Guipúzcoa crea un nuevo impuesto sobre las apuestas de pelota, traineras y deporte rural
La Diputación de Guipúzcoa aprobó en su último Consejo, celebrado el pasado martes, un proyecto de norma foral por el que estarán sujetos a tributación los juegos de casino, bingos, máquinas de juego, rifas, tómbolas y todas las actividades recogidas en el Catálogo de Juegos del País Vasco. La principal novedad de esta nueva normativa consiste en el tributo que deberán abonar los partidos de pelota o las regatas de traineras en que se realicen apuestas. También se incluyen las apuestas que se organizan en las competiciones de deporte rural, como el arrastre de piedras, aizkolaris, segalaris o el levantamiento de piedra.
El Departamento para la Fiscalidad y las Finanzas aplicará en estas competiciones una cuota fija, que ascenderá a 100 euros en cada festival de pelota y regata de traineras, siempre que al cabo del año los organizadores convoquen menos de 50 eventos deportivos. Por encima de esa cifra, el impuesto se elevará a 150 euros. Para el herri kirolak, la tasa por jornada será de 20 y 30 euros, respectivamente.
La nueva regulación, cuyo texto ha sido consensuado en el Órgano de Coordinación Tributaria (OCT) entre las tres diputaciones, según explicó ayer el diputado Juan José Mujika, establece un tributo especial para los casinos y bingos en función de los ingresos brutos que obtengan del juego. Los ingresos brutos serán la diferencia entre las cantidades que obtengan de las apuestas y los premios que otorguen a los jugadores.
Norma tributaria
Así, el impuesto ascenderá al 20% de los ingresos cuando éstos no superen 1,89 millones de euros; al 35% hasta 6,3 millones y al 50% a partir de esta última cifra. Los juegos de boletos, rifas y tómbolas tributarán un 15%. Para las máquinas y aparatos automáticos, la norma prevé cuotas diferentes según su tipo y el número de jugadores que pueden intervenir. Estarán exentas las organizadas por entidades sin fines de lucro.
El Consejo de Diputados aprobó en la misma sesión el proyecto de norma foral general tributaria, que, en la misma línea que las otras dos provincias, ofrece a la Hacienda foral mecanismos más eficaces contra el fraude fiscal, explicó Mujika. El cuerpo jurídico del sistema tributario de Guipúzcoa eleva las sanciones para los contribuyentes que no cumplan voluntariamente con sus obligaciones fiscales. La multa podría alcanzar hasta el 150% de la deuda.
Mientras la Hacienda vizcaína establece un plazo máximo de seis años para liquidar las deudas fiscales, en Guipúzcoa la persecución de los infractores "no tendrá caducidad", aseguró Mujika. La Diputación espera aprobar la norma en las Juntas a comienzos de 2005 y entrará en vigor el 1 de julio próximo.
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