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El Tribunal de la UE da el remate judicial a los incentivos vascos

El Tribunal de Primera Instancia de la UE ratificó ayer el criterio de la Comisión Europea sobre la ilegalidad de los incentivos fiscales a la inversión desplegados por las haciendas vascas en los años noventa -las llamadas vacaciones fiscales- por ser ayudas de Estado incompatibles con el mercado común. El fallo, aunque puede ser recurrido en casación sólo en cuestiones de Derecho ante lo incontrovertible de los hechos, es en la práctica inapelable y zanja un contencioso que ha enfrentado durante casi una década a las administraciones vascas con Bruselas.

Se estima que unas 300 empresas se beneficiaron de dichos incentivos, derogados formalmente en 2000, por un importe calculado en 1.600 millones de euros. Las Diputaciones forales aseguraron ayer que las ayudas han sido ya recuperadas, como ordenó en su momento la Comisión Europea y confirma ahora el tribunal.

La sentencia reconoce que los territorios históricos de Álava, Guipúzcoa y Vizcaya tienen capacidad para autorregular su régimen fiscal, pero bajo determinadas condiciones y, desde luego, sin violar la legislación comunitaria. Es lo que a juicio de la Comisión, ahora convalidado por el tribunal, ocurrió en diversas ocasiones a lo largo de la pasada década con tres paquetes de medidas de reducción del Impuesto de Sociedades a empresas de nueva creación o que realizaran una inversión significativa en capital y creación de empleo.

El tribunal ha desestimado todas las alegaciones presentadas por las instituciones vascas y la patronal Confebask y determina que los incentivos constituyen ayudas de Estado ilegales por distorsionar la competencia empresarial y no haber sido autorizadas previamente por Bruselas.

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