La cerveza 0,0% tampoco tiene alcohol para el fisco
San Miguel se libra de pagar 7,3 millones de impuestos por la fabricación de esta bebida durante 2007 y 2008
San Miguel no tendrá que pagar más impuestos por fabricar la cerveza sin alcohol. La sala de lo contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional dictó una sentencia el pasado dos de marzo en el que da la razón a San Miguel Fábricas de Cerveza y Malta, SA en su disputa con la Agencia Tributaria por el que se libra de pagar 7.303.181 euros.
El desencuentro se remonta a 2010 cuando Hacienda abrió dos inspecciones a la empresa por la fabricación de la cerveza sin alcohol de los años 2007 y 2008. El fisco considera que durante el proceso de fabricación de la cerveza 0,0% se produce una sustancia hidroalcohólica que debería pagar el correspondiente impuesto especial. Por ese motivo instruyó dos actas de disconformidad: una correspondiente al año 2007 por 4.330.529 euros y la otra de 2008 por 3.829.127 euros.
San Miguel recurrió ante la Audiencia Nacional la resolución dictada por el Tribunal Económico Administrativo Central (TEAC) que consideraba que la empresa tenía que pagar. Esgrimía que durante la desalcoholización de la cerveza en las instalaciones que la empresa San Miguel tiene en Málaga y en Burgos se produce la sustancia hidroalcohólica, por la que, a su juicio, debería tributar los correspondientes impuestos especiales, ya que se trata de un líquido con contenido alcohólico.
La sustancia que sobra al fabricar la ‘sin’ se añade a la cerveza normal
La sentencia detalla como es el proceso de fabricación de la 0,0%: "Consiste en extraer, de la cerveza base, dos sustancias: una cerveza con bajo contenido alcohólico (0'003% de alcohol) y otra de mayor contenido alcohólico (inferior al 12%) que para ser comercializada se mezcla con otras cervezas producidas en la misma fábrica". Y ese es precisamente el argumento de la empresa, sostiene que la sustancia producida se mezcla directamente con cerveza, que ya paga impuestos.
Como explica la sentencia, "en el proceso de desalcoholización se obtiene la cerveza sin alcohol y un producto compuesto por agua, alcohol, aromas y extracto que San Miguel considera cerveza". Hacienda, sin embargo, cree que lo que se obtiene es una sustancia desalcoholizada (cerveza sin alcohol) y una mezcla hidroalcohólica —que contiene alcohol en un grado no superior al 12%—, que es lo que cree que debería pagar el impuesto especial.
San Miguel, sin embargo, defiende que el producto que se obtiene no lleva fermentación alguna por lo que la sustancia obtenida no puede ser calificada como cerveza a efectos fiscales.
Otro de los puntos de discusión consistió en determinar el destino de la sustancia hidroalcohólica. Hacienda sostenía que ese producto era usado como "autoconsumo" y por tanto no estaba exento, pero San Miguel alegó que la sustancia no se almacenaba por lo que no puede considerarse como autoconsumo. Además, la empresa argumentó que si tenía que tributar por ese producto y, además, por la cerveza a la que se incorporaba ese producto se produciría una doble imposición.
La Audiencia entiende que para que Hacienda pudiera gravar a la empresa por ese producto debería demostrar "sin género de dudas" que San Miguel obtuvo el alcohol en el proceso de desalcoholización de la cerveza. Pero la Agencia Tributaria reconoce que "de los años 2007 y 2008 no se han tomado muestras de ese producto".
San Miguel explica, además, que debido a la configuración técnica de las plantas de Málaga y Burgos para elaborar cerveza 0,0% no es posible la extracción de alcohol líquido y que no se puede almacenar pues se trata de un proceso continuo, sin interrupción. Es decir, entran por un sistema de tuberías y columnas y salen a través de tuberías visibles a depósitos de almacenamiento.
Por último, la sentencia recuerda que las plantas de Burgos y Málaga fueron adquiridas en 2000 y 2001 y mejoradas en el año 2009 y sin embargo solo se investigan los dos años referidos.
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