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277.000 españoles consumieron Vioxx antes de su retirada

Mónica Ceberio Belaza

El Vioxx, medicamento antiinflamatorio de la empresa farmacéutica Merck, Sharp & Dohme (MSD) indicado para la artritis, la artrosis y el dolor, fue consumido en España por 277.000 personas, según datos ofrecidos por la multinacional. Se retiró del mercado en septiembre de 2004 por su riesgo de producir infartos cerebrales (ictus) o de miocardio. La Asociación del Defensor del Paciente (Adepa) ha recibido hasta el momento más de media docena de quejas relacionadas con su consumo y los abogados de la asociación están estudiando la posibilidad de interponer demandas contra la compañía.

En Estados Unidos se han presentado ya 4.200 demandas de 7.500 afectados por el Vioxx. El pasado viernes, un jurado popular en Angleton (estado de Texas) condenó a Merck a pagar 253, 4 millones de dólares a una mujer cuyo marido, de 59 años, había sido tratado durante siete meses con este medicamento.

El antiinflamatorio se vendió en más de 80 países desde 1999. En España estaba autorizado desde 2000. El Ministerio de Sanidad y Consumo aseguró ayer que no tienen confirmada ninguna muerte que pueda atribuirse a este medicamento. Adepa tampoco tiene constancia de que se hayan producido fallecimientos a consecuencia del Vioxx. Según datos del ministerio, cuando fue retirado lo estaban tomando entre 70.000 y 100.000 pacientes.

El abogado de Adepa Cipriano Castreje está estudiando algunos casos de posibles afectados. Señala que, para presentar las demandas, hacen falta buenas periciales médicas que demuestren la relación causal entre el consumo del medicamento y el daño al paciente.

Demandas en España

Los consumidores españoles tienen la posibilidad de presentar sus demandas en España o en EE UU (donde tiene su domicilio la multinacional), según Castreje. Adepa no descarta la posibilidad de llegar a un acuerdo con algún despacho norteamericano y presentar las demandas en EE UU, donde la cuantía de las indemnizaciones por daños es mucho mayor. En este país no sólo se condena en función de los daños sufridos por el demandante, sino que en las indemnizaciones se incluyen los denominados daños punitivos: un castigo al demandado que sirve, también, para disuadir a otras empresas de causar daños de forma similar.

En España, la cuantía de este tipo de indemnizaciones depende de las circunstancias de cada caso. Además de los daños concretos producidos, se tienen en cuenta elementos como la edad del paciente o si ha habido una agonía lenta. No hay baremos, aunque algunos jueces aplican por analogía las tablas establecidas para los accidentes de circulación. Según fuentes jurídicas, las indemnizaciones por fallecimiento alcanzan, como mucho, los 300.000 euros.

Cipriano Castreje, de Adepa, señala que "lo ideal sería que no hubiera una cadena de demandas individuales por el Vioxx, sino que los afectados se unan para presentar una demanda colectiva".

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Sobre la firma

Mónica Ceberio Belaza
Reportera y coordinadora de proyectos especiales. Ex directora adjunta de EL PAÍS. Especializada en temas sociales, contó en exclusiva los encuentros entre presos de ETA y sus víctimas. Premio Ortega y Gasset 2014 por 'En la calle, una historia de desahucios' y del Ministerio de Igualdad en 2009 por la serie sobre trata ‘La esclavitud invisible’.

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