Condenada una empresa por leer los e-mail de una empleada

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha condenado a una empresa a readmitir o indemnizar con 23.000 euros a una trabajadora a la que despidió de forma "improcedente" por el uso "indebido" del PC de la compañía. Además, le impone el pago de las costas al incurrir en "un desprecio absoluto" en el derecho a la intimidad de la empleada, al controlar el disco duro de su ordenador e incluso llegar a leer el contenido de sus correos electrónicos, lo que constituye "una intromisión en el secreto de comunicaciones". Esta trabajadora se comunicaba por e-mail con un empleado que había sido despedido de esta misma compañía.
La sentencia, a la que tuvo acceso Europa Press, considera que la sociedad ha actuado de forma "inaceptable en términos constiucionales" y destaca que el uso para asuntos personales de un elemento propiedad de la empresa -teléfono, ordenador o taquillas- "depende de un debate constitucional" y no se resuelve "con un acto unilateral ni con una advertencia". La parte condenada alegó que la trabajadora, que formaba parte del personal de Administración, tenía designado un PC, pero carecía de cuenta de correo electrónico.
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