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El Gobierno bajará al 1,5% la comisión máxima de los fondos de pensiones

También se reduce el cobro de la entidad depositaria del 0,5% al 0,25% El cliente podrá conocer la rentabilidad esperada del seguro de vida en menos de 10 días

Íñigo de Barrón

El Gobierno quiere impulsar el ahorro en planes y fondos de pensiones privados y ha tomado cartas en un tema siempre polémico, que es el cobro de comisiones en España más altas que las medias europeas. Según el proyecto de Real Decreto de fondos y planes de pensiones, que el viernes se discutirá con el sector y los sindicatos, las comisiones se deben reducir un 30%, porcentaje que su sumará a la rentabilidad de los fondos.

En concreto, se reducirá el límite de las comisiones devengadas por las sociedades gestoras de seguros del 2% al 1,5% anual del valor de las cuentas de posición a las que deberán imputarse. Este límite podrá sustituirse por otra comisión variable: el 1% anual del valor de la cuenta de posición más el 10% de la cuenta de resultados.

A las entidades depositarias también se les reduce sus ingresos, que pasarán de un máximo del 0,5% al 0,25%. Estas comisiones vendrán determinadas e individualizadas para cada uno de los planes de pensiones integrados en el fondo de pensiones.

El texto especifica que el límite equivalente resultará aplicable diariamente tanto a cada plan de pensiones integrado como al fondo de pensiones en su conjunto e individualmente a cada partícipe y beneficiario.

El Ejecutivo también especifica que las sociedades depositarias percibirán una comisión de depósito establecida entre la entidad depositaria y la gestora dentro del límite fijado en las normas de funcionamiento del fondo de pensiones.

Entre las novedades que establece el Real Decreto se incluye la regulación de los comparadores de seguros, que se considerará como actividad de mediación de seguros a distancia a través de un sitio web en la que se informe de los precios y coberturas de productos de distintas aseguradoras.

En cuanto al cálculo de la rentabilidad esperada en los seguros de vida, en las que el tomador no asuma el riesgo de inversión y haya que dotar provisión matemática, el Ministerio de Economía ultima introducir una nueva letra que recoja que este mecanismo de cálculo se regule mediante una orden ministerial.

El tomador de seguro podrá solicitar a la entidad aseguradora el detalle del cálculo de la rentabilidad esperada, que deberá ser entregado en un plazo máximo de 10 días. Economía promoverá que la información facilitada debe ser "completa y fácilmente comprensible" para el tomador de seguro, según recoge el borrador.

Además, se habilitará a la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones para que pueda excluir de la obligación del deber particular de información de la rentabilidad esperada de otras operaciones de seguros de vida.

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Sobre la firma

Íñigo de Barrón
Es corresponsal financiero de EL PAÍS y lleva casi dos décadas cubriendo la evolución del sistema bancario y las crisis que lo han transformado. Es autor de El hundimiento de la banca y en su cuenta de Twitter afirma que "saber de economía hace más fuertes a los ciudadanos". Antes trabajó en Expansión, Actualidad Económica, Europa Press y Deia.

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