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LA REFORMA DEL ESTATUTO CATALÁN

Los funcionarios de Justicia deben tener un nivel "suficiente" del idioma catalán

El derecho de los ciudadanos de Cataluña a utilizar el catalán llevará, según el artículo 33 del Estatuto, a que "los jueces, los magistrados, los fiscales, los notarios, los registradores de la propiedad y mercantiles, los encargados del Registro Civil y el personal al servicio de la Administración de justicia, para prestar sus servicios en Cataluña, deben acreditar, en la forma establecida en las leyes, que tienen un nivel y conocimiento adecuado y suficiente de las lenguas oficiales, que los hace aptos para ejercer las funciones propias de su cargo o su puesto de trabajo".

Núria de Gispert, diputada de CiU en el Parlamento de Cataluña, defendió la necesidad de que los funcionarios de Justicia tengan un "conocimiento adecuado y suficiente" del catalán para garantizar "el derecho de opción lingüística" de los ciudadanos catalanes. Ella, y después los representantes del PSOE y de ICV, destacaron que la forma en la que se determinará si ese conocimiento del catalán es "adecuado y suficiente" lo regularán leyes como la Ley Orgánica del Poder Judicial, que tendrá que aprobar el Congreso de los Diputados.

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También en el polémico asunto lingüístico quedó claro que la "lengua vehicular" para la enseñanza en Cataluña es el catalán.

Otros asuntos polémicos fueron matizados como sigue:

- Eutanasia. CiU propuso añadir, con una enmienda presentada ayer mismo, una frase al artículo 20.1. Decía: "Todas las personas tienen derecho a vivir con dignidad el proceso de su muerte". CiU propuso añadir: "Y a recibir un adecuado tratamiento del dolor y cuidados paliativos". Todos los grupos, salvo el PP, consideraron que con este añadido ya no hay riesgo de defensa de la eutanasia.

- Poligamia. También a iniciativa de CiU, y también por una enmienda anunciada ayer, se añadieron dos apostillas al artículo 40 para evitar que pueda dejar dudas de que el Estatuto admite la poligamia. En concreto, el apartado 2 del artículo habla de que "los poderes públicos deben garantizar la protección jurídica, económica y social de las distintas modalidades de familia". CiU pidió y obtuvo que se añadiera "previstas en la ley". Y en el punto 7 de ese artículo, que se refiere a las parejas homosexuales, pidió que se añada "teniendo en cuenta sus características". Era este punto 7 el que había dejado, a juicio del PP, la puerta abierta a la poligamia al decir que "la ley debe regular dichas uniones [las homosexuales] y otras formas de convivencia y sus efectos". Esto se mantiene.

- Aborto. Para evitar las críticas a que el Estatuto pudiera defender el aborto libre y sin límites en el artículo 41.5 se ha añadido, a instancias de CiU, que serán sólo "con arreglo a los supuestos previstos en la ley".

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