Bruselas abre otro expediente por la no recuperación de las ayudas fiscales vascas anuladas
La Comisión Europea sigue sin conformarse con haber logrado que el Tribunal de Justicia de la UE declarara ilegales las ayudas fiscales a la inversión que dispusieron en los noventa las diputaciones vascas. Ayer decidió abrir a España un nuevo procedimiento sancionador por no haber recuperado las subvenciones concedidas efectivamente a las empresas. Si las autoridades siguen sin cumplir los requerimientos, Bruselas acudirá de nuevo al Tribunal de Luxemburgo, que podría imponer multas a España (la Administración central es el interlocutor de los órganos de la UE) hasta que se recobren las ayudas recibidas por las empresas.
La CE envió ayer a Madrid una "carta de emplazamiento" (primer paso en los expedientes comunitarios) en la que requiere información sobre las medidas que ha adoptado para cumplir la sentencia del Tribunal de Justicia Europeo de diciembre de 2006. Se refería ésta al crédito fiscal del 45% de las grandes inversiones y las importantes exenciones del Impuesto de Sociedades a las empresas de nueva creación. España deberá responder en el plazo de dos meses.
Bruselas destaca que la Administración española todavía no ha informado de ninguna medida dirigida a la recuperación efectiva de las ayudas. A partir de la respuesta que obtenga, la Comisión decidirá si aquélla ha cumplido sus obligaciones y, si concluye que no, le enviará un "dictamen motivado". En caso de persistir el incumplimiento, el Ejecutivo comunitario podría llevar España ante el Tribunal de Justicia por segunda vez y pedir que le imponga multas (una sanción periódica, una suma a tanto alzado o las dos) hasta que se recobren las ayudas declaradas ilegales.
La disputa entre Madrid y Bruselas por la fiscalidad vasca comenzó en 1999, cuando la Comisión abrió varios procedimientos por los sistemas de ayudas fiscales vigentes en Álava, Guipúzcoa y Vizcaya para impulsar el establecimiento de empresas en la región. Concretamente, el créditos fiscal del 45%, que permitía deducir en el Impuesto de Sociedades ese porcentaje de la inversión nueva que superara los 16 millones de euros, y, por otro, importantes reducciones en la base imponible del Impuesto de Sociedades a las empresas de nueva creación.
Sentencias repetidas
En 2001, la Comisión concluyó que esos sistemas constituían ayudas estatales ilegales, incompatibles con el mercado interior, y conminó a España a suspenderlos y tomar las medidas necesarias para recuperar las subvenciones. Bruselas acabó presentando seis recursos por incumplimiento ante el Tribunal de la UE, que ha sentenciado varias veces, la última en diciembre, sobre la ilegalidad de las ayudas y la obligación de recobrarlas, algo que, según la Comisión, todavía no ha sucedido. Ambas medidas fueron derogadas en 2000, aunque Bruselas sostiene, y el Tribunal acepta, que siguen teniendo efectos.
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