Tres décadas de reformas laborales
Desde la aprobación del Estatuto de los Trabajadores se han aprobado ocho reformas laborales
El mercado laboral es probablemente el asunto que más ha preocupado a los sucesivos Gobiernos durante las últimas tres décadas. Solo así se explica que desde el principio de la democracia se haya maquillado casi medio centenar de ocasiones. Los sucesivos Gobiernos casi siempre se han encontrado con tasas de desempleo por encima de la media europea -en los últimos 30 años el paro ha crecido por encima del 20% en tres ocasiones- y, por eso, se ha recurrido a diferentes fórmulas para introducir conceptos como flexibilidad, temporalidad, abaratamiento del despido en la legislación laboral española… Muchas de estas reformas se produjeron en periodos de recesión económica y buscaron un abaratamiento del despido. En la mayoría de los casos se aprobaron sin un acuerdo social. Esta semana el ministro de Economía, Luis de Guindos, aseguró en el congreso que el paro es el principal problema de España. El Gobierno presenta hoy la enésima reforma laboral. Pero antes ya se produjeron otros cambios legislativos. Las siguientes son los principales cambios que han afectado al mercado laboral durante los últimos 30 años:
1980. Estatuto de los trabajadores: el origen
El 14 de marzo de 1980, el Boletín Oficial del Estado publicó la primera gran norma laboral: El Estatuto de los Trabajadores. La referencia de todas las modificaciones que se han producido hasta la fecha. La patronal, CEOE, y la Unión General de Trabajadores alcanzaron un acuerdo para apoyar el proyecto de Ley del Gobierno de UCD que establecía un nuevo marco de relaciones laborales y negociación colectiva y dejaba atrás un escenario laboral heredado del franquismo. La norma que contó con el rechazo de CC OO fue intensamente debatida se revisaron 803 enmiendas antes de aprobar la estructura principal de la que se desarrollan los principales derechos y obligaciones de los trabajadores.
1984. Bienvenida a la temporalidad
En octubre de 1984, el Gobierno de Felipe González aprueba con el apoyo de la CEOE y de UGT el Acuerdo Económico y Social, que desarrollaba diferentes aspectos de la negociación colectiva e introducía aspectos novedosos para la época como incentivos fiscales a la inversión, protección a los desempleados, revalorización de pensiones, formación profesional y, sobre todo, traía nuevas modalidades de contratación temporal. Este conjunto de reformas sociales trajo un fenómeno contra el que, posteriormente, todos los Gobiernos han luchado: la flexibilización de la temporalidad. La norma fue aprobada durante una época convulsa en el que el paro se situaba por encima del 20%. El mecanismo de la temporalidad propició dos millones de contratos en los nueve años siguientes pero España logró la tasa de temporalidad más alta de Europa.
1992. El plan de convergencia trae más temporalidad
Este año fue el del escaparate para España. Se mostro orgullosa como organizadora de la Expo de Sevilla y los Juegos Olímpicos de Barcelona, pero durante los fastos el ministro de Economía de la época, el socialista Carlos Solchaga, puso en marcha una serie de reformas para que España pusiera el rumbo a la Unión Europea. Bajo el título de plan de convergencia, el ejecutivo de Felipe González aprobó un decretazo que soliviantó a los sindicatos porque recortaban las prestaciones por desempleo que también establecía nuevos incentivos para la temporalidad. Tras una sonada huelga general, celebrada el 28 de mayo, Solchaga emprendió la reforma del Instituto Nacional de Empleo (Inem) y del sistema de Formación Profesional. Un año después se autorizaron las empresas de trabajo temporal.
