Localizables en días libres
La admisión del recurso presentado por Erne supone la anulación de la orden del Departamento de Interior del Gobierno vasco por la que podía obligar a determinados ertzainas a estar localizables para incorporarse a trabajar incluso en sus días libres.
En concreto, la magistrada del Juzgado número 3 de lo Contencioso-Administrativo de Bilbao, Susana Bello, hace referencia en su sentencia a la flexibilidad del horario en la Unidad de Policía Científica de la Ertzaintza y al concepto de disponibilidad en dos secciones tan importantes para el trabajo policial como son la de Lofoscopia y la de Identificación de Personas.
En este último caso, según se recoge en el recurso interpuesto por el sindicato policial, a los agentes de la policia vasca "se les obligaba a tener que estar localizables, en situación de incorporarse al trabajo, una vez que han cumplido con el horario de trabajo que tienen establecido".
En la sección de Lofoscopia, en la que los agentes se dedican a realizar inspecciones oculares, existía también una semana en la que Interior obligaba a "estar localizable en situación de incorporarse al trabajo".
La mencionada sentencia judicial también hace una referencia expresa a otras dos resoluciones adoptadas por tribunales de lo Contencioso-Administrativo. En esas resoluciones los jueces ya habían indicado que "la fijación de tales turnos choca con el concepto de flexible que lo caracteriza en los términos" del acuerdo regulador. Por ello, también ordena anular dichos turnos.
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