El juez "valorará la relación entre los padres" antes de otorgar la custodia compartida
El Gobierno aprueba la reforma que suprime la separación previa y las causas de culpabilidad
El Gobierno aprobó ayer "el mejor texto posible" del proyecto de ley que modifica la separación y el divorcio y que mantiene las líneas generales del texto del pasado septiembre: separación o divorcio sin culpables, sin plazos legales de acceso al divorcio desde la separación, custodia compartida a instancias de uno o ambos cónyuges y "los niños, lo primero", según explicó ayer la vicepresidenta primera María Teresa Fernández de la Vega en su comparecencia al término del Consejo de Ministros. El Gobierno ha escuchado la opinión de diversos colectivos y expertos, y ha optado porque el juez, antes de otorgar la custodia compartida, pueda "valorar la relación que los padres" mantengan entre sí.
La figura de la custodia compartida de los hijos es la que más retoques ha sufrido en el texto del proyecto que será enviado a las Cortes, si bien se mantiene la posibilidad de que el juez la conceda a instancia de uno sólo de los cónyuges. Sin embargo, introduce la necesidad de un informe del Ministerio Fiscal y la valoración de la relación personal entre los padres.
Fuentes judiciales de familia comentaron que para este último análisis los magistrados podrán examinar si ha habido precedentes de denuncias por desavenencias familiares pudiendo, en su caso, recabar informes de la policía local, a los servicios sociales del ayuntamiento, etcétera. Los abogados de las partes, en su caso, suelen ser los que ponen de relieve las posibles situaciones que puedan influir en la decisión judicial.
Para la concesión de la custodia compartida instada por uno o ambos cónyuges se mantiene el trámite de audiencia a los hijos mayores de 12 años y de los menores cuando tuvieren suficiente juicio. Se procurará en todo caso no separar a los hermanos.
El ministro de Justicia, Juan Fernando López Aguilar, explicó los pormenores del texto definitivo: podrá accederse a la separación o directamente al divorcio una vez transcurridos tres meses desde la celebración del matrimonio. Este plazo no será necesario cuando se acredite la existencia de "riesgos" que el proyecto detalla extensamente: riesgo para la vida, la integridad física, la libertad, la integridad moral o la indemnidad sexual del cónyuge demandante o de los hijos.
El texto del Gobierno elimina las causas de culpabilidad como la infidelidad, el incumplimiento de las obligaciones conyugales, el alcoholismo o el abandono del hogar para disolver el vínculo matrimonial. "Si nadie te pregunta porqué te casas, nadie te tiene que preguntar porqué te divorcias", afirmó la vicepresidenta Fernández de la Vega.
Regulación "garantista"
También se elimina la necesidad de pasar por la separación previa antes de acceder al divorcio y del plazo mínimo de un año desde aquélla para solicitar la ruptura del vínculo. El artículo 81 se dedica íntegramente a los requisitos de la separación matrimonial, en las mismas condiciones que el divorcio, al que se destina el artículo 86.
El ministro de Justicia destacó también la "regulación muy garantista" de la disolución del régimen económico del matrimonio, con protección a la parte que pueda resultar perjudicada. En el artículo 97 se establece el derecho a la pensión compensatoria, bien durante determinado tiempo, indefinidamente o el pago de una sola cantidad a tanto alzado.
La nueva regulación de la separación y el divorcio será aplicable a los procesos que ya estén en marcha, e incluso en la fase de dictar sentencia. Las parejas que ya estén tramitando la separación podrán acceder al divorcio directamente. Para aplicar la nueva regulación se dará un cauce de alegaciones de cinco días para decidir respecto a la demanda ya iniciada.
Preguntado por el tiempo en que se podrá obtener el divorcio, el ministro se mostró prudente y eludió hacer valoraciones concretas. Vino a decir que dependerá del tipo de divorcio y de "cómo funcionen los tribunales". En suma, si el divorcio es por mutuo acuerdo y se presenta en condiciones el convenio regulador, la respuesta será más ágil. La referencia del Consejo de Ministros precisa que la ruptura amistosa podrá resolverse en dos meses y sin acuerdo, en medio año. Para cuando se impulsen los "juicios rápidos" en la jurisdicción civil la "respuesta efectiva" de la ruptura amistosa podrá obtenerse en "pocas semanas".
La vicepresidenta primera y el ministro de Justicia subrayaron que el proyecto favorece la disolución por mutuo acuerdo, la corresponsabilidad de los padres hacia los hijos, el interés prioritario hacia la situación de los menores y el ahorro de costes procesales, económicos y de sufrimiento respecto a la situación actual, que venía manteniéndose desde hace 25 años.
Tu suscripción se está usando en otro dispositivo
¿Quieres añadir otro usuario a tu suscripción?
Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.
FlechaTu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PAÍS desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás añadir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PAÍS.
En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contraseña aquí.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.