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La Audiencia cierra la causa contra el ex director de Urbanismo de Vitoria

Sentencia que no prevaricó en el caso de los chalés bioclimáticos de Ibaiondo

El País

El caso urbanístico de los chalés bioclimáticos de Ibaiondo en Vitoria se desinfla. Al menos, en el ámbito penal. La Audiencia Provincial de Álava ha revocado la decisión de la juez Susana Junquera de abrir juicio contra el ex director de Urbanismo del Ayuntamiento de Vitoria, Antón Saénz de Santamaría, por presunta prevaricación y falsedad documental, decretando el sobreseimiento y archivo de la causa. El tribunal considera que los hechos en que se basó la acusación contra el ex alto cargo municipal durante el mandato del PP en el Ayuntamiento no son constitutivos de delito, aunque se haya podido incurrir "en otras responsabilidades administrativas o civiles".

"Algunos han querido hacer de Vitoria Marbella", dice el exculpado

Sáenz de Santamaría, que fue dirigente del extinto partido foralista Unidad Alavesa, estaba acusado de haber permitido a la empresa Opacua elevar en 1,3 millones de euros el coste de los 24 chalés bioclimáticos de promoción municipal de Ibaiondo (Lakua) por encima de la cantidad fijada antes por el pleno municipal. El ex director de Urbanismo autorizó en 2004 a la constructora, mediante una "nota informativa", a cobrar 54.000 euros más a cada uno de los adjudicatarios, aceptando su tesis de que el precio establecido no incluía los diversos sistemas de ahorro de energía instalados en las viviendas.

El caso, que enturbió el segundo mandato del popular Alfonso Alonso, junto con el supuesto escándalo de los chalés de Ali, por el que está imputado ex concejal de Urbanismo, Jorge Ibarrondo, fue objeto de una comisión de investigación en el ayuntamiento. La oposición trasladó sus conclusiones a la Fiscalía, que denunció a Santa María, por entender que su dictamen había servido para elevar el precio final de las viviendas que fijó el pleno municipal. La juez de instrucción admitió la denuncia de la fiscalía y ratificó las imputaciones, excepto la de cohecho. Sin embargo, el ex alto cargo, recurrió el auto de apertura de juicio oral y la Audiencia ha revocado el auto, ordenando el archivo de la causa en una sentencia firme.

Señala el tribunal que, para que exista el delito de prevaricación (que un funcionario dicte una resolución injusta a sabiendas), el acto administrativo tiene que ser ejecutivo. Una cualidad que no tiene la "nota informativa" redactada por el imputado, aunque sirvió para que la Agencia Municipal de Renovación Urbana aprobara el nuevo precio de las viviendas. Sobre el delito de falsedad, la Audiencia considera que la nota no altera hechos o procedimientos, sino que su autor se limita a ofrecer "una opinión, un dictamen", independientemente de que pueda ser o no erróneo.

Sáenz de Santamaría declaró a este diario su "satisfacción" por un fallo que "limpia" su nombre y actuación, informa Txema G. Crespo. "Una cosa es que me haya podido equivocar y otra muy distinta que haya cometido un delito", Refiriéndose a los grupos que le llevaron al juzgado (PNV, EA y EB), el ex director de Urbanismo lamentó el "acoso" sufrido por parte de "determinada gente que ha querido comparar Vitoria con Marbella". EB, uno de esos grupos que ejerció la acusación, ha manifestado su sorpresa por el fallo judicial y ha pedido al alcalde, Patxi Lazcoz, que impulse un proceso civil para recuperar el sobreprecio pagado por los chalés.

Es ésta una posibilidad que abre la sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Jaime Tapia. Atendiendo a la repercusión pública del caso, subraya que el fallo debe ser considerada como "un triunfo del Estado de derecho", y no como "una victoria de unos o de otros". Con un tono didáctico, precisa que la revocación de las imputaciones no implica que la apertura de una investigación judicial penal fuera "irrazonable o arbitraria".

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