos, patines de hielo, etc). También se prohíben las cerillas (no los mecheros, aunque en China, por ejemplo, sí los requisan), aerosoles, extintores, líquidos inflamables, sustancias químicas tóxicas, explosivos y armas de fuego y todo tipo de envases de líquidos (gel, champú, pasta de dientes, colonia…) con capacidad superior a 100 mililitros. Todos estos envases líquidos, además, deben ir dentro de una bolsa transparente con sistema de cierre y con un volumen total no superior a un litro (1.000 mililitros). La normativa sobre líquidos excluye los medicamentos y la comida para bebés o de dietas especiales, pero se recomienda llevar la receta o un justificante.

Aquí se puede leer la lista detallada de objetos que se pueden y no se pueden llevar en el equipaje de mano y de cabina de la TSA. El organismo español que gestiona los aeropuertos, AENA, por su parte, resume la normativa europea sobre equipajes en este folleto informativo.

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