Los directores, a elección
El peso de la Administración en la decisión varía entre un 7% y un 60% según la comunidad
El sistema de elección de los directores de colegios e institutos públicos siempre ha estado salpicado de enfrentamientos. Un sector de la comunidad educativa considera que la Administración debe tener mucho peso en esta elección, mientras otro sector cree que deben ser los centros los que tengan la última palabra. De esta elección dependen dos cuestiones fundamentales: el desarrollo del proyecto educativo del centro y su gestión. En algunos casos, el peso de esta elección recae por completo en la Administración, en otros es la comunidad educativa del centro quien se encarga y en otros existe un sistema mixto. El modelo para elegir a un director escolar ha ido cambiando en España con las distintas leyes educativas. Tampoco es el mismo en los países de nuestro entorno (aunque en la mayoría se encarga la Administración).
La LOE establece un modelo mixto donde participa la comunidad y la Administración
El anteproyecto de Ley Orgánica de Educación (LOE) -presentado por el Ministerio de Educación hace tres semanas- introduce algunos cambios en la elección de los directores respecto a lo que establece la Ley de Calidad, promovida por el PP, y actualmente en vigor en este aspecto. La LOE opta por un modelo mixto: "Al menos un tercio de los miembros de la comisión [que elegirá al director] será propuesto por el claustro de profesores", y otro tercio por el consejo escolar entre los miembros no docentes, dice el texto del anteproyecto. La Administración determinará el número total de vocales de las comisiones.
Los expertos aseguran que la nueva ley ha tratado de buscar una postura intermedia entre lo que establecía la Ley Orgánica de la Participación, la Evaluación y el Gobierno de los Centros Docentes (LOPEG), de 1995, y la Ley de Calidad. La LOPEG señalaba que era el consejo escolar del centro el que debía elegir al director y la ley del PP establecía que sería una comisión constituida por representantes de las administraciones educativas y, al menos en un 30%, por miembros del centro correspondiente. De estos últimos, como mínimo el 50% pertenecerían al claustro de profesores.
Desde que se aprobó la Ley de Calidad, entre finales de 2003 y principios de 2004, todas las comunidades han ido aprobando una norma para desarrollar el modelo de elección de directores. Esta cuestión no se encuentra entre las medidas paralizadas por el Ejecutivo de Zapatero en mayo de 2004. Como la Ley de Calidad establecía que en cada comisión la comunidad escolar tendría que estar representada como mínimo en un 30%, cada región ha definido los porcentajes de participación de la comunidad educativa en función del grado de autonomía que han querido otorgar a los centros en esta cuestión.
La situación es muy diversa. Comunidades autónomas gobernadas por el PP, como Castilla y León y Madrid, han establecido que la presencia de la Administración en las comisiones de selección de los directores sea de un 60%, según datos elaborados por la Federación de Enseñanza de CC OO. También Canarias (Coalición Canaria) establece ese porcentaje. Estas comunidades han optado por que sea la Administración quien lleve el mayor peso decisorio en este proceso.
En el lado opuesto, comunidades como Cantabria, Cataluña o Andalucía, todas gobernadas por el PSOE, han decidido que la presencia de la Administración sea mucho menor y han volcado el peso de esta elección en el centro. En Cantabria, la Administración está representada en estas comisiones en un 25%; en Cataluña, en un 28%, y en Andalucía, en un 7%.
En el resto de las comunidades, el peso de la Administración es el siguiente: Aragón (PSOE): 42%; Asturias (PSOE): 50%; Baleares (PP): 50%; Extremadura (PSOE): 50%; Galicia (PP): 57%; La Rioja (PP): 57%; Murcia (PP): 40%; Navarra (UPN-PP): 50%; País Vasco (PNV): 50%; Valencia (PP): 50%.
Es un hecho que muy a menudo cuesta conseguir candidatos a directores en los centros públicos (en los privados, la decisión final es del propietario). Esto obliga a la Administración a elegirlos ella misma. Antes de que entrara en vigor la Ley de Calidad, el 40% de los centros tenía un director designado por la Administración. Pero hasta entonces no se había hecho público ningún estudio que analizara si esos centros funcionaban mejor o peor que los que tenían directores elegidos por el consejo escolar.
Lo que sí se sabe es que la comunidad educativa no es partidaria de que los directores sean designados exclusivamente por la Administración, según distintos informes. El porcentaje de profesores, alumnos, padres, personal administrativo y representantes de los ayuntamientos que están a favor de la elección del director por el consejo escolar es del 45%; por el claustro de profesores, el 34%, y por la Administración, el 5%.
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