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Editorial:
Editorial
Es responsabilidad del director, y expresa la opinión del diario sobre asuntos de actualidad nacional o internacional

Ventajas anuladas

Todas las instituciones y partidos vascos han respondido con indignación a la sentencia del Supremo que ha anulado las ventajas que mantenía el impuesto de sociedades con respecto a la normativa común, empezando por un tipo medio del 32,5% frente al 35% estatal. La unanimidad revela que el concierto, clave en la recuperación de la economía vasca tras la crisis de los setenta, es de las pocas cosas que unen a los vascos; por eso mismo debería hacerse un uso más prudente de sus potencialidades, evitando decisiones que puedan ser percibidas como ventajistas.

Ante un recurso de casación presentado por la patronal de La Rioja, el Supremo ha concluido que varios incentivos pueden distorsionar la libre competencia empresarial y cabe considerarlos "ayudas de Estado" que tendrían que haberse notificado previamente a Bruselas. Vitoria considera que la sentencia es "un ataque frontal" al Concierto Económico, el elemento más singular de la autonomía vasca, que define de forma pactada las relaciones financieras y tributarias entre el Estado y Euskadi, y le permite mantener un régimen fiscal propio con ciertas limitaciones. El tribunal ha aplicado unos criterios bastantes estrictos y, ciertamente, la doctrina definida puede llevar a cuestionar en la práctica lo que en derecho reconoce: la capacidad normativa de las instituciones forales en materia tributaria.

Todas las sentencias son susceptibles de recibir críticas, aunque las expresadas en este caso están más cargadas de argumentos políticos que jurídicos. Ninguna institución ha hecho autocrítica, por ejemplo, de la litigiosidad que acompaña al Concierto Económico en la última década debido al uso y abuso de incentivos fiscales a la inversión. El Ejecutivo vasco ha subrayado la naturaleza pactada del concierto para rechazar cualquier menoscabo del mismo, pero resulta que no ha sido el Gobierno central quien ha impugnado principalmente las ventajas tributarias establecidas para las empresas, sino las comunidades autónomas limítrofes y sus patronales, temerosas de que se produjeran deslocalizaciones de carácter fiscal. Y a la postre, el cuestionamiento ha venido de la Comisión Europea y el Tribunal de Luxemburgo. Evitar ciertas iniciativas posibles pero no imprescindibles, y propensas a la polémica y el litigio, habría resultado más sabio.

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