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plan de garantía juvenil

Los contratos a jóvenes permitirán ahorrar cuotas del resto de la plantilla

Las bonificaciones sobrantes podrán aplicarse a rebajar otras cotizaciones Los potenciales beneficiarios no tendrán necesidad de apuntarse el paro

Manuel V. Gómez
La ministra de Empleo, Fátima Báñez, tras el Consejo de Ministros.
La ministra de Empleo, Fátima Báñez, tras el Consejo de Ministros.CLAUDIO ÁLVAREZ

Las bonificaciones en las cotizaciones a la Seguridad Social de 1.800 euros al semestre para incentivar la contratación de jóvenes menores de 25 años también podrán aprovecharse para reducir las cuotas del resto de la plantilla en ciertos supuestos. "Cabe por tanto la posibilidad de que la empresa no tenga coste de cotización, e incluso si la aplicación de ambos incentivos comporta un excedente a favor de la empresa, se podrá aplicar para reducir la cotización de otro trabajador", explica el decreto ley publicado este sábado en el Boletín Oficial del Estado.

No es el único caso en el que se permitirá que las ayudas del programa de Garantía Juvenil reduzcan la cotización de miembros que ya están en plantilla. También en el caso de los contratos de formación —los que se firman con los jóvenes sin cualificación— se prevé ampliar los incentivos para que alcance a otros empleados. "Se podrán aplicar para reducir, también, las cotizaciones de otros trabajadores", concreta el decreto.

Los beneficiarios tienen que llevar sin estudiar ni trabajar al menos 30 días

El Consejo de Ministros aprobó el viernes las ayudas que van aparejadas a la Garantía Juvenil para la contratación indefinida de los jóvenes que se inscriban en el nuevo registro que pone en marcha el Ministerio de Empleo este lunes. Para darse de alta en este registro telemático, habrá que tener de 16 a 25 años, no haber trabajado ni haber participado en algún curso de formación los últimos 30 días o no haber estudiado en la enseñanza reglada en 90 días. Una vez inscrito, el Gobierno pretende ofrecer en tres meses un empleo o actividad formativa u orientativa que ayude al joven a insertarse en el mercado laboral.

Para llevar adelante este programa, España recibirá 1.800 millones de euros procedentes de la UE entre 2014 y 2015. Gran parte de este dinero, servirá para abaratar la contratación de jóvenes a través de las bonificaciones. La más sustanciosa de las ayudas es la que comporta la bonificación para jóvenes de 300 euros al mes durante seis meses (1.800 euros en total). Esta ayuda estará vigente hasta el 30 de junio de 2016. Al ser compatible con otros incentivos, como la tarifa plana de cotizaciones 100 euros aprobada en febrero o la bonificación de 1.000 euros al año (87 euros al mes) del contrato de emprendedores de la reforma laboral, puede suceder que a la empresa le sobre dinero. En ese caso, el sobrante podrá destinarse a reducir la cotización de otro trabajador.

Un ejemplo: una empresa o un autónomo contrata a un joven y le paga el salario mínimo (753 euros contados en 12 pagas al año). Tendría que pagar 233,15 euros en cotizaciones a la Seguridad Social (contingencias comunes, desempleo, formación, Fogasa), a lo que habría que sumar lo que se paga por accidentes de trabajo (una cantidad variable según el sector). Si esa empresa se beneficia de la tarifa plana de 100 euros de cotización, la factura se reduce a 144,5 euros. Y si ahora recibe además la ayuda de 300 euros al mes, la empresa dispondrá "de un excedente", que "se podrá aplicar para reducir la cotización de otro trabajador".

Las empresas no serán penalizadas aunque despidan tras seis meses

¿Qué ocurre si la empresa después despide al trabajador? Un requisito a cumplir para las compañías o autónomos que se acojan a la ayuda es que la firma de un contrato indefinido que deberá mantenerse durante los seis meses que reciba la ayuda. No obstante, si pasado ese tiempo rescinde el contrato, no hay penalización ni devolución.

Hay otra exigencia: la contratación del joven participante en la Garantía Juvenil debe suponer un aumento de plantilla para la empresa. Sin embargo, la forma de medir ese incremento no supone un requisito muy difícil de cumplir, puesto que se hace teniendo en cuenta la plantilla media de la empresa en los 30 días antes a la celebración del contrato y tampoco se incumple si luego hay despidos por razones económicas. En general, a las empresas que contratan temporales por más de un semestre o a aquellas en las que rotan trabajadores temporales no les será difícil disfrutar de la bonificación con falsos fijos.

El potencial beneficiario tampoco tendrá por qué estar inscrito en las oficinas públicas de empleo, sino en ese registro especial en el que los jóvenes parados que se apunten no contarán como parados registrados a menos que en paralelo se apunten en las oficinas de empleo. En el pasado, muchas bonificaciones se han ligado a estar apuntado al paro durante un periodo de tiempo. Al no exigirse el requisito en esta ocasión, el Gobierno evita que las cifras de paro registrado de ese segmento de la población aumenten como consecuencia de la iniciativa. Es más, al haber dos registros y ser el de Garantía Juvenil el que abre la puerta a las ayudas y a las propuestas de formación y empleo, en la práctica se puede desincentivar que los jóvenes se apunten a la lista oficial de parados.

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Sobre la firma

Manuel V. Gómez
Es corresponsal en Bruselas. Ha desarrollado casi toda su carrera en la sección de Economía de EL PAÍS, donde se ha encargado entre 2008 y 2021 de seguir el mercado laboral español, el sistema de pensiones y el diálogo social. Licenciado en Historia por la Universitat de València, en 2006 cursó el master de periodismo UAM/EL PAÍS.

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