La ley de divorcio introducirá una garantía estatal de pago a los hijos
Si un padre no paga el alimento de sus hijos menores, tal y como se acuerda en la resolución de divorcio, el Estado se hará cargo de los gastos. La ponencia de la Comisión de Justicia del Congreso que tramita el proyecto de ley que modifica el Código Civil en separación y divorcio aprobó ayer por unanimidad una enmienda de CiU para crear un Fondo de Garantía que cubra los impagos.
La ponente Mercè Pigem se mostró satisfecha de que se hubiera concretado una medida que CiU viene reclamando desde hace diez años. Pigem explicó que la iniciativa pretende "dar respuesta a una situación por la que, a causa del impago de pensiones alimenticias, puede generarse auténtica pobreza".
Ana María Pérez del Campo, de la Federación de Asociaciones de Mujeres Separadas y Divorciadas, recordó a Europa Press que las demandas por incumplimiento de pensiones de alimentos ascienden a un 80% cuando el padre tiene una ocupación considerada una profesión liberal, y al 68% cuando sus ingresos están controlados porque disfruta de una nómina.
Custodia compartida
La ponencia aprobó otra enmienda del PSOE que restringe las posibilidades de establecer una custodia compartida de los hijos (véase EL PAÍS del 10 de marzo). La modificación exige que, para que el juez determine esa posibilidad si no hay acuerdo, debe acompañar su resolución de un informe que argumente su decisión y que exista otro en los mismos términos del fiscal.
Este enfoque se aproxima más a lo que pedía el Partido Popular, que solicitaba que sólo se admitiera el régimen de custodia compartida de los hijos cuando lo desearan ambos cónyuges.
Otra enmienda socialista elimina la obligatoriedad de que los hijos mayores de 12 años comparezcan ante el juez.
Los diputados mantuvieron otros aspectos, como eliminar la necesidad de la separación previa para solicitar el divorcio y establece la guarda y custodia compartida (admitida pero sin regular hasta ahora, permite que los niños vivan alternativamente con el padre o la madre). También suprime las causas para disolver o suspender el matrimonio.
Tu suscripción se está usando en otro dispositivo
¿Quieres añadir otro usuario a tu suscripción?
Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.
FlechaTu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PAÍS desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás añadir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PAÍS.
En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contraseña aquí.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.
Archivado En
- Mercè Pigem
- Divorcio
- Declaraciones prensa
- Código civil
- VIII Legislatura España
- Reforma legislativa
- Política justicia
- Congreso Diputados
- Comisiones parlamentarias
- Matrimonio
- Familia
- Legislaturas políticas
- Gente
- Gobierno
- Parlamento
- Normativa jurídica
- España
- Administración Estado
- Política
- Legislación
- Administración pública
- Justicia
- Ruptura sentimental
- Relaciones pareja
- Sociedad