_
_
_
_
LA REFORMA DEL ESTATUTO CATALÁN

Los funcionarios de Justicia deben tener un nivel "suficiente" del idioma catalán

El derecho de los ciudadanos de Cataluña a utilizar el catalán llevará, según el artículo 33 del Estatuto, a que "los jueces, los magistrados, los fiscales, los notarios, los registradores de la propiedad y mercantiles, los encargados del Registro Civil y el personal al servicio de la Administración de justicia, para prestar sus servicios en Cataluña, deben acreditar, en la forma establecida en las leyes, que tienen un nivel y conocimiento adecuado y suficiente de las lenguas oficiales, que los hace aptos para ejercer las funciones propias de su cargo o su puesto de trabajo".

Núria de Gispert, diputada de CiU en el Parlamento de Cataluña, defendió la necesidad de que los funcionarios de Justicia tengan un "conocimiento adecuado y suficiente" del catalán para garantizar "el derecho de opción lingüística" de los ciudadanos catalanes. Ella, y después los representantes del PSOE y de ICV, destacaron que la forma en la que se determinará si ese conocimiento del catalán es "adecuado y suficiente" lo regularán leyes como la Ley Orgánica del Poder Judicial, que tendrá que aprobar el Congreso de los Diputados.

Más información
Rajoy dice que la Generalitat hace con el castellano "lo que Franco con el catalán"

También en el polémico asunto lingüístico quedó claro que la "lengua vehicular" para la enseñanza en Cataluña es el catalán.

Otros asuntos polémicos fueron matizados como sigue:

- Eutanasia. CiU propuso añadir, con una enmienda presentada ayer mismo, una frase al artículo 20.1. Decía: "Todas las personas tienen derecho a vivir con dignidad el proceso de su muerte". CiU propuso añadir: "Y a recibir un adecuado tratamiento del dolor y cuidados paliativos". Todos los grupos, salvo el PP, consideraron que con este añadido ya no hay riesgo de defensa de la eutanasia.

Lo que más afecta es lo que sucede más cerca. Para no perderte nada, suscríbete.
SIGUE LEYENDO

- Poligamia. También a iniciativa de CiU, y también por una enmienda anunciada ayer, se añadieron dos apostillas al artículo 40 para evitar que pueda dejar dudas de que el Estatuto admite la poligamia. En concreto, el apartado 2 del artículo habla de que "los poderes públicos deben garantizar la protección jurídica, económica y social de las distintas modalidades de familia". CiU pidió y obtuvo que se añadiera "previstas en la ley". Y en el punto 7 de ese artículo, que se refiere a las parejas homosexuales, pidió que se añada "teniendo en cuenta sus características". Era este punto 7 el que había dejado, a juicio del PP, la puerta abierta a la poligamia al decir que "la ley debe regular dichas uniones [las homosexuales] y otras formas de convivencia y sus efectos". Esto se mantiene.

- Aborto. Para evitar las críticas a que el Estatuto pudiera defender el aborto libre y sin límites en el artículo 41.5 se ha añadido, a instancias de CiU, que serán sólo "con arreglo a los supuestos previstos en la ley".

Tu suscripción se está usando en otro dispositivo

¿Quieres añadir otro usuario a tu suscripción?

Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.

¿Por qué estás viendo esto?

Flecha

Tu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PAÍS desde un dispositivo a la vez.

Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás añadir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PAÍS.

En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contraseña aquí.

Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.

Archivado En

Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
_
_