1994. La “solución” del despido colectivo
El 27 de enero de 1994, el Gobierno de Felipe González padecía una nueva huelga general convocada por los sindicatos mayoritarios. Tras 12 años de Gobierno los socialistas daban muestras de desgaste. Seis meses después del paro sindical el entonces ministro de Trabajo, José Antonio Griñán (hoy presidente de la Junta de Andalucía) aprobó una nueva reforma laboral que afectaba a los despidos, la movilidad y la negociación colectiva. El malestar sindical se acentuó porque la reforma ampliaba las causas objetivas del despido, hasta entonces se limitaban a cuestiones económicas y tecnológicas. A partir de entonces se tienen en cuenta las causas organizativas, que prevé en algunos casos una indemnización de 20 días por año. Además, se autoriza a las empresas a despedir sin autorización al 10% de la plantilla y se legalizan las empresas de trabajo temporal. Con esta reforma se ampliaron las posibilidades del despido colectivo y se popularizaron los contratos en prácticas.
1997. El contrato de 33 días para jóvenes y mujeres
La primera reforma laboral del Gobierno del PP de Aznar contó con el respaldo de patronal y sindicatos. Javier Arenas, que ahora compite con Griñan por la presidencia de Andalucía, ocupaba la cartera de Trabajo y fue el encargado de impulsar este cambio. El objetivo de este nuevo cambio en el mercado laboral, que entró en vigor el 17 de mayo de 1997,consistió en reducir la temporalidad, que en aquel momento afectaba al 35% de los trabajadores. El punto central de este acuerdo fue la creación del contrato laboral de carácter indefinido con un coste por despido de 33 días por año trabajado, frente a los 45 de aquel momento, dirigido a jóvenes, mujeres y mayores de 45 años.
2001. Se limitan los contratos eventuales
En marzo de 2001, el Gobierno del PP aprobó por decreto la reforma laboral con una amplia oposición de los sindicatos. Lo que le obligó cuatro meses después, el 10 de julio, a tramitarla como ley. A pesar de eso, la reforma se vendió como una ampliación de la anterior para ampliar el plazo de los contratos de fomento de empleo que vencían ese año. Por eso, el objetivo de esta reforma consistía en ampliar el contrato fijo de fomento del empleo a nuevos colectivos, manteniendo la indemnización de 33 días por año. Además se encarecen los contratos temporales al aplicarles una indemnización de ocho días y flexibiliza el contrato a tiempo parcial. Además, se reduce la duración máxima del contrato eventual desde 13,5 meses a 12 meses. Otras novedades de este nuevo cambio normativo eran de los contratos de relevo para trabajadores mayores de 65 años. Se introdujeron los permisos de maternidad y paternidad y se penalizaron las cotizaciones para los contratos temporales de menos de siete días (se subía un 36% la cuota empresarial a la Seguridad Social por contingencias comunes).
2006. Lucha contra la precariedad
El Ejecutivo socialista de Rodríguez Zapatero recuperó el diálogo social para emprender una nueva reforma laboral. Eran los años del optimismo económico impulsado por el sector inmobiliario. El principal problema del mercado laboral español era la precariedad y el principal objetivo de esta reforma era poner coto a la temporalidad. Así este cambio normativo limitó el encadenamiento abusivo de contratos. Se obligaba a las empresas a hacer fijos a los trabajadores con dos o más contratos temporales. La medida afectaba también a los contratos suscritos con empresas de trabajo temporal. Se subvenciona la conversión de contratos temporales en indefinidos y se permite que los contratos eventuales firmados antes de 2008 pasen a fijos mediante una reducción del despido a 33 días por año. La reforma se tramitó por decreto ley para agilizar su puesta en marcha.
2010. El cambio que abrió la puerta al despido barato
En plena crisis económica y acosado por los mercados, el Gobierno de Rodríguez Zapatero aprobó su segunda reforma laboral cuyo principal objetivo consistió en abaratar el despido y agilizar la contratación. Cuando fue aprobada el 17 de junio de 2010 fue calificada como la reforma de más calado de los últimos 20 años por el Ejecutivo socialista. La reforma provocó una respuesta airada de los sindicatos que convocaron una huelga general tres meses más tarde. Con la norma se pemitió que las empresas que justifiquen una situación económica negativa podía indemnizar con 20 días por año, frente a los 45 días del despido improcedente. Se universaliza el contrato de fijo con una indemnización de 33 días. Se permite que las empresas con apuros económicos puedan cambiar las condiciones de trabajo de los empleados. Como contrapartida se puso coto al contrato eventual por obra o servicio.
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